Tránsito

¿Cómo solicitar la grabación del número de motor o carrocería?

Trámite para identificar mediante grabación registral un motor o una carrocería sin número de fábrica, o en los supuestos autorizados, durante la inscripción del vehículo.

Ministerio del Transporte de Cuba
EntidadMinisterio del Transporte de Cuba
ModalidadA través de representante · Presencial
Coste20.00 CUP por la grabación de motor o carrocería para residentes permanentes, entidades estatales, sociedades mercantiles de capital 100 % cubano, usuarios y concesionarios de la ZED Mariel, cooperativas, organizaciones y asociaciones. 500.00 CUP para personas no residentes permanentes y representaciones de personas jurídicas extranjeras. Además, licencia de circulación: 40.00 CUP o 1,000.00 CUP, respectivamente. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoArtemisa, Camagüey, Ciego de Ávila, Cienfuegos, Granma, Guantánamo, Holguín, Isla de la Juventud, La Habana, Las Tunas, Matanzas, Mayabeque, Nacional, Pinar del Río, Sancti Spíritus, Santiago de Cuba, Todas las provincias, Villa Clara

Información general

La grabación del número de motor o carrocería permite asignar una identificación registral a piezas que carecen de número de serie otorgado por el fabricante.

Se gestiona en las oficinas del Registro de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito, como parte del proceso de inscripción. También puede proceder en situaciones específicas de adulteración, recuperación de vehículos o números ilegibles.

Desarrollo del trámite

Si adquiere un motor o una carrocería para sustituir o reponer la pieza de su vehículo, debe verificar que la factura o documento de compraventa consigne el número de serie y que incluya el levantamiento correspondiente. Cuando la pieza no tenga identificación de fábrica, la entidad comercializadora debe reflejar expresamente en la factura que fue vendida sin número, para que pueda ser rotulada en el Registro de Vehículos.

La inspección física del vehículo forma parte del trámite. En casos de pérdida de chapilla o de número registral inaccesible o ilegible, los inspectores realizan un colegio y dejan constancia de sus resultados en un acta. Si existen indicios de adulteración, pueden intervenir las autoridades competentes y aplicarse medidas sobre la licencia, las chapas o el vehículo.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales o jurídicas que hayan adquirido un motor o carrocería para sustituir o reponer una pieza de su vehículo.
  • Propietarios de vehículos con motor o carrocería sin número de identificación del fabricante, acreditado en la factura comercial.
  • Personas con autorización de la Comisión de Vehículos adulterados para grabar el número registral del motor.
  • Personas que tramiten la identificación de una pieza registral recuperada, con número adulterado, inaccesible o ilegible, cuando corresponda.

Requisitos

  • Tener actualizado el pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
  • Presentar el vehículo para su inspección.
  • Abonar el impuesto en sellos del timbre que corresponda a la grabación y, cuando proceda, a la licencia de circulación.
  • Solicitar el trámite en la oficina del Registro de Vehículos correspondiente al domicilio del propietario.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad o pasaporte.
  • Licencia de circulación del vehículo.
  • Modelo de Inspección Técnica.
  • Comprobante actualizado del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
  • Factura de la agencia comercializadora, cuando se haya comprado un motor o carrocería sin número.
  • Escritura Pública de Poder Especial, si realiza el trámite una persona distinta del propietario.
  • Contrato de servicios jurídicos o trámite notarial de Declaratoria de Herederos, si el propietario falleció.
  • Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente, si el propietario está incapacitado o judicialmente inhabilitado.
  • Documento de la Comisión de Vehículos adulterados que autorice la grabación del número registral del motor, cuando aplique.
  • Acta de entrega emitida por el Órgano de Instrucción Penal o la Policía Nacional Revolucionaria, para vehículos sustraídos y recuperados con motor adulterado o sin número registral.
  • Acta de Colegio, en casos de permiso de chapistería, pérdida de chapilla o número registral inaccesible o ilegible.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Revise la documentación de la pieza adquirida

    Antes de acudir, compruebe que la factura o compraventa refleje el número de serie del motor o carrocería. Si no posee número de fábrica, debe constar en la factura que se vendió sin número.

  2. 2

    Reúna los documentos aplicables

    Prepare su identificación, licencia de circulación, comprobante del impuesto, Modelo de Inspección Técnica y los documentos especiales que correspondan a su caso.

  3. 3

    Presente el vehículo en el Registro de Vehículos

    Acuda a la oficina que corresponda al domicilio del propietario con el vehículo para la inspección y la revisión de los documentos.

  4. 4

    Entregue las actas o autorizaciones especiales

    Si hay adulteración, recuperación del vehículo, pérdida de chapilla o número ilegible, presente la autorización, acta de entrega o Acta de Colegio exigida.

  5. 5

    Pague los sellos del timbre

    Abone el importe aplicable por la grabación y, de corresponder, el de la licencia de circulación.

Precio o coste

Importe20.00 CUP por la grabación de motor o carrocería para residentes permanentes, entidades estatales, sociedades mercantiles de capital 100 % cubano, usuarios y concesionarios de la ZED Mariel, cooperativas, organizaciones y asociaciones. 500.00 CUP para personas no residentes permanentes y representaciones de personas jurídicas extranjeras. Además, licencia de circulación: 40.00 CUP o 1,000.00 CUP, respectivamente.
MonedaCUP
Forma de pagoSellos del timbre como impuesto que grava los documentos.
Actualizado
ObservacionesLa licencia de circulación tiene un importe adicional cuando corresponda.

¿Dónde se realiza?

OficinaOficina de Registro de Vehículos correspondiente al domicilio del propietario
HorarioLa Habana: lunes, martes, miércoles y viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; jueves y sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Teléfonos: 7794 3838, 7690 0750, 7206 9142 y 7690 0751. Pinar del Río: lunes y miércoles, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes y viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; jueves y sábados alternos, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Matanzas y Guantánamo: lunes y miércoles, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes y viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; jueves y sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Artemisa y Mayabeque: lunes, miércoles y viernes, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes y jueves, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Camagüey, Cienfuegos, Ciego de Ávila, Santa Clara y Sancti Spíritus: lunes, martes, miércoles y viernes, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; jueves y sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Las Tunas: lunes, miércoles y viernes, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; jueves y sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Holguín: lunes, miércoles y viernes, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; jueves, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Granma: lunes, martes, miércoles y viernes, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; jueves, de 8:00 a. m. a 12:00 m.; sábados alternos, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Santiago de Cuba: lunes, miércoles, viernes y sábados laborables, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes y jueves, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; sábados no laborables, de 8:00 a. m. a 12:00 m. Isla de la Juventud: lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m.
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Grabación de un número de serie registral en el motor o la carrocería, cuando sea procedente dentro de la inscripción del vehículo.

Casos especiales

  • Si el propietario falleció, el trámite requiere documentación sucesoria o de servicios jurídicos.
  • Cuando el propietario está incapacitado o judicialmente inhabilitado, debe acreditarse la tutela mediante sentencia firme.
  • Para vehículos sustraídos y recuperados con motor adulterado o sin número registral, se exige el acta de entrega de la autoridad competente.
  • Ante pérdida de chapilla o número inaccesible o ilegible, los inspectores realizan un colegio y emiten el Acta de Colegio.
  • La legalización de un vehículo con adulteración del número del bloque del motor puede evaluarse excepcionalmente si no se demuestra intención fraudulenta o delictiva.

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera adulteración del número de motor o carrocería?

Es la falsificación o modificación del número de serie original, o del número grabado por el Registro de Vehículos, así como la sustitución de la chapilla de fábrica que lo contiene.

¿Qué puede ocurrir si el número del motor no coincide con la licencia de circulación?

La Policía Nacional Revolucionaria puede retirar la licencia o permiso de circulación y las chapas. Según el caso, también puede disponer el decomiso del vehículo o de la pieza adulterada mientras concluye la investigación y se decide sobre su decomiso o legalización.

¿Se puede legalizar un motor con el número adulterado?

De forma excepcional puede legalizarse si se acredita que no hubo intención fraudulenta o delictiva y las circunstancias del caso lo permiten.

Fundamento legal

El trámite se vincula con la Ley No. 109 del Código de Seguridad Vial y el Decreto 287/2011, que establece regulaciones complementarias. El pago en sellos del timbre se relaciona con la Ley No. 113/2012 del Sistema Tributario, su modificación por el Decreto-Ley No. 21 y la Resolución No. 355/2003 sobre el Impuesto sobre el Transporte Terrestre.

Fuentes oficiales

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