Información general
Un recurso judicial permite a las partes cuestionar una resolución con la que no están conformes. La vía disponible depende del tribunal que emitió el fallo, la materia del proceso y el momento procesal.
La rapidez es esencial: los términos para recurrir no se prorrogan. Antes de presentar el escrito, conviene contratar los servicios de un abogado de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC), que evaluará la procedencia y preparará la fundamentación jurídica.
Desarrollo del trámite
Las sentencias de los Tribunales Municipales Populares pueden ser objeto de apelación ante el Tribunal Provincial Popular. Cuando la decisión fue dictada por un Tribunal Provincial Popular, puede corresponder la casación ante el Tribunal Supremo Popular, si la ley la admite para esa materia.
El recurso se entrega por escrito al propio tribunal que emitió la resolución; ese órgano lo tramita y lo remite al tribunal superior competente. En asuntos laborales también puede formularse verbalmente o ante el órgano que adoptó la decisión, que dispone de hasta cinco días para trasladarlo al tribunal competente.
La casación se atiende ante el Tribunal Supremo Popular con intervención del Bufete Especializado en Recursos de Casación (BEC). La persona interesada no gestiona directamente ante ese bufete: el abogado encargado del caso canaliza las actuaciones y comunicaciones.
La revisión no es un recurso ordinario. Es un proceso excepcional para cuestionar resoluciones firmes, solo por causas estrictas, como nuevos hechos o pruebas, o la comprobación de documentos o testimonios falsos. La caducidad de sus plazos extingue el derecho a promoverla.
La presentación del recurso no siempre suspende la ejecución de la sentencia. Ese efecto depende de la materia y del tipo de proceso, por lo que debe verificarse con el abogado responsable.
¿Quién puede solicitarlo?
- Partes de un proceso judicial que no estén conformes con una resolución recurrible.
- Personas que, sin haber intervenido en el proceso, puedan resultar afectadas por la ejecución de la sentencia y hayan sido notificadas a esos efectos.
- Personas que residan fuera de Cuba, mediante un representante legal autorizado con poder notarial.
Requisitos
- Contratar los servicios de un abogado de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos para valorar la vía procedente y controlar el término.
- Presentar el recurso dentro del plazo legal, contado desde el día siguiente a la notificación, salvo decisiones tomadas durante un acto judicial.
- Identificar la resolución que se pretende impugnar.
- Exponer de forma numerada y concisa los hechos que sustentan la inconformidad.
- Señalar los preceptos legales presuntamente vulnerados.
- Indicar la petición concreta dirigida al tribunal superior.
- Firmar el escrito personalmente o mediante representante legal.
- Contar con dirección letrada obligatoria si se promueve recurso de casación.
Documentos necesarios
- Escrito de recurso.
- Datos generales del recurrente: nombre, apellidos, domicilio y número de carné de identidad.
- Identificación precisa de la resolución impugnada.
- Notificación de la sentencia o resolución, para acreditar la fecha desde la cual corre el plazo.
- Poder notarial, si la gestión se realiza mediante representante legal desde el exterior.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Conserva la notificación de la resolución
Guarda el documento de notificación, pues acredita la fecha desde la que se calcula el plazo para recurrir.
- 2
Consulta a un abogado de Bufetes Colectivos
Solicita orientación para que determine si procede apelación, casación, súplica u otra vía, y prepare la fundamentación jurídica.
- 3
Prepare el escrito de recurso
Incluye los datos del recurrente, la resolución recurrida, los hechos, fundamentos de derecho, la petición y la firma correspondiente.
- 4
Presenta el recurso ante el tribunal que dictó la decisión
Entrega el escrito en el mismo tribunal que emitió la resolución. Este lo tramitará y lo elevará al órgano judicial competente.
- 5
Da seguimiento mediante tu abogado
Para la casación, las actuaciones ante el Bufete Especializado en Recursos de Casación y el Tribunal Supremo Popular se realizan por medio del abogado del caso.
Precio o coste
| Importe | Desde 200 CUP hasta más de 10 000 CUP, según la materia, cuantía y complejidad del asunto. |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | Se abona al concertar el contrato de servicios jurídicos con los Bufetes Colectivos. |
| Actualizado | |
| Observaciones | Las tarifas indicadas aplican a personas naturales con residencia permanente en Cuba. No incluyen el impuesto de sellos del timbre ni gastos de otras entidades. La ONBC ofrece consultas gratuitas a la población. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
No se ha indicado que requiera cita previa.
Acude a un Bufete Colectivo para contratar la representación legal y recibir orientación sobre el recurso aplicable.
¿Qué obtiene el solicitante?
Presentación y tramitación de la impugnación ante el tribunal competente. Si se admite y prospera, el tribunal superior puede revisar la resolución conforme a la vía procesal aplicable.
Casos especiales
- En materia laboral, el recurso puede formularse verbalmente o ante el órgano que adoptó la decisión; este debe trasladarlo al tribunal competente en un plazo de hasta cinco días.
- Si el tribunal declara inadmisible un recurso, esa decisión puede impugnarse. Frente a la inadmisión de una apelación procede la súplica ante el mismo tribunal.
- La súplica se resuelve por el tribunal que dictó la providencia o auto recurrido.
- La revisión procede únicamente contra resoluciones firmes y por causales excepcionales, entre ellas nuevos hechos o pruebas y la falsedad demostrada de documentos o testimonios.
- En materia penal, el acusado puede designar abogado defensor; si no lo hace, el tribunal puede nombrar uno de oficio.
- El incumplimiento de una sentencia puede dar lugar a mecanismos de ejecución y medidas coercitivas, según la materia.
Preguntas frecuentes
¿Cuál recurso corresponde según el tribunal que dictó la sentencia?
Contra fallos de un Tribunal Municipal Popular procede, en general, la apelación ante el Tribunal Provincial Popular. Si resolvió un Tribunal Provincial Popular, puede proceder la casación ante el Tribunal Supremo Popular cuando la ley lo prevea.
¿Puedo recurrir sin abogado?
La necesidad de representación letrada varía según el proceso, pero en casación es obligatoria. Por la brevedad e improrrogabilidad de los plazos, es recomendable consultar primero a un abogado de Bufetes Colectivos.
¿Qué diferencia hay entre casación y revisión?
La casación es una vía ordinaria contra decisiones que aún no son firmes. La revisión es excepcional, se dirige contra resoluciones firmes y exige causas legales estrictas.
¿Qué sucede si dejo vencer el plazo?
Si no se interpone el recurso dentro del término correspondiente, la resolución adquiere firmeza y ya no podrá impugnarse mediante esa vía ordinaria.
¿Puedo recurrir desde otro país?
Sí. Debes actuar mediante un representante legal con poder notarial. El plazo corre desde la notificación de la resolución, aunque residas fuera de Cuba.
Fundamento legal
La Ley No. 141/2021 «Código de Procesos» regula, entre otros aspectos, los recursos y el proceso de revisión, incluido el derecho de personas afectadas a recurrir tras la notificación prevista en su artículo 97. La Ley No. 142/2021 «Del Proceso Administrativo» regula la ejecución de decisiones en esa materia, y la Ley No. 143/2021 «Del Proceso Penal» rige la ejecución penal. La Ley No. 140/2021 «De los Tribunales de Justicia» y la Constitución de la República de Cuba establecen el marco institucional y la tutela judicial efectiva. La Resolución 231/2023 del Ministerio de Justicia actualiza denominaciones y tarifas de los servicios jurídicos de la ONBC.
Fuentes oficiales
- Ley No. 141/2021 «Código de Procesos»Gaceta Oficial de la República de Cuba2021-12-07
- Ley No. 142/2021 «Del Proceso Administrativo»Gaceta Oficial de la República de Cuba2021-12-07
- Ley No. 143/2021 «Del Proceso Penal»Gaceta Oficial de la República de Cuba2021-12-07
- Ley No. 140/2021 «De los Tribunales de Justicia»Gaceta Oficial de la República de Cuba2021-12-07
- Resolución 231/2023 del Ministerio de JusticiaGaceta Oficial de la República de Cuba2023-06-15
- Constitución de la República de CubaGaceta Oficial de la República de Cuba2019




