Telecomunicaciones

¿Cómo solicitar una autorización excepcional para instalar teléfono residencial?

Permite solicitar, por las vías institucionales autorizadas, la asignación e instalación excepcional de teléfono básico residencial para casos de extrema necesidad.

Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA)
EntidadEmpresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA)
ModalidadA través de representante · Presencial
CosteNo indicado
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

La autorización excepcional permite evaluar la asignación de Servicio Telefónico Básico Residencial a personas naturales cubanas cuando existe interés gubernamental o una situación que requiere atención especial.

Se aplica, entre otros supuestos, a funcionarios, personas con discapacidad y casos sociales debidamente fundamentados. La gestión no se presenta directamente ante ETECSA: debe canalizarse mediante el organismo, asociación o autoridad facultada según el caso.

Desarrollo del trámite

ETECSA destina hasta el 15 % de las disponibilidades de cada central telefónica a estas autorizaciones. Debido a la capacidad limitada, se priorizan solicitudes que acrediten extrema necesidad.

Para aprobar una solicitud se comprueba que haya sido emitida o respaldada por la autoridad competente y que existan facilidades técnicas en el área donde reside la persona beneficiaria. Si falta alguna de estas condiciones, la petición se cancela; no genera lista de espera, demanda pendiente ni vía de reclamación.

La respuesta, favorable o no, se comunica al organismo que presentó la solicitud, que debe informar al beneficiario.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales cubanas cuya situación responda al interés del Gobierno por las funciones que realizan.
  • Funcionarios de gobierno incluidos en una solicitud tramitada por la autoridad facultada.
  • Personas que requieren atención especial por un caso social debidamente fundamentado.
  • Personas con discapacidad, especialmente cuando pertenecen a una asociación atendida por un organismo competente.
  • Casos en los que se demuestre extrema necesidad y haya disponibilidad técnica en la zona de residencia.

Requisitos

  • Acreditar la extrema necesidad que fundamenta la petición.
  • Presentar la solicitud por medio de un organismo, asociación o autoridad facultada.
  • Que la solicitud esté firmada por el funcionario competente.
  • Que existan facilidades técnicas para instalar el servicio en el domicilio indicado.

Documentos necesarios

  • Solicitud con la fundamentación de extrema necesidad.
  • Nombres y apellidos del beneficiario.
  • Número de documento de identidad personal.
  • Dirección particular del beneficiario.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Preparar la fundamentación

    Reúna los datos del beneficiario y exponga de forma fundamentada la situación de extrema necesidad.

  2. 2

    Dirigir la solicitud a la autoridad correspondiente

    Los directores de empresas o instituciones provinciales la presentan ante el presidente del Consejo de Administración Provincial del Poder Popular. Los casos de atención especial la dirigen a esa presidencia. Si la persona con discapacidad pertenece a una asociación, debe dirigirse al organismo que atiende dicha asociación.

  3. 3

    Canalizar los casos de organismos centrales

    Las solicitudes de funcionarios firmadas por el máximo representante de un Órgano u Organismo de la Administración Central del Estado se remiten directamente al Presidente Ejecutivo de ETECSA.

  4. 4

    Esperar la comunicación de la decisión

    ETECSA informa su decisión al organismo facultado que tramitó la solicitud, el cual comunica el resultado al beneficiario.

Precio o coste

Importe0
MonedaCUP
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesEl trámite no tiene costo.

¿Dónde se realiza?

HorarioDe lunes a viernes, en horario laboral de la entidad, asociación u organismo que corresponda.
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Comunicación de aprobación o no aprobación de la autorización excepcional para la asignación e instalación del Servicio Telefónico Básico Residencial.

Casos especiales

  • Las personas con discapacidad integradas en una asociación deben tramitar la solicitud ante el organismo que atiende dicha asociación.
  • Las peticiones de funcionarios de Órganos u Organismos de la Administración Central del Estado, firmadas por su máximo representante, se envían directamente al Presidente Ejecutivo de ETECSA.
  • Las solicitudes que no cumplan las condiciones exigidas se cancelan sin lista de espera ni demanda pendiente.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede emitir solicitudes de autorización excepcional?

Los jefes de Órganos y Organismos de la Administración Central del Estado y los presidentes de los Consejos de la Administración Provincial.

¿Cómo se conoce la respuesta de ETECSA?

ETECSA notifica la decisión al organismo que presentó la solicitud. Esa entidad debe comunicarla al beneficiario.

¿Puedo reclamar si no se aprueba la solicitud?

No. Las solicitudes excepcionales no aprobadas se cancelan y no quedan registradas como demandas pendientes.

¿Qué ocurre si no hay capacidad técnica en la zona?

La solicitud se cancela si no existen facilidades técnicas para prestar el servicio en el domicilio del beneficiario.

Fundamento legal

La asignación excepcional se regula por la Resolución No. 11, de 21 de enero de 2013, del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, la Resolución No. 251 de 2013 y la Resolución 176/2019, de 27 de septiembre de 2019, del Ministerio de Comunicaciones.

Fuentes oficiales

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