Información general
La Resolución 486 de 2025 del Ministerio de Justicia fija las tarifas aplicables a servicios jurídicos prestados a personas naturales extranjeras, cubanos residentes en el exterior y personas jurídicas extranjeras.
Comprende, entre otros, asuntos inmobiliarios, propiedad intelectual, trámites migratorios, obtención y legalización de documentos, consultas legales, asesoría y representación procesal. Aunque las tarifas se expresan en pesos cubanos, el cobro se realiza en monedas extranjeras aceptadas por el Banco Central de Cuba, con la tasa de cambio vigente al ejecutar la operación.
Desarrollo del trámite
El importe depende del servicio contratado y de su modalidad de cobro: tarifa horaria mínima, tarifa fija para asuntos determinados o iguala mensual. Las tarifas no incluyen gastos necesarios para prestar el servicio, ni pagos notariales, aranceles, impuestos, cuotas de inscripción, anualidades de marcas o patentes, certificaciones u otros importes exigidos por entidades cubanas o extranjeras.
En asuntos inmobiliarios, la obtención de certificado catastral, documento técnico, avalúo, inscripción o actualización registral tiene una tarifa de 3.750 CUP; la certificación del Registro de la Propiedad, 2.500 CUP; y la declaración de obra nueva, 25.000 CUP.
En propiedad intelectual existen tarifas específicas para denominaciones de origen, marcas, invenciones, patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, variedades vegetales, esquemas de trazado de circuitos integrados y derecho de autor. Por ejemplo, la solicitud de registro de marca de hasta tres clases cuesta 10.000 CUP; cada clase adicional, 7.500 CUP. La dirección de la entidad puede conceder una rebaja de hasta el 20 % cuando se soliciten varias marcas o una marca en varias clases, según el cliente y la cantidad solicitada.
Las consultas para promover un divorcio o ante organismos de la Administración Central del Estado tienen una tarifa de 625 CUP. Las consultas sobre procesos ordinarios, arbitrales o de jurisdicción voluntaria cuestan 1.875 CUP, mientras que otras consultas de alta complejidad ascienden a 3.750 CUP.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas naturales extranjeras.
- Ciudadanos cubanos residentes en el exterior.
- Personas jurídicas extranjeras.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Identifique el servicio jurídico que necesita
Determine si se trata de una consulta, representación, asunto inmobiliario, propiedad intelectual, trámite migratorio, legalización documental u otro servicio jurídico.
- 2
Solicite la contratación del servicio
Presente la solicitud ante la entidad prestadora para que se defina el asunto, la modalidad de cobro y las condiciones aplicables.
- 3
Revise el importe y gastos asociados
Confirme la tarifa aplicable, los gastos complementarios y los pagos oficiales que no están incluidos en el precio del servicio.
- 4
Realice el pago en la moneda aceptada
El cobro se efectúa en moneda extranjera aceptada por el Banco Central de Cuba, aplicando la tasa de cambio vigente el día de la operación.
Precio o coste
| Importe | Variable según el servicio y la modalidad contratada. |
|---|---|
| Moneda | CUP como tarifa de referencia; cobro en monedas extranjeras aceptadas por el Banco Central de Cuba. |
| Forma de pago | Tarifa horaria mínima, tarifa fija por asunto determinado o iguala. |
| Actualizado | |
| Observaciones | Tarifa horaria mínima general: 3.750 CUP por hora. Si el servicio es prestado, a petición del cliente, por el presidente o director general de la entidad, la tarifa mínima es de 5.000 CUP hasta la conclusión del servicio. Los gastos de prestación y pagos oficiales no están incluidos. |
¿Qué obtiene el solicitante?
Prestación del servicio jurídico contratado, como asesoría, representación, gestión, consulta, solicitud, registro o legalización, según corresponda.
Casos especiales
- La tarifa horaria mínima puede aumentar por la materia, complejidad, urgencia u otras particularidades del caso.
- Puede incrementarse la tarifa cuando el servicio, trámite o documento se solicite para horas o días no laborables.
- En auditorías contables, la tarifa horaria es de 750 CUP por cada auditor.
- Los servicios adicionales vinculados con finanzas, inversiones, seguros y operaciones contables tienen una tarifa de 1.250 CUP por hora.
- La iguala mensual mínima es de 7.500 CUP para asistencia y asesoría legal o representación procesal; de 12.500 CUP si incluye ambas; y de 5.000 CUP para secretaría letrada.
- La entidad puede ajustar excepcionalmente tarifas para órganos u organismos que la patrocinan, entidades subordinadas o servicios de corresponsalía.
Preguntas frecuentes
¿Qué modalidades de cobro están previstas?
Los servicios pueden cobrarse mediante tarifa horaria mínima, tarifa fija para asuntos concretos o iguala mensual.
¿La tarifa en CUP es el importe que se paga?
No necesariamente. La tarifa se establece en CUP, pero el pago se cobra en las monedas extranjeras aceptadas por el Banco Central de Cuba, utilizando la tasa de cambio aplicable en la fecha de ejecución.
¿Los aranceles y servicios notariales están incluidos?
No. Las tarifas jurídicas no incluyen servicios notariales, impuestos, aranceles, cuotas de inscripción, anualidades, certificaciones ni otros pagos exigidos por oficinas o entidades.
¿Cuánto cuesta registrar una obra en el Centro Nacional de Derecho de Autor?
El registro de obras en el Registro Nacional del Centro Nacional de Derecho de Autor tiene una tarifa de 7.500 CUP.
Fundamento legal
La Resolución 486 de 2025 del Ministerio de Justicia actualiza las tarifas y modalidades de cobro de servicios jurídicos para los destinatarios indicados y deroga la Resolución 171 de 2022 del propio ministerio.
Fuentes oficiales
- Resolución 486 de 2025 del Ministerio de JusticiaResolución2025




