Información general
La inscripción permite incorporar al Registro de la Propiedad Central para la Atención a la Inversión Extranjera los inmuebles estatales y los derechos reales relacionados con un proyecto de inversión extranjera.
Antes de esa inscripción, el área debe quedar legalizada a favor del Estado e inmatriculada como finca en el Registro de la Propiedad del municipio donde se ubica.
Desarrollo del trámite
El procedimiento comienza con la legalización del área destinada a la inversión y su incorporación registral como finca nueva. La parte cubana vinculada al proyecto presenta la certificación catastral ante la dirección provincial de Justicia correspondiente o ante la del Municipio Especial Isla de la Juventud.
Una vez dictada la resolución que declara el área integrante del Patrimonio Estatal, el Registro de la Propiedad municipal realiza la inmatriculación y expide la certificación de dominio. Con esa certificación y los títulos que acrediten la transmisión, modificación o extinción de derechos reales, puede continuarse la inscripción en el Registro de la Propiedad Central para la Atención a la Inversión Extranjera.
Cuando se identifiquen fincas del antiguo Registro comprendidas en el área, el registrador puede cancelar sus asientos por extinción del derecho, con base en la resolución administrativa emitida para la legalización.
¿Quién puede solicitarlo?
- Parte cubana vinculada a un proyecto de inversión extranjera que requiera legalizar un inmueble a favor del Estado.
- Personas naturales extranjeras no residentes permanentes en Cuba que adquieren inmuebles o derechos vinculados con inversiones inmobiliarias.
- Patrocinadores de proyectos de inversión extranjera que tramiten la inscripción de derechos transmitidos a esas modalidades.
Requisitos
- Que el área urbana o rural objeto de inversión sea legalizada a favor del Estado cubano e inmatriculada en el Registro de la Propiedad municipal.
- Que la transmisión, modificación o extinción del derecho real conste en documentos públicos o resoluciones.
- Acreditar el interés del acto para el desarrollo económico y social del país cuando se trate de contratos de arrendamiento.
- Abonar el impuesto sobre transmisión de bienes y herencias cuando corresponda.
- Presentar el convenio de pago de derechos reales suscrito con el Ministerio de Finanzas y Precios, cuando sea aplicable.
Documentos necesarios
- Certificación catastral emitida por la Dirección Municipal de Planificación Física, para solicitar la legalización inicial del área.
- Certificación de dominio de la finca inmatriculada a favor del Estado cubano, expedida por el Registro de la Propiedad municipal.
- Documentos públicos o resoluciones que acrediten la transmisión, modificación o extinción de derechos reales.
- Contrato de arrendamiento que demuestre el interés económico y social del proyecto, cuando corresponda.
- Comprobante del pago del impuesto sobre transmisión de bienes y herencias, cuando proceda.
- Convenio de pago de los derechos reales otorgados con el Ministerio de Finanzas y Precios, cuando corresponda.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Solicitar la legalización del área a favor del Estado
La parte cubana asociada al proyecto presenta la certificación catastral ante el director provincial de Justicia competente o ante la autoridad de Justicia del Municipio Especial Isla de la Juventud.
- 2
Esperar la resolución administrativa
La autoridad de Justicia dicta resolución en un plazo de 10 días hábiles. Esta declara el área parte del Patrimonio Estatal e incluye superficie, linderos, medidas y georreferenciación.
- 3
Inmatricular el inmueble en el Registro municipal
La resolución se comunica al registrador del municipio donde radica el inmueble, quien inmatricula el área como finca nueva en un plazo de 3 días hábiles.
- 4
Obtener la certificación de dominio
El Registro de la Propiedad municipal entrega la certificación de dominio de la finca inmatriculada a favor del Estado para continuar la transmisión de derechos a la inversión extranjera.
- 5
Aportar información sobre fincas anteriores
El patrocinador del proyecto, coordinado con el Grupo Provincial de Inmuebles, facilita los datos necesarios para localizar fincas inscritas en el antiguo Registro que integren el área de inversión.
- 6
Presentar los títulos y documentos exigidos
Presente ante el Registro de la Propiedad Central para la Atención a la Inversión Extranjera la certificación de dominio, los títulos del derecho, los comprobantes tributarios y demás documentos aplicables.
- 7
Recibir la inscripción registral
El Registro Central inscribe los inmuebles y derechos transmitidos a la modalidad de inversión extranjera dentro de los 10 días hábiles posteriores al asiento de presentación, si se cumplen los requisitos.
Precio o coste
| Importe | 375 CUP por el asiento de presentación de cada título. La inscripción, anotación o cancelación cuesta entre 2,500 y 25,000 CUP, según el valor o precio legal del inmueble. Pueden aplicarse tarifas adicionales por notas marginales, certificaciones, notas simples y sellos del timbre. |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | Efectivo, en la caja del Registro de la Propiedad al entregar el documento correspondiente al servicio prestado. |
| Actualizado | |
| Observaciones | Por inscripción o anotación: hasta 10,000 CUP de valor, 2,500 CUP; de 10,001 a 25,000, 3,000 CUP; de 25,001 a 100,000, 9,375 CUP; de 100,001 a 15,000,000, 12,500 CUP; y más de 15,000,001, 25,000 CUP. Las certificaciones y notas solicitadas por mandamiento judicial, por la Fiscalía, el Ministerio de Justicia o la Administración para actuaciones de oficio están exentas en los supuestos previstos. También están exentos los asientos de cancelación ordenados judicialmente y las rectificaciones de errores promovidas por el registrador. |
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Inscripción en el Registro de la Propiedad Central para la Atención a la Inversión Extranjera del inmueble estatal y de los derechos reales transmitidos o relacionados con la inversión.
Casos especiales
- Si se identifican fincas inscritas previamente que dieron lugar al área de inversión, el registrador puede cancelar sus asientos tras la inmatriculación, en un plazo de 10 días hábiles.
- El importe de la inscripción o anotación preventiva se calcula por el valor del inmueble o su precio legal consignado en los títulos, sin variar por la cantidad de adquirentes o transmitentes.
- Las tarifas descritas para el Registro Central se refieren a personas naturales extranjeras no residentes permanentes que adquieren inmuebles y derechos vinculados a inversiones inmobiliarias.
Preguntas frecuentes
¿Qué entidad declara que el área integra el Patrimonio Estatal?
El director provincial de Justicia competente o la autoridad de Justicia del Municipio Especial Isla de la Juventud, mediante resolución basada en la certificación catastral presentada.
¿Qué acredita la certificación catastral?
La existencia física del área y sus datos de localización: ubicación, superficie, linderos, medidas y georreferenciación.
¿Cuándo se paga el servicio registral?
El pago se efectúa en efectivo en la caja del Registro de la Propiedad al momento de recibir el documento relativo al servicio prestado.
Fundamento legal
La Resolución 380 de 2020 del Ministerio de Justicia regula la inscripción de inmuebles estatales vinculados con inversión extranjera. La Resolución 50 de 2021 del propio ministerio actualiza las tarifas del Registro de la Propiedad Central para la Atención a la Inversión Extranjera. También resulta aplicable la Ley No. 113, Del Sistema Tributario, en materia de impuestos y sellos del timbre.




