Información general
El Permiso de Trabajo autoriza a extranjeros y personas sin ciudadanía a desempeñar una actividad profesional, laboral o empresarial en Cuba. Lo tramita la Oficina Nacional del Permiso de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Desarrollo del trámite
La persona debe contar con un vínculo contractual con una entidad u organismo cubano, o representar o estar relacionada con una empresa extranjera radicada en Cuba. El permiso se concede por un período de hasta cinco años; si el trabajo se realiza en compañías, sucursales, representaciones u otras entidades extranjeras establecidas en Cuba, su duración coincide con la licencia o autorización de esa entidad cuando esta sea menor.
Tras obtener el permiso y entrar al país con el visado aplicable, corresponde gestionar la clasificación migratoria de residente temporal y el carné de identidad de extranjero ante las oficinas de trámites del Ministerio del Interior. La solicitud de residencia temporal debe presentarse dentro de los 20 días anteriores al vencimiento de la visa.
¿Quién puede solicitarlo?
- Extranjeros y personas sin ciudadanía que realizarán actividades profesionales, laborales o empresariales en Cuba.
- Personas con contrato con una entidad u organismo cubano.
- Representantes o personas vinculadas a empresas extranjeras radicadas en Cuba.
Requisitos
- Presentar el Modelo de Solicitud de Permiso de Trabajo, en original y copia.
- Aportar carta de solicitud firmada por el representante, con la vigencia de la licencia de la Cámara de Comercio y una descripción breve del cargo.
- Tener visa de trabajo D-1 o visa de negocios D-7, según corresponda, y gestionar el permiso durante su vigencia.
- El permiso debe solicitarse para la actividad laboral autorizada; no permite ejercer funciones distintas a las aprobadas.
Documentos necesarios
- Modelo de Solicitud de Permiso de Trabajo, original y copia.
- Carta de solicitud firmada por el representante.
- Fotocopia de la visa D-1 o D-7, según corresponda.
- Fotocopia de la licencia de la Cámara de Comercio de la sociedad mercantil, agencia de viajes o aerolínea extranjera.
- Fotocopia de la página de datos generales del pasaporte.
- Tres fotografías tipo carné de 1 x 1, actualizadas y no escaneadas.
- Fotocopia del contrato de trabajo con la casa matriz o documento oficial que acredite la contratación.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Preparar la solicitud mediante la entidad vinculada
Reúna el modelo, la carta del representante y los documentos que demuestran la identidad, la visa, la contratación y, cuando corresponda, la licencia de la entidad extranjera.
- 2
Presentar el expediente ante el MTSS
Entregue la documentación en la Oficina Nacional del Permiso de Trabajo, autoridad competente para conceder, renovar, actualizar, cancelar y emitir duplicados del permiso.
- 3
Solicitar el visado si se encuentra fuera de Cuba
Cuando el permiso haya sido concedido para una persona que está fuera del país, contacte al consulado cubano de su lugar de residencia para solicitar el visado correspondiente. Debe ingresar a Cuba dentro de los 60 días naturales posteriores al otorgamiento del permiso.
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Obtener el documento que acredita el permiso
Quien ya haya entrado con visa de trabajo o negocios debe presentarse ante la Oficina Nacional del Permiso de Trabajo antes de que venza el visado, con fotocopia de la visa y original y copia del pasaporte.
- 5
Tramitar la residencia temporal
Con el permiso concedido, la autoridad facultada debe solicitar ante la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería la residencia temporal y el carné de identidad de extranjero.
Precio o coste
| Importe | Concesión: hasta 1 año, 5,000 CUP; hasta 2 años, 9,000 CUP; hasta 3 años, 13,000 CUP; hasta 4 años, 17,000 CUP; hasta 5 años, 21,000 CUP. Renovación: entre 4,000 y 20,000 CUP según el período. Duplicado y actualización: 1,000 CUP cada uno. Hago constar: 500 CUP. |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | |
| Actualizado | |
| Observaciones | Para la residencia temporal, la entrega inicial del carné de extranjero cuesta 250 CUP en sellos del timbre. La visa solicitada en un consulado cubano tiene un arancel indicado de 55 USD, 55 EUR o 50 USD si se tramita en Estados Unidos; no se acepta efectivo. |
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Permiso de Trabajo que autoriza la actividad profesional o laboral aprobada en Cuba. Con este documento puede tramitarse la residencia temporal y el carné de identidad de extranjero.
Vigencia y renovación
Hasta cinco años desde su emisión o por el término de la estancia si es menor. Para personal de entidades extranjeras radicadas en Cuba, coincide con la vigencia de la licencia o autorización de la entidad cuando corresponda.
Casos especiales
- La visa A-7 exploratoria se utiliza para ofrecer negocios o servicios sin vínculo previo con entidades estatales cubanas, o para empresarios que viajan periódicamente sin residir en Cuba ni requerir permiso de trabajo.
- El Ministro de Trabajo y Seguridad Social puede autorizar excepcionalmente contrataciones de hasta 30 días sin permiso, ante situaciones emergentes e impostergables y previa solicitud fundamentada de las autoridades facultadas.
- Si termina la relación laboral, la autoridad que solicitó el permiso debe comunicarlo al MTSS en 10 días hábiles para su cancelación.
- El permiso también se cancela si se dispone la salida del país del extranjero o persona sin ciudadanía residente temporal.
- En caso de pérdida o deterioro, la entidad u organismo correspondiente debe solicitar un duplicado al MTSS.
- Debe actualizarse si cambian los datos o elementos consignados durante su vigencia.
- Los familiares a cargo pueden solicitar residencia temporal amparados en el permiso del trabajador, con los visados familiares correspondientes.
- Una persona con residencia temporal no puede trabajar por cuenta propia en Cuba.
Preguntas frecuentes
¿Se puede trabajar en Cuba con visa de turismo?
No. Para trabajar o realizar actividades de negocios debe solicitarse el visado que corresponda; la visa de turismo no habilita esas actividades.
¿Cuándo se solicita la renovación?
Como mínimo 45 días naturales antes de la fecha de vencimiento. Si no se presenta en ese plazo, el permiso se cancela.
¿Puede el titular trabajar para otra entidad o en otra función?
No puede desarrollar actividades diferentes de las autorizadas. Si se permite prestar servicios en más de una entidad, debe constar expresamente en el permiso.
¿Quién solicita la residencia temporal después de otorgado el permiso?
La solicitan ante la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería las autoridades facultadas de organismos, entidades nacionales, organizaciones empresariales, Banco Central, Cámara de Comercio u otras instituciones acreditadas.
Fundamento legal
El Reglamento del Código de Trabajo aprobado por el Decreto No. 326 de 2014 regula el permiso de trabajo para extranjeros y personas sin ciudadanía. La Resolución No. 9 de 2014 del Ministerio del Interior establece el procedimiento para la residencia temporal por actividades laborales. La Resolución No. 46 de 2020 del MTSS fija las tarifas vinculadas a estos permisos.




