Información general
La inscripción inicial registra oficialmente los datos que identifican a un vehículo y acredita a su poseedor legal ante el Registro de Vehículos del Ministerio del Interior.
El procedimiento aplica a vehículos de motor, remolques, semirremolques y ciclomotores. Requiere presentar el medio para inspección y los documentos que demuestren su adquisición o importación legal.
Desarrollo del trámite
Al formalizar la inscripción se abre un expediente con las características sujetas a control, entre ellas carrocería, motor, chasis, color, combustible, marca, modelo y tipo. En motocicletas y medios similares también se controla el cuadro.
Los propietarios que compren, reciban por transmisión de propiedad o importen vehículos de motor, remolques o semirremolques deben comunicarlo al Registro que corresponda a su domicilio dentro de los 30 días posteriores a la compra o importación. La licencia o permiso de circulación debe portarse y mostrarse cuando lo solicite una autoridad.
La pegatina entregada con la inscripción se coloca por dentro del parabrisas delantero. En motocicletas y ciclomotores se ubica en el cuadro.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas naturales mayores de 18 años, con capacidad civil y posesión legal del vehículo o ciclomotor.
- Personas jurídicas poseedoras legales de ciclomotores, mediante su representante acreditado.
- Autoridades competentes que soliciten la inscripción.
- La inscripción de vehículos adquiridos en comercializadoras autorizadas o importados corresponde a la persona natural o jurídica que figure en el documento de propiedad o importación.
Requisitos
- Acudir a la oficina del Registro de Vehículos que corresponda al domicilio del propietario.
- Presentar el vehículo, remolque, semirremolque o ciclomotor para su inspección.
- Acreditar la posesión legal del medio.
- Pagar el impuesto sobre documentos públicos aplicable.
- Si actúa un representante por imposibilidad del propietario, presentar una Escritura Pública de Poder Especial.
- Cuando el propietario haya fallecido, aportar contrato de servicios jurídicos o el trámite notarial de declaratoria de herederos.
Documentos necesarios
- Carné de identidad o pasaporte para la inscripción de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
- Carné de identidad de la persona natural que inscribe un ciclomotor.
- Documento oficial de propiedad: contrato de compraventa, documento del MININT o FAR, documento de inscripción a la PNR, certificado de importación de la Aduana General de la República o documento de la entidad que importó en representación del propietario.
- Licencia de circulación o documento emitido por el Registro de Vehículos, cuando corresponda.
- Constancia actualizada del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre y de Transmisión de Bienes y Herencias.
- Factura o contrato de compraventa de una comercializadora autorizada para ciclomotores adquiridos en Cuba.
- Certificado de importación o modelo de solicitud de inscripción de la Aduana General de la República para ciclomotores importados.
- Escritura Pública de Poder Especial, si realiza el acto una persona distinta del propietario.
- Para una persona jurídica: carné de identidad del representante, credencial o documento que pruebe su representación y documentos de posesión legal del ciclomotor.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Reúna la documentación de propiedad
Prepare su identificación y el documento que pruebe la posesión legal. Para vehículos adquiridos en una entidad comercializadora autorizada, basta presentar el documento que acredita la propiedad.
- 2
Verifique la situación especial, si aplica
Si actuará por representación, lleve el poder especial. Si el titular falleció, presente el contrato de servicios jurídicos o la declaratoria de herederos. Para determinados ciclomotores sin documentos a nombre del poseedor puede ser necesaria una declaración jurada.
- 3
Presente el vehículo en el Registro de Vehículos
Acuda a la oficina correspondiente a su domicilio con el medio para la inspección técnica y entregue los documentos requeridos.
- 4
Abone los importes aplicables
Pague en sellos del timbre el impuesto que grava la licencia de circulación y la pegatina, según su condición de residencia.
- 5
Reciba la documentación registral
Concluida la inscripción, se emite la licencia de circulación y se asignan las chapas de identificación que correspondan.
Precio o coste
| Importe | 40 CUP por licencia y 5 CUP por pegatina para residentes permanentes; 1,000 CUP por licencia y 125 CUP por pegatina para no residentes permanentes. |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | Sellos del timbre, como impuesto sobre documentos. |
| Actualizado | |
| Observaciones | Los importes indicados corresponden a personas naturales y están diferenciados por residencia permanente en el territorio nacional. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
No se ha indicado que requiera cita previa.
El material disponible no indica que sea necesario reservar cita.
¿Qué obtiene el solicitante?
Inscripción en el Registro de Vehículos, expediente registral, licencia de circulación y chapas de identificación correspondientes.
Vigencia y renovación
La licencia de circulación tiene una validez de 10 años.
Casos especiales
- Los vehículos de motor, remolques y semirremolques comprados en entidades comercializadoras autorizadas se inscriben presentando únicamente el documento de propiedad.
- Para ciclomotores adquiridos o importados antes del 7 de junio de 2022, si faltan los documentos exigidos o están a nombre de otra persona, puede utilizarse una declaración jurada ante el funcionario para acreditar la posesión lícita, forma y fecha de adquisición y datos registrales.
- Los ciclomotores adquiridos en una comercializadora o importados desde el 7 de junio de 2022 solo pueden inscribirse a nombre de la persona que consta en la factura, contrato o certificado de importación. La declaración jurada no sustituye esos documentos.
- En la inscripción de ciclomotores por personas jurídicas debe comparecer el representante previamente acreditado ante el Registro de Vehículos.
- La PNR puede ocupar la licencia y las chapas, o retirar el vehículo, en los supuestos previstos por el Código de Seguridad Vial. También puede haber retención temporal de un mes a un año si el responsable acumula más de dos contravenciones en un año natural.
Preguntas frecuentes
¿Qué edad se exige para inscribir un vehículo como persona natural?
Se requiere tener 18 años o más y capacidad civil para realizar el acto.
¿Cuándo debo inscribir un vehículo comprado o importado?
Los vehículos de motor, remolques y semirremolques deben comunicarse e inscribirse ante el Registro de Vehículos correspondiente dentro de los 30 días posteriores a la compra o importación.
¿Dónde se coloca la pegatina entregada al registrar el vehículo?
Debe colocarse en el interior del parabrisas delantero. En motocicletas y ciclomotores se sitúa en el cuadro.
Fundamento legal
El trámite se vincula con la Ley 109 del Código de Seguridad Vial, la Ley No. 113 del Sistema Tributario y sus modificaciones, el Decreto 119 de 2024 sobre transmisión, comercialización e importación de vehículos, y las disposiciones del Ministerio del Interior sobre registro vehicular y ciclomotores.
Fuentes oficiales
- Ministerio del Interior de CubaOrganismo oficial
- Ley No. 113 «Del Sistema Tributario»Gaceta Oficial2026
- Resolución No. 1 de 2013 del Ministerio del InteriorGaceta Oficial2013
- Decreto-Ley No. 21 del Consejo de EstadoGaceta Oficial2020
- Decreto 119 de 2024 del Consejo de MinistrosGaceta Oficial2024
- Resolución 60 de 2024 del Ministerio del Comercio InteriorGaceta Oficial2024




