Vivienda

¿Cómo solicitar una certificación o nota simple de un inmueble?

Solicita en el Registro de la Propiedad información sobre un inmueble mediante certificación o nota simple informativa, siempre que acredites un interés legítimo y presentes los datos de la finca.

Ministerio de Justicia
EntidadMinisterio de Justicia
ModalidadPresencial
CosteVariable según el documento, el solicitante y la complejidad de la búsqueda. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

El Registro de la Propiedad puede expedir información sobre los asientos relativos a un inmueble mediante certificaciones o notas simples informativas. Este servicio permite conocer los datos registrales que consten sobre una finca.

La solicitud debe presentarse ante el Registro de la Propiedad del municipio donde está situado el inmueble. Puede realizarla una persona natural o jurídica que justifique su interés legítimo y el uso previsto para la información.

Desarrollo del trámite

Las certificaciones pueden ser de dominio y gravamen, en relación, literales o negativas. La certificación de dominio y gravamen incluye, entre otros datos registrales, la descripción de la finca, sus titulares, derechos, cargas, limitaciones y el título inscrito. La certificación en relación recoge una o varias circunstancias de los asientos; la literal transcribe los asientos solicitados; y la negativa acredita que no existe asiento sobre la finca.

La nota simple informativa solo tiene carácter informativo. Se utiliza en trámites de legalización de inmuebles a favor del Estado, recuperación de cadenas de asientos y ordenamiento de manzanas. No prueba el contenido registral ni acredita derechos frente a terceros, y no requiere la firma del registrador.

No se expiden certificaciones ni notas simples de asientos practicados antes de 1965. La consulta o exhibición directa de los libros archivados en papel es excepcional y requiere decisión de las autoridades del Ministerio de Justicia por causa justificada o solicitud del tribunal competente.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales con interés legítimo en obtener información registral sobre un inmueble.
  • Personas jurídicas que acrediten su interés legítimo y la representación de quien realiza el trámite.
  • Entidades estatales, asociaciones y otras personas jurídicas en los supuestos que correspondan.

Requisitos

  • Presentar un escrito de solicitud firmado y fechado.
  • Indicar los nombres y apellidos, o la denominación social, de quien solicita la información.
  • Consignar el domicilio legal y el número de identidad permanente del solicitante.
  • Explicar el interés legítimo que sustenta la solicitud y, cuando proceda, el uso que se dará a la información.
  • Aportar los datos de identificación de la finca, de su propietario o de su ubicación.
  • Acreditar el interés legítimo con los documentos exigibles en cada caso.

Documentos necesarios

  • Escrito de solicitud con los datos del solicitante, la finca y el interés legítimo.
  • Autorización del Registro Central de la Inversión Extranjera, si la información se utilizará para aprobar o formalizar un negocio con capital extranjero.
  • Resolución del director o máximo representante de la entidad estatal que autorice a un funcionario a gestionar la legalización de un inmueble, cuando corresponda.
  • Designación del representante emitida por el órgano competente de la asociación u otra persona jurídica, cuando corresponda.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Identifica el registro competente

    Acude al Registro de la Propiedad del municipio donde se encuentra el inmueble sobre el que necesitas información.

  2. 2

    Prepara la solicitud

    Redacta y firma el escrito con tus datos, la identificación o ubicación de la finca, el interés legítimo y la finalidad de la información.

  3. 3

    Reúne los documentos de respaldo

    Adjunta la autorización, resolución o designación de representante que corresponda a tu caso para demostrar el interés legítimo.

  4. 4

    Presenta la petición

    Entrega la solicitud en la oficina registral y solicita la certificación o nota simple que necesites.

  5. 5

    Recoge el documento expedido

    La oficina entrega la certificación o la nota simple en soporte electrónico o en papel, según corresponda.

Precio o coste

ImporteVariable según el documento, el solicitante y la complejidad de la búsqueda.
MonedaCUP
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesPersonas naturales: certificación sobre un asiento de la historia de la finca, 125 CUP; sobre más de un asiento, 200 CUP; certificación de dominio o de dominio y gravamen, 60 CUP; certificación negativa, 30 CUP; nota simple, 60 CUP. Personas jurídicas: 150 CUP, 180 CUP, 150 CUP, 60 CUP y 60 CUP, respectivamente. Además, se exigen sellos del timbre: para personas naturales y jurídicas, 10 CUP en certificaciones de inscripción, y 5 CUP en certificaciones negativas o notas simples. Para personas naturales no residentes permanentes y sucursales, agentes u oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en Cuba: 250 CUP, 125 CUP y 125 CUP, respectivamente. Si la búsqueda o elaboración es de gran complejidad, se cobra el doble de la tarifa aplicable. Están exentas las solicitudes derivadas de mandamiento judicial o realizadas por la Fiscalía, el Ministerio de Justicia o la Administración para actuaciones de oficio.

¿Dónde se realiza?

OficinaRegistro de la Propiedad del municipio donde está ubicado el inmueble
HorarioDe lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.; lunes y miércoles se extiende hasta las 7:00 p. m. Sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m.

¿Qué obtiene el solicitante?

Certificación registral o nota simple informativa sobre los asientos del inmueble, expedida en formato electrónico o en papel cuando corresponda.

Casos especiales

  • La solicitud puede denegarse si no se prueba el interés legítimo, la finalidad no es legítima o se vulneran las reglas de protección de datos personales. El registrador debe entregar una nota con las razones de la denegación.
  • La exhibición directa de libros archivados en papel solo procede excepcionalmente por decisión de autoridades competentes del Ministerio de Justicia o a petición de un tribunal.
  • Si perdiste o se deterioró el título de propiedad, el Registro de la Propiedad no entrega una copia del título. Debes solicitarla en la Notaría o en la Dirección Municipal de la Vivienda que lo expidió.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir información de un inmueble en el Registro de la Propiedad?

Cualquier persona natural o jurídica puede solicitarla si demuestra un interés legítimo e informa para qué utilizará los datos registrales.

¿La nota simple sirve como prueba de propiedad?

No. Tiene finalidad informativa, no acredita derechos frente a terceros ni constituye prueba del contenido de los asientos registrales.

¿Puedo solicitar información sobre asientos anteriores a 1965?

No. El Registro no expide certificaciones ni notas simples informativas de asientos practicados antes de 1965.

¿Puedo ver directamente los libros antiguos del Registro?

No de forma ordinaria. La consulta directa de libros archivados en papel está limitada a supuestos excepcionales autorizados o solicitados por un tribunal competente.

Fundamento legal

La Ley No. 65, Ley General de Vivienda, regula aspectos vinculados al régimen de vivienda. La Resolución 493 de 2021 del Ministerio de Justicia aprueba las Normas y Procedimientos del Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles. La Resolución 49 de 2021 fija tarifas de servicios registrales, y la Ley No. 113 del Sistema Tributario sustenta el impuesto sobre documentos mediante sellos del timbre.

Fuentes oficiales

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