Aduana

¿Cómo enviar paquetería no comercial a Cuba desde el exterior?

Envía paquetes no comerciales a Cuba por vía aérea, marítima, postal o de mensajería mediante una agencia autorizada y consulta el despacho, los aranceles y el seguimiento.

Agencias de carga, mensajería y paquetería hacia Cuba
EntidadAgencias de carga, mensajería y paquetería hacia Cuba
ModalidadDesde el exterior · En línea · Por correo electrónico · Presencial
CosteLas tarifas de transporte se fijan por cada agencia en el exterior. Para misceláneas, la referencia de valoración es 1 kg = 10 USD. La información aportada indica una exención arancelaria para los primeros 30 USD o 3 kg y un arancel del 30 % sobre el exceso, dentro de los límites temporales señalados. USD para la valoración; pesos cubanos para el pago en Cuba según la tasa de cambio vigente. El pago anticipado en origen puede realizarse en moneda libremente convertible.
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoExterior, Todas las provincias

Información general

Los envíos no comerciales destinados a personas naturales en Cuba se canalizan desde el exterior mediante agencias transitarias, operadores postales o empresas de mensajería vinculadas contractualmente con entidades cubanas de recepción y entrega.

El remitente contrata el servicio en el país de origen, declara el contenido de cada bulto y entrega la documentación requerida. En Cuba, el destinatario recibe o recoge el envío tras el control aduanero y el pago que corresponda.

Desarrollo del trámite

Antes de contratar, confirme con la agencia la vía de transporte, las tarifas, los tiempos estimados, la posibilidad de recogida o entrega a domicilio, el embalaje, el operador que atenderá el envío en Cuba y las opciones de seguimiento.

Cada bulto no puede superar 20 kg. Para calcular el transporte, la agencia puede solicitar el peso total, las dimensiones de los bultos y la provincia donde se recibirá la mercancía. El envío debe estar consignado a una persona distinta del remitente; si una persona se remite bienes a sí misma, se trata como equipaje no acompañado y exige que entre al país como pasajero.

Las misceláneas, como prendas, calzado, alimentos, artículos de aseo, bisutería, lencería o perfumería, se valoran habitualmente mediante la equivalencia de 1 kg por 10 USD. Los artículos que no son misceláneas se valoran de forma individual conforme al Listado de Referencia de la Aduana. Los equipos sujetos a regulación solo se despachan si el destinatario presenta la autorización exigida por el organismo competente.

Todos los envíos pueden ser sometidos a control aduanero. La Aduana puede retenerlos, inspeccionarlos y decomisar bienes prohibidos, declarados de forma fraudulenta, de carácter comercial, sin permiso exigible o que excedan los límites aplicables. Los artículos prohibidos no se entregan ni se devuelven al remitente.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales residentes temporal o permanentemente en Cuba que figuren como destinatarias.
  • Remitentes en el exterior que contraten el servicio con una agencia transitaria, operador postal o empresa de mensajería autorizada.
  • El remitente y el destinatario deben ser personas diferentes.

Requisitos

  • El envío debe tener carácter no comercial.
  • Contratar el servicio con una entidad autorizada en el país de origen.
  • Aportar el peso total, las dimensiones de los bultos y la provincia de destino en Cuba cuando la agencia lo solicite.
  • Respetar el límite de 20 kg por bulto.
  • Embalar los artículos conforme a las indicaciones de la agencia y colocar correctamente las etiquetas de identificación.
  • Declarar de forma detallada el contenido, las cantidades y el valor de los artículos incluidos en cada bulto.
  • No incluir mercancías prohibidas ni artículos cuya importación requiera un permiso que el destinatario no pueda presentar.
  • Presentar la autorización del organismo competente cuando se envíen equipos o artículos regulados.

Documentos necesarios

  • Copia del documento de identidad o pasaporte del remitente.
  • Declaración jurada de envío o Packing List, completada y firmada.
  • Datos de contacto e identificación del remitente.
  • Datos de contacto e identificación del destinatario, incluido su carné de identidad o pasaporte.
  • Relación detallada de los artículos por bulto, con unidades, valor individual y total.
  • Documento de identidad del destinatario para el despacho o recogida en Cuba.
  • Autorización del organismo competente, cuando el artículo esté sujeto a regulación.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Elige una agencia u operador en el exterior

    Contacta con una agencia transitaria, oficina postal u operador de mensajería autorizado. Consulta la vía de envío, el plazo, las tarifas, la cobertura de entrega, el embalaje y el sistema de rastreo.

  2. 2

    Prepara y declara el paquete

    Embala los artículos según las condiciones de la agencia. Entrega el bulto, presenta la copia de tu identificación y completa la declaración jurada con los datos de ambas partes y el detalle del contenido.

  3. 3

    Paga el servicio de transporte

    Abona la tarifa fijada por la agencia en el país de origen. Puede existir la opción de anticipar en origen los aranceles aduaneros en moneda libremente convertible, en nombre del destinatario.

  4. 4

    Conserva la guía y rastrea el envío

    Solicita la copia de los documentos y el código de envío, guía aérea, número House o HBL. Úsalo en el rastreador del operador cubano que reciba la carga.

    Abrir enlace oficial
  5. 5

    Espera la notificación de despacho

    Cuando el envío esté listo, la agencia u operador debe informar la fecha de entrega o recogida, según el servicio contratado.

  6. 6

    Recibe o recoge el envío en Cuba

    El destinatario debe identificarse con el documento consignado en el envío y pagar en Cuba los importes que correspondan por despacho y aranceles, salvo que estos hayan sido anticipados en origen.

Precio o coste

ImporteLas tarifas de transporte se fijan por cada agencia en el exterior. Para misceláneas, la referencia de valoración es 1 kg = 10 USD. La información aportada indica una exención arancelaria para los primeros 30 USD o 3 kg y un arancel del 30 % sobre el exceso, dentro de los límites temporales señalados.
MonedaUSD para la valoración; pesos cubanos para el pago en Cuba según la tasa de cambio vigente. El pago anticipado en origen puede realizarse en moneda libremente convertible.
Forma de pagoEl remitente paga a la agencia en origen. El destinatario abona el despacho postal y los aranceles al recibir o recoger el envío, excepto si el arancel fue pagado anticipadamente en origen.
Actualizado
ObservacionesLa ampliación temporal indicada en el material, hasta 500 USD equivalentes a 50 kg, venció el 30 de septiembre de 2025. La gestión por despacho depende del servicio y del punto de entrega o recogida.

¿Dónde se realiza?

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

El material no informa un sistema de cita. La contratación se realiza directamente con la agencia u operador elegido.

¿Qué obtiene el solicitante?

Entrega o disponibilidad para recogida en Cuba de un envío no comercial, tras el control aduanero y el cumplimiento de los pagos y requisitos aplicables.

Casos especiales

  • Los medicamentos pueden enviarse por correo, mensajería o paquetería hasta 200 USD o 20 kg equivalentes; deben ir en sus envases originales y separados de otros artículos. No se admiten estupefacientes, psicotrópicos ni sustancias similares.
  • Los destinatarios pueden recibir hasta seis envíos por año calendario, contabilizando las vías aérea y marítima.
  • Si el destinatario no puede recoger el envío por causa justificada, el remitente debe contactar a la agencia u operador que lo gestionó para modificar los datos de consignación cuando proceda.
  • Si el rastreador no localiza el paquete, el remitente debe verificar primero su situación con el operador de origen y presentar allí la reclamación si el envío no ha salido hacia Cuba.
  • Se prohíben, entre otros, armas, municiones, explosivos, drogas, mercancías peligrosas, animales vivos salvo excepciones, productos perecederos no admitidos, objetos falsificados o pirateados y materiales que vulneren la legislación aplicable.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se valoran las misceláneas enviadas a Cuba?

Se aplica la relación de 1 kg equivalente a 10 USD para artículos como confecciones, calzado, alimentos, aseo, bisutería y productos similares. Los bienes que no clasifican como misceláneas se valoran individualmente con el Listado de Referencia de la Aduana.

¿Quién paga los aranceles y el despacho en Cuba?

Por regla general, el destinatario paga en pesos cubanos el arancel que corresponda y la gestión de despacho al recibir o recoger el envío. El remitente puede anticipar el arancel en origen, en moneda libremente convertible y en representación del destinatario; en ese caso, este último solo paga la gestión de despacho.

¿Qué sucede si el envío contiene bienes prohibidos o excede el límite permitido?

La Aduana puede retener y decomisar los artículos. Los productos de curso prohibido no se entregan al destinatario ni se devuelven al remitente. El exceso del límite puede dar lugar a decomiso parcial o a otras medidas, según el caso.

¿Cómo puedo seguir mi paquete?

Utiliza el código entregado por la agencia —por ejemplo, código postal, guía aérea, número House o HBL— en el rastreador de la entidad cubana que recepciona el envío.

Fundamento legal

El régimen se fundamenta en el Decreto Ley 22 de 2020 sobre el arancel de importaciones no comerciales; las resoluciones 175 y 176 de 2022 de la Aduana General de la República sobre reglas de importación y valoración; la Resolución 204 de 2022 del Ministerio de Finanzas y Precios sobre tarifa arancelaria; y las normas de servicios postales. La Resolución 191 de 2025 estableció una medida temporal que venció el 30 de septiembre de 2025.

Fuentes oficiales

CompartirFacebookWhatsAppTelegramCorreo
¿Encontraste información desactualizada?