Vivienda

¿Cómo solicitar el Certificado de Habitable?

Solicita el Certificado de Habitable al concluir una vivienda construida con Licencia de Construcción. Acredita que la obra cumple las condiciones para inscribirse en los registros correspondientes.

Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo
EntidadDirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo
ModalidadEn línea · Presencial
CostePersonas naturales residentes permanentes: 5.00 CUP en sellos del timbre, más 88.00 CUP por el servicio de la DMOTU. Personas naturales no residentes permanentes: 125.00 CUP en sellos del timbre, más 88.00 CUP por el servicio. Personas jurídicas: 10.00/15.00 CUP para obras convencionales o de gran complejidad, respectivamente; personas jurídicas extranjeras radicadas: 250.00/375.00 CUP, respectivamente. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoTodas las provincias

Información general

El Certificado de Habitable acredita la terminación de una vivienda ejecutada al amparo de una Licencia de Construcción. La Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo comprueba que la obra se ajusta al proyecto aprobado y a las condiciones de la licencia.

Este documento permite respaldar la inscripción de la vivienda en los registros que correspondan. La solicitud puede presentarse en la oficina municipal competente o tramitarse por internet.

Desarrollo del trámite

La DMOTU verifica la correspondencia entre lo construido, el proyecto ejecutivo revisado y las regulaciones fijadas en la Licencia de Construcción antes de expedir el certificado.

El certificado recoge, entre otros datos, la identificación de la persona solicitante y del expediente, las acciones constructivas amparadas, la descripción y características del inmueble, los elementos comunes, el precio legal calculado, la naturaleza del inmueble, las medidas y linderos, así como las áreas exteriores que procedan.

Cuando una persona jurídica solicita el documento, el importe del sello del timbre varía según se trate de una obra convencional o de gran complejidad. Para personas naturales, el importe también depende de si tienen residencia permanente en el territorio nacional.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales que hayan concluido una vivienda amparada por una Licencia de Construcción.
  • Personas jurídicas que requieran la certificación de habitabilidad de una obra.
  • Herederos del titular de una Licencia de Construcción fallecido, una vez actualizada la licencia a su nombre.

Requisitos

  • La obra debe haber sido ejecutada conforme al proyecto ejecutivo analizado y a las condiciones establecidas en la Licencia de Construcción.
  • Presentar una solicitud personal con nombres y apellidos, número de carné de identidad y dirección de la vivienda.
  • Abonar el impuesto sobre documentos mediante sellos del timbre.
  • Si la obra no se concluyó en los términos inicialmente autorizados, lo construido debe constituir una vivienda mínima adecuada.

Documentos necesarios

  • Escrito de solicitud personal con los datos exigidos.
  • Modelo oficial de solicitud debidamente completado.
  • Licencia de Construcción.
  • Sellos del timbre por el importe aplicable.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Reúna los documentos

    Prepare el escrito de solicitud, el modelo oficial completo, la Licencia de Construcción y los sellos del timbre requeridos.

    Abrir enlace oficial
  2. 2

    Presente la solicitud

    Entregue los documentos en la Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo correspondiente o realice la solicitud en línea.

    Abrir enlace oficial
  3. 3

    Espere la comprobación técnica

    La DMOTU revisa que la obra terminada cumpla el proyecto ejecutivo y las condiciones de la licencia.

  4. 4

    Consulte el estado si hizo la gestión en línea

    Puede acceder al sistema de seguimiento con los datos de su solicitud.

    Abrir enlace oficial
  5. 5

    Reciba el certificado

    Si la comprobación resulta favorable, se expide el Certificado de Habitable.

Precio o coste

ImportePersonas naturales residentes permanentes: 5.00 CUP en sellos del timbre, más 88.00 CUP por el servicio de la DMOTU. Personas naturales no residentes permanentes: 125.00 CUP en sellos del timbre, más 88.00 CUP por el servicio. Personas jurídicas: 10.00/15.00 CUP para obras convencionales o de gran complejidad, respectivamente; personas jurídicas extranjeras radicadas: 250.00/375.00 CUP, respectivamente.
MonedaCUP
Forma de pagoSellos del timbre para el impuesto sobre documentos y pago del servicio de la DMOTU.
Actualizado
ObservacionesLos importes del sello del timbre aplicables a personas jurídicas dependen de la complejidad de la obra.

¿Dónde se realiza?

OficinaDMOTU correspondiente al municipio donde se ubica la vivienda.
HorarioAtención presencial: de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. Solicitud en línea: disponible las 24 horas.
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Certificado de Habitable que acredita la terminación de la vivienda y el cumplimiento de las condiciones necesarias para su inscripción registral.

Casos especiales

  • Si no puede concluirse toda la obra autorizada, puede solicitarse el certificado cuando lo construido sea una vivienda mínima adecuada: acceso independiente, habitación, baño y cocina como mínimo, superficie útil de al menos 25 m² y demás condiciones de habitabilidad aplicables.
  • En ese supuesto se considera terminada la vivienda, la Licencia de Construcción mantiene su vigencia y el resto de la obra se tramita como ampliación. Al concluirla, se emite otro certificado y se formaliza mediante Escritura Pública ante Notario.
  • Si fallece el titular de la licencia antes de acabar la obra, el heredero debe actualizar la licencia ante la DMOTU con la licencia, el título de propiedad de la vivienda o terreno y el testamento o declaratoria de herederos. El certificado se emitirá a nombre del heredero en representación del titular fallecido.

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera una vivienda mínima adecuada para obtener el certificado de una obra inconclusa?

Debe contar con acceso independiente, al menos habitación, baño y cocina, una superficie útil mínima de 25 m² y las demás condiciones de habitabilidad exigibles.

¿Qué datos incluye el Certificado de Habitable?

Incluye información de la persona solicitante y el expediente, descripción del inmueble y las obras, características constructivas, elementos comunes, precio legal, naturaleza del inmueble, medidas, linderos y áreas exteriores cuando correspondan.

¿Puede tramitarlo un heredero si falleció el titular de la licencia?

Sí. Primero debe actualizar la Licencia de Construcción a su nombre en la DMOTU, presentando la licencia, el título de propiedad correspondiente y el testamento o la declaratoria de herederos.

Fundamento legal

El trámite se rige por la Ley No. 65, Ley General de la Vivienda; la Resolución No. 54/2014 y sus modificaciones, incluidas las resoluciones 57/2020 y 172/2022, sobre las funciones de ordenamiento territorial y urbanismo. Los precios e impuestos se relacionan con las normas tributarias y la Resolución No. 346/2020 del Ministerio de Finanzas y Precios.

Fuentes oficiales

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