Información general
El licenciamiento del Servicio Militar Activo (SMA) es el trámite que formaliza la situación militar de quien terminó el período de servicio correspondiente.
Tras concluir el SMA, el ciudadano recibe un certificado de cumplimiento en su unidad militar y debe acudir al órgano de registro militar de su residencia para quedar inscrito como reservista o, cuando corresponda, ser excluido del Registro Militar.
Desarrollo del trámite
El Servicio Militar Activo es obligatorio para los ciudadanos cubanos de sexo masculino desde los 18 años. Su duración ordinaria es de dos años y, en tiempo de paz, el tiempo total de prestación no puede superar tres años, incluidos los períodos de movilización destinados a preparación.
La unidad militar entrega de forma inmediata el certificado de cumplimiento al finalizar el servicio. Con ese documento, el interesado debe gestionar su licenciamiento en el Comité Militar Municipal que le corresponda por domicilio. Al pasar a la reserva, conserva el grado militar que posea.
También puede producirse el licenciamiento por causas médicas, graves problemas familiares, estímulo, incorporación a formas alternativas de cómputo, decisión ministerial, sanción judicial o, para el servicio militar voluntario femenino, por solicitud fundada. La formalización fuera de plazo constituye una contravención.
¿Quién puede solicitarlo?
- Ciudadanos cubanos que hayan concluido el período que les corresponde cumplir en el Servicio Militar Activo.
- Personas licenciadas por cumplimiento del plazo u otra causa prevista en la normativa militar.
Requisitos
- Presentarse en el órgano de registro militar correspondiente al lugar de residencia dentro de los 15 días naturales siguientes a la terminación del Servicio Militar Activo.
- Haber recibido el certificado de cumplimiento emitido por la unidad militar.
Documentos necesarios
- Carné de identidad.
- Certificado de cumplimiento del Servicio Militar Activo.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Obtén el certificado de cumplimiento
Al terminar el período de Servicio Militar Activo, solicita y recibe este certificado de tu jefe de unidad militar.
- 2
Reúne los documentos
Prepara tu carné de identidad y el certificado de cumplimiento del SMA.
- 3
Acude al Comité Militar Municipal
Preséntate en la oficina del Comité Militar Municipal que corresponde a tu domicilio para formalizar tu situación en el Registro Militar.
- 4
Formaliza el licenciamiento
Realiza el trámite dentro de los 15 días naturales posteriores a la conclusión del servicio para que se registre tu condición militar.
Precio o coste
| Importe | |
|---|---|
| Moneda | |
| Forma de pago | |
| Actualizado | |
| Observaciones | El material no informa un precio por la formalización del licenciamiento. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
No se ha indicado que requiera cita previa.
El material no indica que sea necesaria una cita previa.
¿Qué obtiene el solicitante?
Licenciamiento del Servicio Militar Activo y actualización de la situación en el Registro Militar como reservista o, si procede, exclusión de este registro.
Casos especiales
- Puede otorgarse el licenciamiento por enfermedad cuando las comisiones médicas militares declaren al ciudadano no apto.
- Puede concederse por problemas familiares graves, a propuesta provincial y por decisión de jefes facultados por el MINFAR.
- Puede disponerse por estímulo, por incorporación a formas alternativas de cómputo o por decisión del Ministro de las FAR.
- En el servicio militar voluntario femenino, puede solicitarse por causas debidamente fundamentadas.
- Puede producirse por sanción judicial cuando exista privación de libertad superior a dos años o cumplimiento de sanción en establecimiento penitenciario.
- Las comisiones de reclutamiento pueden eximir de la incorporación al SMA por dictamen médico; las comisiones municipales también pueden eximir ante defectos físicos o mentales evidentes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura el Servicio Militar Activo?
El período ordinario es de dos años, preferentemente desde los 18 años y hasta cumplir los 28. En tiempo de paz, el total de prestación, incluidos los períodos de movilización para preparación, no puede exceder tres años.
¿Qué ocurre si no me presento a formalizar el licenciamiento?
No presentarse dentro del plazo establecido puede implicar una multa de 2.500 a 5.000 CUP y la obligación de comparecer de inmediato para realizar el trámite.
¿Basta con pagar la multa para no cumplir la obligación?
No. El pago no elimina la obligación de realizar el acto exigido. Si no se cumple, la autoridad facultada puede formular denuncia para iniciar un proceso penal conforme al Código Penal.
¿Qué condición tendré después del licenciamiento?
Quien haya cumplido el SMA queda inscrito como reservista, salvo que proceda su exclusión del Registro Militar. El pase a la reserva se realiza con el grado militar que posea.
¿Puedo viajar al exterior si estoy sujeto al Servicio Militar Activo?
No pueden viajar al exterior ni solicitar pasaporte quienes estén sujetos al cumplimiento de disposiciones sobre el SMA. También pueden existir restricciones por razones de Defensa y Seguridad Nacional.
¿Existen garantías de empleo o estudios tras el licenciamiento?
Los órganos estatales, entidades económicas e instituciones sociales deben asegurar empleo, estudios, capacitación u otras tareas a los licenciados, con prioridad para quienes sean recomendados por sus méritos durante el SMA.
Fundamento legal
El Decreto-Ley 224 de 2001 regula el Servicio Militar. El Decreto 103 de 2024 establece las contravenciones relacionadas con esta materia. El Decreto-Ley 302, modificativo de la Ley de Migración, contempla restricciones de viaje para personas sujetas a disposiciones del SMA. La Ley 152 de 2022 incluye previsiones vinculadas a la ejecución penal.
Fuentes oficiales
- Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR)Información institucional
- Decreto-Ley 224 de 2001, Del Servicio MilitarNorma jurídica2001
- Decreto-Ley 302 de 2012, modificativo de la Ley de MigraciónNorma jurídica2012
- Ley 152 de 2022, Ley de Ejecución PenalNorma jurídica2022
- Decreto 103 de 2024, De las contravenciones concernientes al servicio militarNorma jurídica2024




