Información general
Este trámite permite solicitar a ETECSA la continuidad del servicio telefónico básico en una vivienda que pase a ser el nuevo domicilio legal del titular.
El derecho al traslado se reconoce a quienes conservaron un contrato de telefonía básica suscrito antes del 8 de enero de 2020. La posibilidad de instalación depende de las condiciones técnicas existentes en la nueva vivienda.
Desarrollo del trámite
Los contratos formalizados antes de la entrada en vigor de la regulación indicada continúan vigentes hasta que se suscriba otro contrato. Los clientes con contratos nuevos no pueden solicitar el traslado del servicio a otro domicilio.
ETECSA dispone de hasta 30 días desde la solicitud para comunicar las características del servicio que puede ofrecer. Si existe una opción viable, sus condiciones permanecen vigentes durante 60 días desde la respuesta. De manera provisional, la entidad puede proponer una tecnología autorizada, como la Telefonía Fija Alternativa (TFA).
Si no hay infraestructura o el titular no acepta el soporte técnico propuesto, ETECSA debe informarlo y el derecho del titular se mantiene sin prescribir mientras no ceda la titularidad. El servicio instalado en el domicilio anterior se conserva y su titularidad corresponde a la persona que tenga el mejor derecho legal sobre esa vivienda.
¿Quién puede solicitarlo?
- Ser titular del servicio telefónico básico.
- Tener un contrato de servicio telefónico básico con ETECSA suscrito antes del 8 de enero de 2020.
- Tener un nuevo domicilio legal donde se solicite la instalación.
- Que ETECSA disponga de infraestructura para instalar el servicio en la nueva vivienda.
- No haber cedido la titularidad del servicio.
Requisitos
- Presentar la solicitud personalmente en una oficina comercial de ETECSA o mediante representante con poder notarial especial.
- Solicitar el traslado hacia la vivienda que constituya el nuevo domicilio legal del titular.
- Aceptar las condiciones técnicas que ETECSA pueda ofrecer, cuando corresponda.
Documentos necesarios
- Carné de identidad del titular o de su representante.
- Contrato de servicio telefónico básico con ETECSA suscrito antes del 8 de enero de 2020.
- Última factura pagada del servicio telefónico.
- Poder notarial especial, si actúa un representante.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Reúna los documentos
Prepare su identificación, el contrato anterior al 8 de enero de 2020 y la última factura pagada. Si realiza la gestión mediante otra persona, esta debe llevar un poder notarial especial.
- 2
Presente la solicitud en ETECSA
Acuda a una oficina comercial de ETECSA para pedir el traslado del servicio a su nuevo domicilio legal.
- 3
Espere la evaluación técnica
ETECSA verifica la disponibilidad de infraestructura y comunica, en un plazo de hasta 30 días, el servicio que puede ofrecer.
- 4
Decida sobre la oferta recibida
Cuando exista una oferta técnica, sus condiciones se mantienen durante 60 días. Puede incluir temporalmente una solución mediante Telefonía Fija Alternativa.
Precio o coste
| Importe | Gratis |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | |
| Actualizado | |
| Observaciones | La solicitud de traslado no tiene costo. Si se propone y acepta Telefonía Fija Alternativa (TFA), la instalación tiene una cuota de 180 CUP y la cuota básica mensual es de 20 CUP. |
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Continuidad e instalación del servicio telefónico básico en el nuevo domicilio legal, si ETECSA dispone de infraestructura y se cumplen las condiciones aplicables.
Casos especiales
- Si no existe infraestructura convencional, ETECSA puede ofertar provisionalmente Telefonía Fija Alternativa (TFA), mediante acceso inalámbrico sobre la red móvil.
- Si no hay condiciones técnicas o no se acepta la tecnología alternativa propuesta, el servicio permanece en la vivienda anterior y el derecho del titular no prescribe mientras no ceda la titularidad.
- Tras ceder la titularidad a un conviviente se formaliza un nuevo contrato y se pierde el derecho a solicitar futuros traslados.
- Después de un traslado, el titular conserva el derecho a pedir otro cambio de domicilio mientras no ceda la titularidad y existan facilidades técnicas.
- Cuando dos titulares de servicio permutan sus viviendas, se mantiene lo dispuesto para el traspaso de titularidad.
Preguntas frecuentes
¿Los nuevos clientes de telefonía fija pueden pedir un traslado?
No. Los contratos suscritos después del 8 de enero de 2020 se ajustan a la regulación vigente y no permiten solicitar el traslado del servicio a otro domicilio.
¿Qué pasa si ETECSA no puede instalar el servicio en la nueva vivienda?
La empresa debe comunicarlo al titular. El servicio permanece en el domicilio anterior y el derecho del titular se conserva mientras no haya cedido la titularidad.
¿Qué es la Telefonía Fija Alternativa?
Es una modalidad de telefonía fija que utiliza acceso inalámbrico a través de la red móvil cuando no hay disponibilidad en las redes tradicionales. Incluye identificador de llamadas, llamada en espera y transferencia de llamadas dentro de su paquete.
Fundamento legal
El procedimiento se describe como regulado por la Resolución 179 de 2019 del Ministerio de Comunicaciones, vigente desde el 8 de enero de 2020. Esta regulación limita el traslado a titulares con contratos anteriores a esa fecha, sujetos a disponibilidad técnica y a la conservación de la titularidad.
Fuentes oficiales
- Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA)Organismo operador del servicio
- Resolución 176/2019 del Ministerio de Comunicaciones, de 27 de septiembre de 2019Resolución2019-09-27




