Información general
Las personas y entidades no estatales que desarrollan una actividad productiva o de servicios legalmente autorizada dentro de una vivienda pueden formalizar la tarifa eléctrica aplicable a ese consumo.
La contratación permite escoger entre las tarifas B-2, B-1 o B-6, según la opción que corresponda a la actividad y al consumo eléctrico del inmueble.
Desarrollo del trámite
La solicitud se presenta en la Oficina Comercial de Servicio Eléctrico de la localidad. El solicitante debe estar al día en el pago de la electricidad y aportar la documentación que demuestre su condición dentro de una forma de gestión no estatal.
Las opciones disponibles incluyen la tarifa residencial B-2, la no residencial B-1 para servicios conectados en baja tensión y la tarifa combinada B-6. Las tres consideran el consumo de la vivienda junto con el de la actividad económica realizada en ella.
Para las formas de gestión no estatal que trabajan en el sector residencial, los primeros 250 kWh mensuales se cobran con los precios de los tramos residenciales. El consumo que exceda ese límite se factura a 3,12 CUP por kWh, correspondiente a la tarifa no residencial no subsidiada. No se requiere colocar un contador adicional en la vivienda para contratar la tarifa no residencial.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas naturales o jurídicas cubanas que integren una forma de gestión no estatal legalmente autorizada.
- Trabajadores por cuenta propia, cooperativas agropecuarias o no agropecuarias y MIPYMES privadas.
- Quienes realicen una actividad productiva o de servicios dentro de una vivienda.
- Titulares sin deudas pendientes por el servicio eléctrico.
Requisitos
- No tener pagos pendientes con el servicio eléctrico.
- Realizar una actividad económica legalmente autorizada dentro de una vivienda.
- Informar una cuenta bancaria para el débito de la facturación eléctrica mensual.
Documentos necesarios
- Carné de identidad.
- Documento acreditativo de la condición de trabajador o integrante de una forma de gestión no estatal, en original y fotocopia.
- Datos de la cuenta bancaria destinada al débito mensual de la factura.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Reúne los documentos requeridos
Prepara tu carné de identidad, el documento acreditativo de la actividad no estatal con su copia y los datos bancarios. Verifica previamente que no existan deudas eléctricas.
- 2
Acude a la Oficina Comercial de Servicio Eléctrico
Presenta la solicitud en la oficina correspondiente a tu localidad e indica la modalidad tarifaria que deseas contratar: B-2, B-1 o B-6.
- 3
Formaliza la contratación
La entidad tramita la tarifa seleccionada y registra los datos para el cobro mensual mediante la cuenta bancaria informada.
Precio o coste
| Importe | No tiene costo. |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | |
| Actualizado | |
| Observaciones | La contratación no se cobra. El consumo mensual se factura conforme a la tarifa contratada. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
No se ha indicado que requiera cita previa.
El material disponible no indica que sea necesaria una cita previa.
¿Qué obtiene el solicitante?
Contratación de la tarifa eléctrica B-2, B-1 o B-6 para el consumo de la vivienda donde se desarrolla la actividad no estatal.
Casos especiales
- No se exige instalar un contador adicional en la vivienda para contratar la tarifa no residencial.
- La factura final al consumidor se redondea a cero o cinco centavos.
- Los primeros 250 kWh mensuales se cobran con los tramos de la tarifa residencial; el consumo superior se cobra a 3,12 CUP por kWh.
Preguntas frecuentes
¿Qué tarifas pueden contratarse?
Puede elegirse la tarifa residencial B-2, la no residencial B-1 o la tarifa combinada B-6. En todos los casos se incluye el consumo de la vivienda y de la actividad económica.
¿Cuánto se cobra por el consumo mensual?
Hasta 250 kWh se aplican los precios de los tramos residenciales: de 0 a 100 kWh, 0,33 CUP; de 101 a 150, 1,07 CUP; de 151 a 200, 1,43 CUP; y de 201 a 250, 2,46 CUP. Por encima de 250 kWh, el precio es 3,12 CUP por kWh.
¿Es necesario instalar otro contador?
No. La contratación de la tarifa no residencial para una actividad realizada en la vivienda no requiere un metro contador adicional.
¿Quiénes se consideran formas de gestión no estatal?
Son personas naturales y jurídicas cubanas que realizan actividades comerciales o de servicios legalmente autorizadas, sin pertenecer al sector estatal ni ser modalidades de inversión extranjera.
Fundamento legal
La Resolución 12 de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios aprobó el sistema de formación de tarifas eléctricas en pesos cubanos para cobrar el servicio a las formas de gestión no estatal.
Fuentes oficiales
- Resolución 12 de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios, Gaceta Oficial No. 15 Extraordinaria de 2021Norma oficial2021
- Unión Eléctrica de CubaOrganismo oficial




