Electricidad

¿Cómo reclamar daños a la propiedad por incidencias eléctricas?

Presenta una reclamación si una incidencia imputable al servicio eléctrico dañó equipos, otros bienes o un inmueble. Debes reportarla y tramitar el expediente dentro de los 3 días hábiles siguientes.

Unión Eléctrica de Cuba (UNE)
EntidadUnión Eléctrica de Cuba (UNE)
ModalidadPor teléfono · Presencial
CosteNo indicado
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoCamagüey, Ciego de Ávila, Cienfuegos, Granma, Guantánamo, Holguín, Isla de la Juventud, La Habana, Las Tunas, Matanzas, Mayabeque, Nacional, Pinar del Río, Sancti Spíritus, Santiago de Cuba, Todas las provincias, Villa Clara

Información general

Este procedimiento permite solicitar la reparación, reposición o indemnización de bienes afectados por una incidencia del servicio eléctrico que sea atribuible a la actividad de la Empresa Eléctrica.

Puede aplicarse a equipos electrodomésticos y electrónicos, así como a daños en inmuebles, siempre que se cumplan las condiciones técnicas de la instalación y se demuestre la relación con la afectación eléctrica.

Desarrollo del trámite

La reclamación puede comenzar por teléfono o directamente en la Oficina Comercial correspondiente o en la Empresa de Construcciones de la Industria Eléctrica UEB Municipal. Si se comunica por teléfono, un operario de guardia verifica la incidencia en el domicilio y se genera una Notificación de Trabajo (NT). Posteriormente, el consumidor debe acudir a formalizar el expediente dentro del plazo establecido.

Tras la recepción, especialistas inspeccionan el lugar, verifican la causa técnica y levantan los bienes afectados mediante declaración jurada. Una comisión municipal emite un dictamen. Cuando la reclamación procede, la reparación es la primera alternativa para equipos; si no pueden repararse, puede acordarse la reposición o una forma de pago. Los daños en viviendas, animales u otros bienes no eléctricos requieren tasación por peritos especializados.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Consumidores con contrato vigente con la Empresa Eléctrica.
  • Personas afectadas por daños causados por una incidencia imputable a la actividad de la Empresa Eléctrica.
  • Clientes residenciales, no residenciales, residentes extranjeros y embajadas, según las condiciones aplicables a cada caso.

Requisitos

  • Que el daño esté vinculado a una afectación del servicio reportada a la Empresa Eléctrica, a una maniobra de apertura y cierre del circuito con menos de tres minutos entre ambas, a un falso contacto del neutro de la red o a deficiencias de mantenimiento de la red de distribución.
  • Tener contrato con la Empresa Eléctrica.
  • Contar con conductor neutro en la instalación del inmueble.
  • Disponer de breaker o fusibles en la protección principal.
  • Tener tomacorrientes correctamente instalados, sin falso contacto, y conductores de calibre adecuado con empalmes aislados.
  • Mantener los equipos protegidos conforme a las especificaciones técnicas del fabricante sobre frecuencia, voltaje y corriente nominal.
  • Hospitales, policlínicos, centros de cómputo e instalaciones con equipos electrónicos sensibles deben disponer de protecciones adicionales para puesta a tierra y sobrevoltaje.
  • Presentar la reclamación dentro de los 3 días hábiles posteriores a la afectación, salvo imposibilidad demostrada por el consumidor o su representante.

Documentos necesarios

  • Recibo del servicio eléctrico del mes en curso, debidamente pagado.
  • Declaración jurada del cliente por los bienes dañados por la Empresa Eléctrica, elaborada durante la verificación.
  • Factura original de compra, cuando se trate de clientes residenciales, residentes extranjeros o embajadas y el bien no haya sido adquirido en Cuba.
  • Para clientes no residenciales con cuenta bancaria: factura de reparación o de compra de un bien de iguales o similares características y certificación de que forma parte de los activos fijos de la entidad.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Reporta la incidencia o acude a la oficina

    Comunica el daño al centro provincial de atención al cliente habilitado en tu territorio o preséntate en la Oficina Comercial correspondiente o en la Empresa de Construcciones de la Industria Eléctrica UEB Municipal. Hazlo dentro de los 3 días hábiles posteriores al hecho.

  2. 2

    Solicita la apertura del expediente

    Acude con el recibo eléctrico pagado. La entidad registra la queja y te informa el número para dar seguimiento. Si reportaste por teléfono, presenta el número de la Notificación de Trabajo (NT) comunicado por el operario.

  3. 3

    Permite la inspección de los bienes

    Conserva los equipos y bienes dañados sin manipularlos ni repararlos antes de la visita. Los especialistas verifican las condiciones de la instalación, investigan la causa y realizan el levantamiento de los daños.

  4. 4

    Recibe el dictamen

    La comisión municipal analiza el expediente y su decisión se entrega por escrito. Si procede, recibirás las indicaciones para reparar, reponer o indemnizar los bienes.

  5. 5

    Reclama si no estás conforme

    Si el dictamen declara que no procede, puedes reclamar ante el Director General de la Empresa Eléctrica Provincial dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación. Si persiste la inconformidad, puedes acudir ante el Director General de la Unión Eléctrica en igual plazo y posteriormente a la vía judicial.

Precio o coste

Importe0
MonedaCUP
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesLa presentación de la reclamación no tiene costo.

¿Dónde se realiza?

OficinaOficina Comercial correspondiente, Empresa de Construcciones de la Industria Eléctrica UEB Municipal o Centro Integral de Atención al Cliente Provincial
Teléfono18888, disponible las 24 horas para información y horarios de oficinas.
HorarioLunes, miércoles y viernes: 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; martes y jueves: 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; sábados: 8:00 a. m. a 12:00 m.
Sitio oficial

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

No se indica que sea necesaria una cita previa.

¿Qué obtiene el solicitante?

Dictamen escrito sobre la procedencia de la reclamación. Si procede, el reclamante puede obtener la reparación del bien, su reposición o una indemnización mediante las opciones autorizadas.

Casos especiales

  • Las reclamaciones fuera de plazo solo se aceptan cuando el consumidor o su representante demuestre que no pudo presentarse dentro de las 72 horas posteriores a la afectación.
  • Si existe una NT que identifique al cliente como posible afectado, se realiza la visita y la declaración jurada; si no existe, se revisan las evidencias disponibles en el Despacho.
  • La indemnización corresponde al reclamante que figure en el expediente. Si este tiene incapacidad temporal o permanente, fallece o se encuentra en el extranjero, puede resarcirse a la persona a cargo de la familia.
  • Los equipos reparados reciben garantía del taller que realiza la reparación.
  • Si el cliente no acepta las opciones de resarcimiento propuestas en 6 meses, el expediente se cierra y se considera que la reclamación no procede.
  • Los pagos a clientes no residenciales requieren contrato actualizado y se realizan mediante cheque o transferencia, contra la documentación exigida.
  • Para bienes adquiridos fuera de Cuba por clientes residenciales, residentes extranjeros o embajadas, debe presentarse la factura original; el resarcimiento se efectúa mediante cheque a la cuenta bancaria del cliente.

Preguntas frecuentes

¿Qué daños pueden reclamarse?

Pueden reclamarse daños en equipos electrodomésticos o electrónicos, incendios en inmuebles y otros bienes afectados. Los daños en viviendas, animales u otros bienes no eléctricos se valoran mediante tasación pericial.

¿En qué casos no se acepta la reclamación?

No procede por fuerza mayor, descargas atmosféricas, desastres, accidentes, actuaciones de terceros ajenas a la Empresa Eléctrica, deficiencias de la instalación interna, fraude, variaciones de voltaje causadas por soldadura u otras acciones del cliente o terceros, ni en viviendas o servicios conectados en tendederas.

¿Puedo reparar el equipo antes de la inspección?

No. Los bienes deben mantenerse sin manipulación ni reparación hasta la visita de los funcionarios, pues esta condición se verifica durante la inspección.

¿Qué alternativas existen si se aprueba la reclamación?

Primero se gestiona la reparación. Si el equipo no es reparable, puede reponerse por otro de similares prestaciones o igual valor, o indemnizarse mediante transferencia a cuenta asociada a tarjeta magnética de salario o cobro en una agencia bancaria cercana.

¿Qué ocurre si detectan fraude en uno de los equipos reclamados?

Se cancela el expediente y se pierde el derecho a reparación o indemnización por la vía administrativa.

Fundamento legal

Ley 1287, Del Servicio Eléctrico, de 2 de enero de 1975, y Decreto No. 260, Contravenciones personales de las Regulaciones del Servicio Eléctrico, de diciembre de 1998. El Decreto 260 se aplica, entre otros supuestos, cuando un fraude del cliente sea la causa del daño.

Fuentes oficiales

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