Legalizaciones

¿Cómo legalizar documentos registrales y notariales cubanos para usarlos en el exterior?

Solicita y legaliza certificaciones registrales o documentos notariales cubanos para que puedan presentarse ante autoridades de otro país, mediante entidades jurídicas autorizadas.

Consultoría Jurídica Internacional
EntidadConsultoría Jurídica Internacional
ModalidadA través de representante · Desde el exterior · Presencial
CosteVariable según el documento, la obtención, la legalización y los sellos del timbre. CUP y USD
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

La legalización confirma la autenticidad de las firmas y sellos de documentos emitidos en Cuba para que produzcan efectos fuera del país. Desde el 3 de febrero de 2025, el Ministerio de Justicia (MINJUS) asumió las funciones de legalización que realizaba el MINREX.

El servicio puede gestionarse por interés personal, mediante representante o por interés institucional. Las entidades jurídicas autorizadas pueden obtener el documento, tramitar su legalización ante el MINJUS y, cuando corresponda, presentarlo ante la representación diplomática del país de destino.

Desarrollo del trámite

Las certificaciones registrales y los documentos notariales pueden solicitarse directamente o por medio de un representante. Si la gestión es para una persona natural, residente en Cuba o en el exterior, debe formalizarse un Contrato de Servicios Jurídicos con una entidad autorizada.

Para localizar una inscripción registral, facilita los nombres y apellidos de la persona vinculada al hecho, así como tomo y folio, o la fecha y el lugar exactos. Si no se conocen tomo y folio, procede una búsqueda de inscripción.

Las tarifas de obtención de documentos registrales incluyen: certificación registral, 1 250 CUP o 52 USD; certificación de capacidad legal, 2 500 CUP o 104 USD; certificación de sentencias, 3 750 CUP o 156 USD; reconocimiento e inscripción en el Registro Especial del MINJUS, 3 750 CUP o 156 USD; certificaciones de condición migratoria o identidad, 2 500 CUP o 104 USD; certificaciones de domicilio, movimientos migratorios o Registro de Ciudadanía, 3 750 CUP o 156 USD. El completamiento de formularios cuesta 750 CUP o 31 USD, la acreditación de documentos tramitados por bufetes 625 CUP o 26 USD y la compulsa 375 CUP o 16 USD.

La legalización ante el MINJUS de documentos no docentes, registrales o notariales de personas naturales cuesta 375 CUP o 16 USD por documento. Para documentos societarios, la tarifa es de 2 500 CUP o 104 USD por documento. La legalización ante consulados tiene una tarifa indicada de 375 CUP o 16 USD por documento.

También deben aportarse sellos del timbre en CUP. Para residentes permanentes en Cuba que contraten la obtención del documento, los importes van de 5 a 40 CUP según el documento; para residentes en el exterior o personas no residentes, van de 125 a 1 000 CUP. Si una persona residente en Cuba no realiza personalmente el trámite, se aplica el importe previsto para no residentes por cada documento legalizado.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales que necesiten usar en otro país un documento registral o notarial expedido en Cuba.
  • Personas residentes en Cuba o en el exterior.
  • Representantes de la persona interesada.
  • Entidades u organismos estatales que gestionen documentos por interés institucional.

Requisitos

  • Firmar un Contrato de Servicios Jurídicos con una entidad autorizada cuando la solicitud responda a un interés particular.
  • Presentar carné de identidad o pasaporte de la persona a quien se expedirá la certificación.
  • Aportar los datos de la inscripción o del acto: nombres y apellidos, tomo y folio, o fecha y lugar exactos.
  • Solicitar búsqueda de inscripción cuando se desconozcan el tomo y el folio.
  • Abonar la tarifa del servicio correspondiente.
  • Aportar los sellos del timbre requeridos, en formato físico, mediante pago en efectivo o por vía electrónica.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad o pasaporte.
  • Datos registrales de la persona o del hecho que se desea certificar.
  • Sellos del timbre por el importe aplicable.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Reúne la información del documento

    Prepara tu identificación y los datos que permitan localizar la inscripción, como nombres, tomo y folio o fecha y lugar del hecho.

  2. 2

    Acude a una entidad jurídica autorizada

    Presenta la solicitud en una sociedad civil de servicios jurídicos o en una de sus sucursales. Si actúas por interés particular, formaliza el Contrato de Servicios Jurídicos.

  3. 3

    Paga las tarifas y aporta los sellos

    Entrega los sellos del timbre y paga el importe del servicio de obtención y legalización que corresponda a tu caso.

  4. 4

    Tramitación de la obtención y legalización

    La entidad autorizada obtiene el documento, gestiona su legalización ante el MINJUS y, cuando sea posible y necesario, la legalización ante la representación diplomática del país de destino.

  5. 5

    Recoge el documento terminado

    Solicita la entrega dentro del plazo aplicable informado por la entidad jurídica que atendió tu expediente.

Precio o coste

ImporteVariable según el documento, la obtención, la legalización y los sellos del timbre.
MonedaCUP y USD
Forma de pagoTarifa en efectivo; sellos del timbre en formato físico, efectivo o vía electrónica.
Actualizado
ObservacionesLa legalización ante el MINJUS de documentos registrales o notariales de personas naturales cuesta 375 CUP o 16 USD por documento. Los sellos del timbre se abonan en CUP y varían según el documento y la condición de residencia.

¿Dónde se realiza?

OficinaSociedades civiles de servicios jurídicos y sucursales.
HorarioDe lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:00 p. m. a 5:30 p. m.
Sitio oficial

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

El material disponible no informa un sistema de citas.

¿Qué obtiene el solicitante?

Documento registral o notarial legalizado para su presentación en el extranjero, sujeto a los requisitos del país de destino.

Vigencia y renovación

Las legalizaciones no tienen fecha de caducidad. Si el documento de base tiene vigencia limitada, la legalización mantiene esa misma limitación. Las certificaciones de nacimiento, matrimonio y defunción no vencen; las de soltería y capacidad legal tienen vigencia de 180 días desde su expedición.

Casos especiales

  • Cuando el interés es institucional, el organismo puede realizar la gestión mediante sus tramitadores.
  • Los documentos docentes deben legalizarse previamente ante la institución competente: MES para estudios universitarios, MINED para enseñanza media y técnica profesional, y MINSAP para estudios de salud.
  • Los documentos legalizados por el MINREX antes del traspaso de funciones al MINJUS mantienen su validez y no requieren una nueva legalización.
  • Las personas cubanas residentes en el exterior pueden solicitar el servicio en consulados cubanos, mediante un representante en Cuba o contratando desde el exterior con una entidad jurídica.
  • La Ley 180/2025 prevé exenciones para países con convenios de reconocimiento mutuo, pero el listado oficial de países y requisitos específicos no había sido publicado en el material de referencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer la gestión mediante otra persona?

Sí. Las certificaciones y documentos notariales pueden solicitarse personalmente o mediante representante. Si una persona residente en Cuba no realiza el trámite personalmente, los sellos del timbre se cobran con el importe previsto para no residentes.

¿Las entidades jurídicas realizan la legalización ante todos los consulados?

Pueden tramitarla ante la representación diplomática del país de destino, pero se informa que algunas legalizaciones consulares no se estaban realizando. Confirma la disponibilidad para el consulado específico antes de contratar el servicio.

¿Necesito que aparezca una nota sobre el uso fuera de Cuba?

No. La Instrucción No. 3/2019 eliminó como requisito obligatorio la nota “Únicamente para surtir efectos fuera del territorio nacional” en documentos notariales y certificaciones registrales.

Fundamento legal

El procedimiento se vincula con la Ley No. 59 del Código Civil, la Ley 180/2025 del Registro Civil, la Ley 175 de 2024 “Del Notariado” y su Reglamento aprobado por la Resolución 331 de 2025. La Resolución 4 de 2023 regula modalidades de cobro de sellos del timbre; el Acuerdo 10035 de 2024 trata la solicitud de legalización de documentos docentes, y la Resolución 486 de 2025 actualiza tarifas de servicios jurídicos para extranjeros y cubanos residentes en el exterior.

Fuentes oficiales

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