Electricidad

¿Cómo contratar potencia solar fotovoltaica desde parques solares?

Personas naturales y jurídicas pueden contratar potencia generada en parques solares y recibir un descuento mensual en su consumo eléctrico, sin instalar paneles en el inmueble.

Unión Eléctrica de Cuba (UNE)
EntidadUnión Eléctrica de Cuba (UNE)
ModalidadPresencial
CosteDe 79 a 15 000 MLC
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoTodas las provincias

Información general

Este servicio permite financiar potencia de generación fotovoltaica ubicada en parques solares del Sistema Electroenergético Nacional. A cambio, la Empresa Eléctrica descuenta de la facturación el equivalente de energía asociado a la potencia contratada.

No exige comprar, importar ni instalar paneles solares en la vivienda, comercio o industria. La Unión Eléctrica asume la instalación, operación, mantenimiento, reparación y protección de los sistemas ubicados en los parques solares.

Desarrollo del trámite

La contratación está disponible desde 0,5 kW y no tiene un límite máximo indicado. Puede acordarse por 2, 5, 10 o 20 años, con un único pago en MLC al formalizarla. El descuento aplicable es de 125 kWh mensuales por cada kW contratado; por ejemplo, 0,5 kW equivalen a 62,5 kWh al mes y 1 kW a 125 kWh.

Las tarifas informadas, expresadas en MLC, son las siguientes: 0,5 kW: 750 (20 años), 382 (10 años), 195 (5 años) y 79 (2 años); 1 kW: 1 500, 765, 390 y 159; 1,5 kW: 2 250, 1 147, 585 y 238; 2 kW: 3 000, 1 530, 780 y 318; 2,5 kW: 3 750, 1 912, 975 y 397; 3 kW: 4 500, 2 295, 1 170 y 477; 3,5 kW: 5 250, 2 677, 1 365 y 556; 4 kW: 6 000, 3 060, 1 560 y 636; 4,5 kW: 6 750, 3 442, 1 755 y 715; 5 kW: 7 500, 3 825, 1 950 y 795; 5,5 kW: 8 250, 4 207, 2 145 y 874; 6 kW: 9 000, 4 590, 2 340 y 954; 6,5 kW: 9 750, 4 972, 2 535 y 1 033; 7 kW: 10 500, 5 355, 2 730 y 1 113; 7,5 kW: 11 250, 5 737, 2 925 y 1 192; 8 kW: 12 000, 6 120, 3 120 y 1 272; 8,5 kW: 12 750, 6 502, 3 315 y 1 351; 9 kW: 13 500, 6 885, 3 510 y 1 431; 9,5 kW: 14 250, 7 267, 3 705 y 1 510; y 10 kW: 15 000, 7 650, 3 900 y 1 590.

Si la generación equivalente supera el consumo mensual del inmueble, el excedente se paga a 1,50 CUP por kWh. El beneficio comienza en la factura posterior a la contratación. La Unión Eléctrica entrega un certificado de generación con fuentes renovables a quienes suscriban el contrato.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales consumidoras de electricidad.
  • Personas jurídicas que requieran el servicio para hogares, comercios o industrias.
  • Consumidores sin espacio, acceso o condiciones para instalar paneles solares en su inmueble.

Requisitos

  • Acordar con la Empresa Eléctrica la potencia fotovoltaica que se contratará.
  • Seleccionar una vigencia contractual de 2, 5, 10 o 20 años.
  • Depositar el valor de la potencia contratada en la cuenta en MLC habilitada por la Unión Eléctrica.
  • La potencia mínima es de 0,5 kW (500 W).

Documentos necesarios

  • Carné de identidad.
  • Comprobante de pago del servicio eléctrico correspondiente al mes en curso.
  • Constancia o comprobante del depósito efectuado en la cuenta habilitada por la Unión Eléctrica.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Acuda a la oficina comercial

    Preséntese en la oficina comercial de la Empresa Eléctrica o en el punto habilitado de su municipio con la documentación requerida.

  2. 2

    Defina la potencia y la vigencia

    Acuerde con el personal de la entidad la cantidad de kW que contratará y el período del contrato.

  3. 3

    Realice el depósito en MLC

    Transfiera, desde la cuenta en MLC de la persona natural o jurídica, el importe correspondiente a la cuenta en MLC habilitada por la Dirección General de la Unión Eléctrica en el Banco Financiero Internacional.

  4. 4

    Espere la comprobación y firme

    La Empresa Eléctrica verifica el depósito a través del banco y cita al cliente para suscribir el contrato.

Precio o coste

ImporteDe 79 a 15 000
MonedaMLC
Forma de pagoPago único mediante transferencia a la cuenta en MLC habilitada por la Unión Eléctrica, según potencia y vigencia elegidas.
Actualizado
ObservacionesLas opciones de vigencia son 2, 5, 10 y 20 años. La tarifa exacta depende de los kW contratados.

¿Dónde se realiza?

OficinaOficinas comerciales de la Empresa Eléctrica y puntos habilitados en cada municipio.
HorarioLunes, miércoles y viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.; martes y jueves, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m.
Sitio oficial

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

No se informa un sistema de cita previa. Tras verificar el depósito, la Empresa Eléctrica cita al solicitante para firmar el contrato.

¿Qué obtiene el solicitante?

Contrato de prestación de servicios de energía eléctrica con financiamiento para generación fotovoltaica, descuento mensual en la factura y certificado de generación con fuentes renovables.

Vigencia y renovación

2, 5, 10 o 20 años. Puede renovarse por un término igual o superior, sin exceder 20 años en cada renovación.

Casos especiales

  • Una persona natural o jurídica puede contratar más de un contrato.
  • Al formalizar un nuevo financiamiento debe actualizarse el contrato en la oficina comercial.
  • Los derechos derivados del financiamiento pueden transferirse a otra persona mediante actualización de datos, conciliación y firma de un nuevo contrato o suplemento.
  • No se puede vender ni ceder la energía suministrada; su uso corresponde exclusivamente al inmueble contratado.
  • El servicio no garantiza electricidad durante apagones o fallos de la red.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que tener paneles solares en mi vivienda o negocio?

No. La potencia se genera en parques solares y no requiere que el cliente compre, importe o instale un sistema fotovoltaico en su inmueble.

¿Cuánto se descuenta cada mes de la factura eléctrica?

Se descuenta el equivalente a 125 kWh mensuales por cada kW contratado durante la vigencia del contrato.

¿Qué ocurre si mi consumo es menor que la energía equivalente contratada?

El excedente se paga al consumidor a razón de 1,50 CUP por cada kWh.

¿El contrato puede renovarse?

Sí. Puede renovarse por igual o mayor término, hasta 20 años, de forma sucesiva.

Fundamento legal

La Resolución 242 de 2021 del Ministerio de Energía y Minas establece las indicaciones para que la Unión Eléctrica elabore contratos de potencia fotovoltaica con personas naturales y jurídicas. El Decreto 110 de 2024 regula el control y uso eficiente de los portadores energéticos y las fuentes renovables de energía.

Fuentes oficiales

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