Telecomunicaciones

¿Cómo solicitar la asignación de un teléfono fijo residencial?

Solicita la asignación de una línea telefónica fija residencial ante el CAM cuando exista capacidad disponible en la central de tu zona de residencia.

Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA)
EntidadEmpresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA)
ModalidadPor teléfono · Presencial
CosteLa solicitud es gratuita. Tras la aprobación, la instalación de una línea principal para personas naturales cubanas cuesta 180,00 CUP y la de una extensión 30,00 CUP. Para personas naturales extranjeras, la instalación de línea principal cuesta 3.750,00 CUP y la extensión 750,00 CUP. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

La asignación del Servicio Telefónico Básico Residencial permite obtener una línea fija para una vivienda. El proceso comienza únicamente cuando existe capacidad técnica disponible en la central telefónica de la zona.

La solicitud se presenta ante el Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular (CAM). Si resulta aprobada, ETECSA contacta a la persona beneficiada para formalizar el contrato e instalar el servicio.

Desarrollo del trámite

ETECSA informa al CAM la capacidad que puede asignarse en cada central telefónica. El CAM comunica a la población la apertura, las condiciones y las fechas para recibir solicitudes, y una comisión analiza los expedientes para proponer las asignaciones.

ETECSA no decide qué personas reciben las líneas destinadas a la población. Puede reservar hasta el 15 % de la capacidad de una central para futuras necesidades de traslados, teléfonos públicos, servicios de entidades, grupos con atención especial y autorizaciones excepcionales. Cuando existan facilidades técnicas, la empresa debe comunicar disponibilidades al CAM trimestralmente, con un máximo de cuatro ofertas anuales por central.

Aunque una persona haya sido asignada, ETECSA puede no ejecutar la instalación si la dirección no corresponde con la oferta, si el beneficiario ya posee otra línea en una vivienda que no sea de recreo, si el propietario del inmueble no acepta la instalación, o si el beneficiario falleció o salió definitivamente del país.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Ser persona natural cubana con residencia permanente en Cuba.
  • Tener registrada en el carné de identidad una dirección situada en la zona beneficiada.
  • No tener otro servicio telefónico a su nombre, salvo que esté instalado en una vivienda ubicada en zona de recreo.

Requisitos

  • Esperar a que el CAM anuncie la disponibilidad de capacidad y el período de recepción de solicitudes.
  • Presentar una solicitud escrita que fundamente la necesidad del servicio.
  • Indicar en la solicitud los nombres y apellidos del beneficiario, incluidos los casos de funcionario de gobierno, persona con atención especial o persona con discapacidad.
  • Indicar el número del documento de identidad personal.
  • Indicar la dirección particular.

Documentos necesarios

  • Solicitud escrita fundamentada con los datos personales y la dirección del solicitante.
  • Documento de identidad personal, para consignar su número en la solicitud.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Infórmate sobre la disponibilidad

    Espera la comunicación del CAM de tu municipio sobre capacidad disponible, fechas y condiciones para presentar solicitudes.

  2. 2

    Prepara la solicitud

    Redacta una solicitud fundamentada e incluye nombres y apellidos, número de identidad y dirección particular.

  3. 3

    Presenta la solicitud ante el CAM

    Entrega el escrito de forma presencial en el Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular correspondiente a tu residencia.

  4. 4

    Espera la evaluación

    La comisión de otorgamiento analiza las solicitudes y propone las personas que recibirán la asignación. El CAM informa el plazo aplicable.

  5. 5

    Formaliza el contrato e instalación

    Si eres seleccionado, ETECSA te contactará mediante sus unidades comerciales para contratar e instalar el servicio, siempre que se cumplan las condiciones técnicas y de ejecución.

Precio o coste

ImporteLa solicitud es gratuita. Tras la aprobación, la instalación de una línea principal para personas naturales cubanas cuesta 180,00 CUP y la de una extensión 30,00 CUP. Para personas naturales extranjeras, la instalación de línea principal cuesta 3.750,00 CUP y la extensión 750,00 CUP.
MonedaCUP
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesLa cuota mensual de línea principal para personas naturales cubanas es de 20,00 CUP e incluye los primeros 300 minutos mensuales. La extensión tiene una cuota mensual de 8,00 CUP. Para personas naturales extranjeras, las llamadas locales cuestan 2,00 CUP por minuto de 6:00 a. m. a 5:59 p. m. y 1,33 CUP por minuto de 6:00 p. m. a 5:59 a. m.

¿Dónde se realiza?

HorarioHorario laboral.

¿Qué obtiene el solicitante?

Asignación de una línea telefónica fija residencial y, si se formaliza el contrato y existen condiciones para ejecutarla, instalación del servicio por ETECSA.

Vigencia y renovación

Para contratos suscritos desde la implementación de la Resolución 176/2019, el servicio queda vinculado a la vivienda donde se instala y no admite solicitud de traslado.

Casos especiales

  • Las personas que requieren atención especial y los casos excepcionales se regulan mediante la Resolución No. 251 de 2013.
  • Las instalaciones aprobadas antes de la Resolución 176/2019 no prescriben si no pudieron realizarse por falta de infraestructura en la vivienda o por no aceptar el titular una tecnología autorizada.

Preguntas frecuentes

¿ETECSA asigna las líneas telefónicas a la población?

No. ETECSA comunica al CAM la capacidad disponible, pero la comisión de otorgamiento analiza las solicitudes y el CAM remite a ETECSA la relación de personas beneficiadas.

¿Por qué pueden rechazar la instalación después de una asignación?

Puede rechazarse si la dirección no coincide con la oferta disponible, existe otra línea a nombre del beneficiario fuera de una zona de recreo, el propietario no autoriza la instalación, o el beneficiario falleció o salió definitivamente del país.

¿Puedo trasladar la línea a otra vivienda?

No si el contrato se suscribió a partir de la implementación de la Resolución 176/2019, pues el servicio queda vinculado a la vivienda de instalación.

Fundamento legal

El procedimiento se rige por la Resolución 176/2019 del Ministerio de Comunicaciones; la Resolución No. 11 de 2013, que aprobó lineamientos para asignar el servicio telefónico básico a la población; la Resolución No. 251 de 2013 para atención especial y casos excepcionales; y la Resolución 82 de 2012 para contratos anteriores.

Fuentes oficiales

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