Información general
La pegatina o calcomanía identifica el año de inscripción o inspección del vehículo mediante dos dígitos. Se entrega durante la inscripción en el Registro de Vehículos y debe mantenerse colocada en el lugar establecido.
Para sustituirla, el poseedor legal debe acudir personalmente a la oficina de Registro de Vehículos correspondiente al domicilio del propietario, llevar el vehículo a inspección y presentar los documentos requeridos.
Desarrollo del trámite
En automóviles y otros vehículos con parabrisas delantero, la pegatina se coloca por la parte interior de este. En motocicletas y ciclomotores debe fijarse en el cuadro.
El trámite puede realizarlo el propietario o una persona autorizada. Cuando existan circunstancias como fallecimiento, incapacidad, inhabilitación judicial o una misión oficial de trabajo fuera de Cuba, se exige el documento que acredite la representación o condición alegada.
Además del importe por el cambio de pegatina, la información disponible contempla un importe por la licencia de circulación. Ambos se abonan en sellos del timbre y varían según la condición de residencia o tipo de entidad.
¿Quién puede solicitarlo?
- Poseedores legales de vehículos inscritos en el Registro de Vehículos.
- Propietarios de motocicletas o ciclomotores que requieran cambiar su pegatina.
- Representantes autorizados del propietario que acrediten su facultad para realizar el trámite.
Requisitos
- Presentar el vehículo para su inspección.
- Tener actualizado el comprobante de pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
- Acudir a la oficina de Registro de Vehículos que corresponda al domicilio del propietario.
- Acreditar la representación mediante la documentación aplicable si no comparece el propietario.
Documentos necesarios
- Carné de identidad o pasaporte.
- Licencia de circulación del vehículo.
- Comprobante actualizado del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
- Escritura Pública de Poder Especial, cuando el solicitante no sea el propietario.
- Contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos, si el propietario falleció.
- Documento oficial de la dirección del organismo correspondiente, con los datos de la persona autorizada, si el propietario está fuera de Cuba en misión oficial de trabajo.
- Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente, cuando el propietario esté incapacitado física o mentalmente o judicialmente inhabilitado.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Reúne los documentos
Prepara tu identificación, la licencia de circulación, el comprobante actualizado del Impuesto sobre el Transporte Terrestre y, si procede, el documento que acredite tu representación.
- 2
Lleva el vehículo a la oficina correspondiente
Acude con el vehículo a la oficina de Registro de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito que atiende el domicilio del propietario para la inspección.
- 3
Presenta la solicitud y paga los sellos del timbre
Entrega los documentos requeridos y abona el impuesto aplicable por el cambio de pegatina y por la licencia de circulación, según tu categoría.
- 4
Coloca la nueva pegatina
Ubícala en la cara interior del parabrisas delantero. Si se trata de una motocicleta o ciclomotor, colócala en el cuadro.
Precio o coste
| Importe | 5.00 CUP por cambio de pegatina y 40.00 CUP por licencia de circulación para residentes permanentes, entidades estatales, sociedades mercantiles de capital 100 % cubano, usuarios y concesionarios de la ZED Mariel, cooperativas y organizaciones. Para no residentes permanentes y sucursales, agentes u oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras: 125.00 CUP por cambio de pegatina y 1,000.00 CUP por licencia de circulación. |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | Sellos del timbre |
| Actualizado | |
| Observaciones | Los importes dependen de la condición de residencia o del tipo de entidad solicitante. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
No se ha indicado que requiera cita previa.
No se indica que sea necesaria una cita previa.
¿Qué obtiene el solicitante?
Cambio de la pegatina del vehículo y actualización de la licencia de circulación conforme al trámite realizado.
Casos especiales
- Si el trámite lo realiza una persona distinta del propietario, debe presentar Escritura Pública de Poder Especial.
- Si el propietario falleció, se admite contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
- Si el propietario está fuera de Cuba en misión oficial de trabajo, debe presentarse una autorización emitida por la dirección del organismo al que pertenece.
- Si el propietario está incapacitado o judicialmente inhabilitado, se requiere Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Dónde debe colocarse la pegatina del vehículo?
En los vehículos con parabrisas delantero, se coloca en su parte interior. En motocicletas y ciclomotores, corresponde colocarla en el cuadro.
¿Qué información muestra la pegatina?
Contiene dos dígitos que permiten identificar el año en que se efectuó la inscripción o inspección del vehículo.
¿Puede realizar el trámite alguien que no sea el propietario?
Sí, siempre que presente una Escritura Pública de Poder Especial o el documento aplicable a la situación del propietario.
Fundamento legal
El trámite se relaciona con la Ley No. 113/2012 del Sistema Tributario y su modificación mediante el Decreto-Ley No. 21, la Ley 109 del Código de Seguridad Vial, la Resolución No. 1 del Ministerio del Interior sobre reinscripción y actualización de identificaciones y licencias, y la Resolución 35/2019 del Ministerio del Interior para ciclomotores.
Fuentes oficiales
- Ministerio del Interior de CubaOrganismo oficial
- Ley No. 113/2012 del Sistema TributarioLey2012-07-23
- Resolución 35/2019 del Ministerio del InteriorResolución2019
- Resolución No. 1 del Ministerio del InteriorResolución2013
- Ley 109 del Código de Seguridad VialLey
- Decreto-Ley No. 21Decreto-Ley2020




