Legalizaciones

¿Cómo solicitar aprobación para actividades en zonas de interés para la Seguridad y el Orden Interior?

Consulta o informa al Ministerio del Interior antes de realizar determinados trámites, obras o actividades en zonas y vías sujetas a regulaciones de seguridad y orden interior.

Ministerio del Interior de Cuba (MININT)
EntidadMinisterio del Interior de Cuba (MININT)
ModalidadPor teléfono · Presencial
CosteNo indicado
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoLa Habana, Nacional, Todas las provincias

Información general

Las personas naturales y jurídicas deben realizar una consulta o informar previamente al Ministerio del Interior cuando pretendan efectuar determinadas acciones en Zonas y Vías de interés para la Seguridad y el Orden Interior.

El tipo de gestión depende de la clasificación del lugar: las áreas y vías «a consulta» requieren aprobación, mientras que en las clasificadas «a informar» las personas jurídicas deben comunicar la acción antes de ejecutarla.

Desarrollo del trámite

Este procedimiento se aplica, entre otros supuestos, a cambios de dirección; instalaciones técnicas; obras, reparaciones o mantenimientos que requieran permisos o licencias; licencias para formas de gestión no estatal; cambios de uso, traspasos o transmisiones de inmuebles, viviendas, locales, terrenos y espacios. También comprende actividades productivas, de servicios, políticas, culturales, deportivas, recreativas o religiosas que afecten la vía o los espacios públicos.

La aprobación solo procede cuando la actividad no comprometa misiones vinculadas con la seguridad y el orden interior. Las zonas reguladas son áreas delimitadas del territorio nacional donde existen inmuebles o rutas terrestres o acuáticas sujetas a medidas especiales.

En La Habana, el Acuerdo 8999 de 2021 declara zonas y vías reguladas en consejos populares de Playa, Plaza de la Revolución, La Lisa, Diez de Octubre, La Habana Vieja, Marianao, Boyeros y Cerro. La clasificación concreta puede cambiar dentro de una misma vía o consejo popular; por ello, debe comprobarse el tramo o perímetro exacto antes de iniciar el trámite principal o la actividad.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales que pretendan realizar una actividad o iniciar un trámite incluido en una Zona o Vía a Consulta.
  • Personas jurídicas que deban consultar o informar acciones previstas en zonas o vías reguladas.
  • Titulares o interesados en inmuebles, viviendas, locales, terrenos o espacios situados en áreas sujetas a regulación.

Requisitos

  • Presentar la consulta o realizar la comunicación antes de ejecutar la actividad o iniciar el trámite correspondiente.
  • Solicitar la aprobación con 72 horas de antelación si el evento implica cierre de calles o restricciones al tránsito.
  • Informar de inmediato al Ministerio del Interior cuando una institución competente ejecute reparaciones urgentes por averías que puedan poner en riesgo a personas o entidades.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Compruebe si el lugar está regulado

    Verifique si la zona, el inmueble o el tramo de vía donde se realizará la acción está clasificado como Zona o Vía a Consulta o a Informar.

  2. 2

    Determine la gestión aplicable

    Si se trata de una Zona o Vía a Consulta, solicite la aprobación del Ministerio del Interior. Si está clasificada A Informar, la persona jurídica debe comunicar la actividad antes de ejecutarla.

  3. 3

    Presente la consulta o información

    Las personas naturales deben acudir a la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior del municipio donde se ubica la zona o vía. Las personas jurídicas deben dirigirse a las oficinas habilitadas para estos fines.

  4. 4

    Espere la respuesta certificada

    Un oficial del Ministerio del Interior entrega la respuesta mediante documento certificado, dentro del plazo establecido.

¿Dónde se realiza?

OficinaOficinas de Trámites del Ministerio del Interior, para personas naturales; oficinas habilitadas al efecto, para personas jurídicas.
Teléfono18808
HorarioLunes, martes, miércoles y viernes: 8:00 a. m. a 5:00 p. m. Jueves y sábados: 8:00 a. m. a 12:00 m.

¿Qué obtiene el solicitante?

Documento certificado del Ministerio del Interior que comunica la respuesta a la consulta o aprobación solicitada.

Casos especiales

  • Para eventos que requieran cerrar calles o limitar el tránsito en zonas o vías reguladas, la aprobación debe pedirse al menos 72 horas antes.
  • Ante averías o urgencias que representen un riesgo, la institución competente puede ejecutar los trabajos necesarios, pero debe informar inmediatamente al Ministerio del Interior.
  • En La Habana existen zonas y vías A Consulta y A Informar delimitadas por el Acuerdo 8999 de 2021. La condición aplicable depende del perímetro o tramo específico.
  • En las Zonas y Vías a Consulta, todas las actividades posibles deben someterse a aprobación al iniciarse el trámite correspondiente.
  • En las Zonas y Vías a Informar, las personas jurídicas comunican las actividades o acciones antes de realizarlas.

Preguntas frecuentes

¿Qué actividades pueden requerir consulta o aprobación?

Entre ellas están los cambios de dirección, obras e instalaciones técnicas, reparaciones o mantenimientos sujetos a permiso, licencias de gestión no estatal, operaciones sobre inmuebles y actividades que incidan en espacios o vías públicas.

¿Puede denegarse una solicitud?

Sí. No se aprueban las acciones que puedan afectar las misiones o actividades relacionadas con la seguridad y el orden interior.

¿Dónde se presenta la gestión si soy una persona natural?

En la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior ubicada en el municipio correspondiente al lugar donde se prevé realizar la actividad.

¿Cómo puedo solicitar orientación?

Puede llamar al 18808 o escribir a [email protected].

Fundamento legal

La Resolución 13 de 2015 del Ministerio del Interior regula el procedimiento para informar o solicitar aprobación de actividades en estas zonas y vías. El Decreto-Ley No. 331 incluye estas áreas entre las Zonas con Regulaciones Especiales. Para La Habana, el Acuerdo 8999 de 2021 declara las zonas y vías comprendidas.

Fuentes oficiales

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