Tránsito

¿Cómo homologar un vehículo ensamblado por partes y piezas?

Proceso excepcional para evaluar, homologar e inscribir vehículos, remolques y semirremolques ensamblados por partes y piezas en Cuba. Incluye censo digital, revisión técnica y registro final.

Ministerio del Transporte de Cuba
EntidadMinisterio del Transporte de Cuba
ModalidadA través de representante · En línea · Por correo electrónico · Presencial
CosteNo indicado
Requiere cita
Tiempo estimado
ÁmbitoIsla de la Juventud, Nacional, Todas las provincias

Información general

La homologación permite comprobar que un vehículo armado con partes y piezas cumple las condiciones técnicas y de seguridad exigidas para circular. El procedimiento abarca la inscripción en un censo, una revisión técnica y la evaluación de las comisiones competentes.

Si el vehículo recibe la calificación de Apto y se aprueba su homologación, el propietario o su representante legal debe gestionar después su inscripción en el Registro de Vehículos y la matrícula.

Desarrollo del trámite

La convocatoria de 2024 fue presentada como la última oportunidad de inscripción para estos vehículos. El censo se realizó durante 60 días naturales, desde el 24 de junio hasta el 22 de agosto de 2024; tras su cierre, el portal quedó destinado a consultar expedientes, sin admitir altas ni cambios.

La Comisión de Homologación organiza las revisiones por provincia y municipio para evitar desplazamientos innecesarios. Los vehículos se identifican como Vehículo Armado por Partes y Piezas (VAP); cuando guarden semejanza con una marca y modelo existentes, se añade esa referencia a su denominación.

La evaluación puede abarcar ciclomotores, motocicletas con o sin sidecar, triciclos —incluidos bicitaxis motorizados—, cuadriciclos, autos, autos rurales, camionetas, paneles, camiones, cuñas tractoras, microbuses, ómnibus, remolques y semirremolques. Las plantas provinciales de Revisión Técnica Automotor ofrecen diagnóstico previo para ayudar a preparar el medio antes de la inspección final.

El expediente reúne los documentos entregados por el propietario, el Dictamen Técnico y el documento emitido por la Revisión Técnica Automotor. Para explotar profesionalmente un vehículo apto en el transporte de pasajeros o cargas, debe tramitarse además la licencia de operación de transporte correspondiente.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales cubanas propietarias de un vehículo de motor, remolque o semirremolque ensamblado por partes y piezas o transformado.
  • Cada propietario puede presentar independientemente un vehículo de motor, un remolque o un semirremolque.
  • La persona que esté fuera de Cuba o no pueda comparecer físicamente puede actuar mediante representante legal.

Requisitos

  • Registrarse en el censo con el carné de identidad permanente del propietario.
  • Completar los datos de tomo y folio de la inscripción de nacimiento.
  • Declarar la clase y el modelo del vehículo, remolque o semirremolque.
  • Informar los colores predominante y secundario.
  • Indicar los números de motor y de carrocería o cuadro de motocicleta, cuando existan.
  • Declarar el combustible o fuente renovable de energía utilizada.
  • Aportar teléfonos de contacto y correo electrónico, si se posee.
  • Presentar el vehículo convocado en buen estado técnico, de funcionamiento y completamiento.
  • El vehículo llevado a revisión debe coincidir con la fotografía declarada en el censo.
  • Acreditar la procedencia lícita de las partes y piezas mediante facturas o declaración jurada.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad del propietario para el registro digital.
  • Fotocopia del carné de identidad del propietario para la Revisión Técnica Automotor.
  • Fotografía lateral digital del vehículo tomada desde el lado del conductor; en motos, desde el lado del guardacadena. El archivo no puede superar 200 KB.
  • Facturas de adquisición de las partes y piezas empleadas, o declaración jurada sobre su procedencia lícita.
  • Fotos impresas tipo postal del vehículo: frontal, lateral y trasera.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Registrar el vehículo en el censo

    Acceda al portal, identifíquese con su carné de identidad y complete la solicitud con los datos técnicos, de contacto y la foto lateral del vehículo.

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  2. 2

    Guardar el número único de expediente

    Al concluir el formulario, el sistema asigna un número de expediente que sirve para seguir el proceso y consultar la citación.

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  3. 3

    Consultar la convocatoria para la revisión

    Tras el cierre del censo, consulte el expediente en el portal para conocer la fecha, hora y lugar de la Revisión Técnica Automotor.

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  4. 4

    Presentarse a la revisión técnica

    Acuda con el vehículo y la documentación requerida. La inspección determina si el medio resulta Apto o No Apto para continuar.

  5. 5

    Esperar el dictamen de homologación

    Para los vehículos aptos, la documentación pasa por las comisiones provincial y nacional competentes hasta la emisión del dictamen de homologación.

  6. 6

    Inscribir el vehículo y obtener la chapa

    Si se aprueba la homologación, el propietario o representante legal debe iniciar la inscripción en el Registro de Vehículos dentro del plazo establecido.

Precio o coste

Importe
Moneda
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesEl material disponible no informa tarifas para este procedimiento.

¿Dónde se realiza?

OficinaPortal de censo y lugar de revisión indicado en la convocatoria individual.
HorarioEl portal estuvo disponible los siete días de la semana mientras permaneció abierto el período de inscripción.
Sitio oficial

Cita previa

Este trámite requiere cita previa.

La fecha, hora y lugar de la revisión se consultan mediante el expediente. Si no puede asistir a la primera citación, la Comisión puede convocarlo nuevamente.

Solicitar cita

¿Qué obtiene el solicitante?

Dictamen de homologación para el vehículo declarado Apto, previo a su inscripción en el Registro de Vehículos y la obtención de la chapa.

Vigencia y renovación

El Certificado de Revisión Técnica Automotor de los vehículos declarados Aptos debe actualizarse anualmente para mantener su explotación.

Casos especiales

  • Si el vehículo recibe la calificación de No Apto en la primera revisión, puede presentarse a una segunda evaluación después de corregir las deficiencias señaladas.
  • Si resulta No Apto también en la segunda revisión, pierde el derecho a homologarse y no puede continuar en el proceso.
  • El vehículo excluido definitivamente por ser No Apto no puede circular por las vías del país.
  • Quien falte a la primera fecha de revisión puede recibir una nueva convocatoria; si no se presenta a la segunda, pierde el derecho a homologación.
  • Los ciclomotores, motocicletas, triciclos, remolques y semirremolques aptos pueden circular con el certificado de revisión hasta que sean convocados al Registro de Vehículos.
  • Autos, cuadriciclos, autos rurales, paneles, camionetas, camiones, cuñas tractoras, microbuses y ómnibus no pueden circular sin matrícula, aunque hayan aprobado la revisión técnica.

Preguntas frecuentes

¿Cómo recupero o consulto mi número de expediente?

Entre al portal del censo e introduzca el número de carné de identidad, tomo y folio. El sistema muestra el expediente asociado.

¿Cómo conozco la fecha de mi revisión técnica?

Acceda a la opción de consulta de expediente en el portal e introduzca los datos solicitados. Allí se muestra la citación para la inspección.

¿Qué puedo presentar si no tengo facturas de las piezas?

Puede realizar una declaración jurada que acredite la procedencia lícita de las partes y piezas. Esta declaración puede redactarse ante la Comisión de Homologación.

¿Dónde puedo recibir ayuda para completar la inscripción digital?

El Ministerio del Transporte y los Joven Club de Computación y Electrónica habilitaron puntos de asesoría en sedes municipales durante el proceso de inscripción.

Fundamento legal

La Resolución 200 de 2021 del Ministerio del Transporte reguló excepcionalmente y por una única vez la homologación de vehículos, remolques y semirremolques. La Resolución 349 de 2019 establece reglas para cambios y conversiones. La Resolución 95 de 2024 aprobó el procedimiento de homologación de vehículos ensamblados por partes y piezas.

Fuentes oficiales

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