Seguros

¿Cómo contratar un seguro temporario de vida en Cuba?

Contrata en la ESEN un seguro temporario de vida con cobertura por fallecimiento y opciones ante incapacidad o gastos farmacéuticos, para residentes permanentes de 18 a 77 años.

Empresa de Seguros Nacionales (ESEN)
EntidadEmpresa de Seguros Nacionales (ESEN)
ModalidadA través de representante · Presencial
CosteSello del timbre: 5 CUP. La prima varía según la suma asegurada, edad, ocupación y salario. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

El seguro temporario de vida de la Empresa de Seguros Nacionales (ESEN) permite proteger económicamente al asegurado y a las personas beneficiarias ante el fallecimiento. La cobertura por muerte es obligatoria y pueden añadirse protecciones por incapacidad y gastos farmacéuticos.

La contratación puede hacerse de forma individual o mediante grupos que cumplan las condiciones establecidas. Antes de firmar, la ESEN evalúa la solicitud, las condiciones de asegurabilidad y el riesgo declarado.

Desarrollo del trámite

La suma asegurada para la cobertura por muerte puede fijarse entre 1 000 y 50 000 CUP, en múltiplos de 1 000. Esta cobertura ampara fallecimientos por enfermedad o accidente, con las exclusiones previstas en la póliza, y se paga a las personas beneficiarias designadas.

También pueden contratarse coberturas por incapacidad permanente total o parcial derivada de accidentes, enfermedades cardiovasculares o vasculares encefálicas, diabetes y cáncer, cuando se manifieste dentro de los 12 meses posteriores al diagnóstico o accidente. La incapacidad temporal cubre accidentes, determinadas enfermedades cardiovasculares o vasculares encefálicas y cirugías urgentes, si requieren entre 14 y 180 días de reposo. La renta diaria tiene un límite de 15 CUP.

La cobertura de gastos farmacéuticos solo se admite junto con una cobertura de incapacidad temporal o permanente. Puede contemplar gastos de 50 a 300 CUP vinculados a los riesgos cubiertos y prescritos por un facultativo. En los contratos colectivos, la ESEN prevé descuentos comerciales según el número de integrantes.

La póliza entra en vigor una vez aceptada la solicitud y cobrada la prima, y se contrata por un año. Puede renovarse al vencimiento por otro período igual. La falta de pago de la prima libera a la aseguradora de responsabilidad y puede dar lugar a la terminación del contrato.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales cubanas residentes en Cuba.
  • Personas extranjeras con residencia permanente en Cuba.
  • Tener entre 18 y 77 años cumplidos.
  • Cumplir las condiciones de asegurabilidad evaluadas por la ESEN.
  • Trabajadores asalariados y no asalariados, conforme a las condiciones de contratación aplicables.

Requisitos

  • Declarar con veracidad las circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo de muerte o incapacidad.
  • En trabajadores asalariados, la renta contratada no puede superar el 25 % de los ingresos diarios.
  • Para grupos colectivos generales, reunir al menos 10 integrantes y haberse formado previamente para un fin distinto de contratar el seguro.
  • Los grupos familiares colectivos pueden reunir de 3 a 9 convivientes en el mismo domicilio; para muerte e incapacidad permanente, la suma mínima individual es de 5 000 CUP.
  • En la modalidad colectiva optativa, el grupo debe tener al menos 5 integrantes y contratar una suma asegurada uniforme.
  • Los grupos familiares de modalidad colectiva optativa deben incluir de 3 a 9 convivientes y pactar una suma uniforme mínima de 5 000 CUP.

Documentos necesarios

  • Modelo de Solicitud de Seguro completado.
  • Sello del timbre por valor de 5 CUP para formalizar el contrato.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Revise las condiciones y coberturas disponibles

    Consulte las condiciones generales, especiales y particulares de la póliza, así como los límites de indemnización, para decidir la protección y la suma asegurada que desea contratar.

    Abrir enlace oficial
  2. 2

    Contacte con una oficina comercial de la ESEN

    Acuda o comuníquese con la oficina comercial más cercana para recibir orientación y solicitar la contratación.

    Abrir enlace oficial
  3. 3

    Presente la solicitud de seguro

    Complete el modelo de solicitud con información cierta sobre su estado y circunstancias de riesgo. Puede recibir apoyo de un representante de la aseguradora. Si la remite por las opciones de contacto de la ESEN, la entidad puede enviar un agente a su domicilio para formalizar el servicio.

    Abrir enlace oficial
  4. 4

    Espere la evaluación de la ESEN

    La aseguradora puede enviar una propuesta para que la acepte o rechace dentro del plazo indicado, o aprobar la solicitud en un término de hasta 30 días, consignando la prima correspondiente.

  5. 5

    Pague la prima y firme la póliza

    Tras la aceptación, pague la prima al agente identificado o especialista de la ESEN y aporte el sello del timbre de 5 CUP. Firme las condiciones particulares junto con el representante de la entidad y conserve la póliza entregada.

Precio o coste

ImporteSello del timbre: 5 CUP. La prima varía según la suma asegurada, edad, ocupación y salario.
MonedaCUP
Forma de pagoLa prima puede pagarse trimestral, semestral o anualmente. En colectivos puede pagarse mensualmente por descuento en nómina.
Actualizado
ObservacionesSe aplica una sobreprima única del 15 % en determinados supuestos de actividades riesgosas o condiciones personales identificadas por la aseguradora.

¿Dónde se realiza?

OficinaOficina Comercial de la ESEN más cercana al domicilio del solicitante.
HorarioHorario laboral.
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Póliza de seguro temporario de vida vigente por un año, con las coberturas, suma asegurada, prima y personas beneficiarias que consten en sus condiciones particulares.

Vigencia y renovación

Un año desde la entrada en vigor. Puede renovarse al vencimiento por un período igual.

Casos especiales

  • No se consideran asegurables para nuevos contratos, entre otros casos indicados por la aseguradora, personas con incapacidades físicas o mentales, sordera, ceguera, miopía superior a 10 dioptrías, parálisis, epilepsia, toxicomanía o enfermedades graves e incurables con peligro para la vida.
  • La cobertura de gastos farmacéuticos exige haber contratado incapacidad temporal o incapacidad permanente total o parcial.
  • En los colectivos hay tarifas y sumas uniformes; además, se contempla doble indemnización por muerte accidental y una prestación farmacéutica específica según las condiciones de la modalidad.
  • El contrato puede terminar por impago, solicitud expresa del asegurado comunicada con 15 días de antelación, fraude o mala fe, fallecimiento tras el pago de la suma asegurada, decisión judicial u otras causas legales.

Preguntas frecuentes

¿Qué coberturas pueden incluirse?

La cobertura por muerte es obligatoria. Pueden añadirse incapacidad permanente total o parcial, incapacidad temporal y gastos farmacéuticos, según las condiciones de la póliza.

¿Cómo se comunica un siniestro?

El asegurado, tomador, beneficiario o representante debe informar a su agente o a una oficina comercial de la ESEN dentro de los 10 días naturales siguientes. Por caso fortuito o fuerza mayor, el término puede ampliarse a 30 días con consentimiento de la aseguradora. Debe completarse el modelo de reclamación y presentar las pruebas requeridas.

¿Qué deben presentar los beneficiarios si fallece el asegurado?

Deben presentar la póliza, certificación de defunción, carné de identidad de quienes reclaman, último recibo de cobro e informes o certificaciones médicas sobre el fallecimiento. Si intervino una autoridad, corresponde aportar el acta o denuncia de la PNR o una sentencia firme. Herederos y legatarios deben añadir los documentos sucesorios que acrediten su derecho.

¿Cuándo se paga una indemnización?

Si se prueba el siniestro, la ESEN paga dentro de los 30 días naturales posteriores a la conclusión de investigaciones y peritajes, y una vez presentada la documentación necesaria. Para incapacidad permanente, el pago procede tras el alta definitiva y la acreditación médica correspondiente.

¿La suma del seguro forma parte de los bienes del matrimonio o de la herencia?

La suma correspondiente a la persona beneficiaria no integra la comunidad matrimonial de bienes ni el caudal hereditario del asegurado.

Fundamento legal

El contrato se rige por el Decreto-Ley 263 de 2008, sobre normas básicas del contrato de seguro, y por la Resolución 8 de 2009 del Ministerio de Finanzas y Precios, que aprueba su reglamento.

Fuentes oficiales

CompartirFacebookWhatsAppTelegramCorreo
¿Encontraste información desactualizada?