Tránsito

¿Cómo inscribir un ciclomotor o moto eléctrica en Cuba?

Inscribe tu ciclomotor o moto eléctrica en el Registro de Vehículos antes de circular. El trámite exige acudir con el vehículo, identificación y documento que pruebe su adquisición o importación.

Ministerio del Transporte de Cuba
EntidadMinisterio del Transporte de Cuba
ModalidadA través de representante · Presencial
CosteResidentes permanentes: 40 CUP por licencia de circulación y 5 CUP por pegatina. No residentes permanentes: 1,000 CUP por licencia de circulación y 125 CUP por pegatina. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoArtemisa, Camagüey, Ciego de Ávila, Cienfuegos, Granma, Guantánamo, Holguín, Isla de la Juventud, La Habana, Las Tunas, Matanzas, Mayabeque, Nacional, Pinar del Río, Sancti Spíritus, Santiago de Cuba, Todas las provincias, Villa Clara

Información general

La inscripción en el Registro de Vehículos permite registrar los ciclomotores y motos eléctricas comprados en entidades comercializadoras cubanas o importados legalmente.

Debe realizarse antes de que el vehículo circule. La gestión se presenta en persona ante la Unidad Territorial de Trámites que corresponda al municipio de residencia del propietario y requiere inspección técnica del medio.

Desarrollo del trámite

El Registro de Vehículos, adscrito a la Dirección Nacional de Tránsito del Ministerio del Interior, lleva el control de los ciclomotores que circulan en las vías cubanas.

Se registran motocicletas y ciclomotores eléctricos, incluso los que tengan aspecto de bicicleta o motocicleta, así como los de tres o cuatro ruedas y los que tengan dobles ruedas traseras adaptadas. También pueden inscribirse los vehículos importados legalmente que cuenten con el certificado de importación o el modelo de solicitud emitido por la Aduana.

No se registran carriolas eléctricas, bicicletas eléctricas de juguete, Segway, sillas de ruedas eléctricas ni bicicletas de pedaleo asistido con motor de hasta 350 watts y velocidad máxima de 25 km/h. Estas últimas reciben el tratamiento legal de las bicicletas convencionales.

Para la atención, las oficinas tienen horarios distintos según el territorio. En La Habana atienden lunes, martes, miércoles y viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., y jueves y sábados de 8:00 a. m. a 12:00 m. En Pinar del Río, Matanzas y Guantánamo hay atención extendida determinados días hasta las 7:00 p. m.; Artemisa y Mayabeque atienden lunes, miércoles y viernes hasta esa hora; y varias provincias centrales y orientales tienen calendarios específicos. Confirma el horario vigente en la oficina territorial antes de acudir.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales mayores de 18 años a cuyo nombre figure la factura, contrato de compraventa, certificado de importación o modelo de solicitud de inscripción.
  • Personas jurídicas titulares de los documentos de adquisición o importación, mediante representante acreditado ante el Registro de Vehículos.
  • Personas que hayan adquirido o importado ciclomotores o motos eléctricas a partir del 7 de junio de 2022 deben solicitar la inscripción a nombre de la persona indicada en el documento de origen.

Requisitos

  • Presentarse en la Unidad Territorial de Trámites del Registro de Vehículos correspondiente al municipio de residencia del propietario.
  • Llevar el ciclomotor o la moto eléctrica para la inspección técnica.
  • Presentar el vehículo limpio, en buen estado técnico, con sistema de luces y soporte para colocar la chapa.
  • Abonar el impuesto sobre documentos públicos mediante sellos del timbre.
  • Si actúa otra persona por imposibilidad del propietario natural, presentar poder especial otorgado en escritura pública.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad del propietario natural.
  • Documento oficial de identificación y credencial del representante acreditado, cuando el titular sea una persona jurídica.
  • Factura o contrato de compraventa emitido por una entidad comercializadora autorizada, para vehículos adquiridos en Cuba.
  • Certificado de importación o modelo de solicitud de inscripción expedido por la Aduana General de la República, para vehículos importados.
  • Escritura pública de poder especial, si corresponde.
  • Sellos del timbre por el importe aplicable.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Reúne los documentos de titularidad

    Prepara tu identificación y la factura, contrato de compraventa o documento de importación que corresponda al vehículo.

  2. 2

    Prepara el vehículo para la revisión

    Lleva el ciclomotor limpio, con luces funcionales y con el aditamento necesario para instalar la chapa.

  3. 3

    Acude al Registro de Vehículos

    Presenta la solicitud, los documentos y el vehículo en la Unidad Territorial de Trámites correspondiente a tu municipio de residencia.

  4. 4

    Paga el impuesto documental

    Entrega los sellos del timbre exigidos para la licencia de circulación y la pegatina, según tu condición de residencia.

  5. 5

    Obtén la inscripción

    Tras la revisión y registro del vehículo, se emiten los documentos y elementos identificativos que correspondan.

Precio o coste

ImporteResidentes permanentes: 40 CUP por licencia de circulación y 5 CUP por pegatina. No residentes permanentes: 1,000 CUP por licencia de circulación y 125 CUP por pegatina.
MonedaCUP
Forma de pagoSellos del timbre
Actualizado
ObservacionesLos importes corresponden al impuesto sobre documentos públicos aplicable al trámite.

¿Dónde se realiza?

OficinaUnidad Territorial de Trámites del Registro de Vehículos
DirecciónLa oficina que corresponda al municipio de residencia del propietario.
TeléfonoLa Habana: 7794 3838, 7690 0750, 7206 9142 y 7690 0751.
HorarioEl horario varía por provincia y oficina. Verifica la atención vigente antes de trasladarte.
Sitio oficial

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

No se indica un sistema de cita previa.

¿Qué obtiene el solicitante?

Inscripción del ciclomotor o moto eléctrica en el Registro de Vehículos, con licencia de circulación y pegatina según corresponda.

Casos especiales

  • Cuando el propietario natural esté imposibilitado de asistir, un representante puede actuar con poder especial en escritura pública. Algunas oficinas pueden exigir la presencia física del titular en la primera inscripción; confírmalo previamente.
  • Para vehículos adquiridos o importados antes del 7 de junio de 2022, si no existe documento de origen o está a nombre de otra persona, puede proceder una declaración jurada ante el funcionario sobre la posesión lícita, forma y fecha de adquisición y datos registrales.
  • La declaración jurada no sustituye la factura, contrato o certificado de importación en vehículos adquiridos o importados desde el 7 de junio de 2022.
  • Las chapas de cinco dígitos emitidas con anterioridad conservan su validez. Los nuevos registros pueden recibir chapas de cinco o seis dígitos según disponibilidad.
  • Hasta el 31 de diciembre de 2026 existe una medida temporal para solicitar una Licencia de Operaciones de Transporte para determinados ciclomotores, motocicletas y triciclos eléctricos sin matrícula.

Preguntas frecuentes

¿Quién debe solicitar la inscripción?

La persona natural o jurídica cuyo nombre aparezca en el documento de compra o importación. Debe ser mayor de 18 años si se trata de una persona natural.

¿Puedo registrar una bicicleta eléctrica de pedaleo asistido?

No. Las bicicletas con motor de hasta 350 watts, velocidad máxima de 25 km/h y, por lo general, sin acelerador se consideran bicicletas convencionales y no se registran como ciclomotores.

¿Qué sucede si no tengo la factura o el certificado de importación?

Para vehículos comprados o importados antes del 7 de junio de 2022, consulta si procede una declaración jurada ante el Registro. Para los adquiridos o importados desde esa fecha, la inscripción exige que el documento de origen esté a nombre del solicitante.

¿Se pueden inscribir motocicletas de combustión importadas?

Pueden inscribirse las importadas legalmente con la documentación aduanal requerida. La normativa de importación vigente contempla motocicletas de combustión interna de hasta 250 cc, nuevas o con hasta 10 años de uso.

Fundamento legal

La inscripción y control de ciclomotores se relacionan con la Ley 109 del Código de Seguridad Vial, la Resolución 35 de 2019 del Ministerio del Interior y la Resolución 1 de 2013. La Resolución 7 de 2025 modificó el formato de las chapas. El impuesto documental se rige por la Ley No. 113 del Sistema Tributario. La importación y comercialización de vehículos se regulan, entre otras disposiciones, por el Decreto 119 de 2024 y la Resolución 60 de 2024.

Fuentes oficiales

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