Información general
La entrada y salida de dinero en efectivo por viajeros está regulada en Cuba para las monedas libremente convertibles (MLC) y los pesos cubanos (CUP). Las reglas también alcanzan determinados instrumentos de pago y títulos de crédito aceptados internacionalmente.
Este trámite es especialmente relevante si se transportan más de 5.000 USD —o su equivalente— al entrar al país, o si se pretende sacar de Cuba una cantidad superior a ese límite.
Desarrollo del trámite
La importación de MLC no tiene un límite máximo, pero debe declararse ante la Aduana de Cuba cuando la suma exceda 5.000 USD o su equivalente. Para la salida del país, pueden exportarse libremente hasta 5.000 USD o su equivalente en MLC; por encima de esa cifra se requiere una autorización previa del presidente del Banco Central de Cuba (BCC).
El límite para importar o exportar CUP es de 5.000 pesos cubanos. Esta regla comprende efectivo, cheques, letras de cambio, pagarés y otros instrumentos de pago o títulos de crédito utilizados en la práctica bancaria internacional.
No está permitido enviar CUP en efectivo ni esos instrumentos mediante correo postal, transporte aéreo o vía marítima. Los viajeros frecuentes que muevan fondos de forma reiterada pueden ser requeridos por la Aduana para explicar el origen o destino del dinero.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas naturales cubanas o extranjeras que entren o salgan de Cuba con dinero en efectivo, instrumentos de pago o títulos de crédito.
- Personas que pretendan exportar más de 5.000 USD o su equivalente en MLC, previa autorización del Banco Central de Cuba.
Requisitos
- Declarar ante la Aduana de Cuba la importación de más de 5.000 USD o su equivalente en MLC.
- Obtener autorización de exportación del presidente del Banco Central de Cuba para sacar más de 5.000 USD o su equivalente en MLC.
- Acreditar el origen lícito de los fondos cuando se solicite autorización para exportar una suma superior al límite.
- Presentar ante la Aduana la autorización del BCC o el documento que pruebe la importación lícita previamente declarada, al exportar más de 5.000 USD o su equivalente en MLC.
- No exceder 5.000 CUP al importar o exportar pesos cubanos.
Documentos necesarios
- Autorización de exportación emitida por el Banco Central de Cuba, cuando se exporten más de 5.000 USD o su equivalente en MLC.
- Documentos que demuestren la adquisición lícita de los fondos para solicitar la autorización de exportación.
- Documento que acredite la importación lícita y su declaración ante la Aduana, cuando corresponda.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Determine el monto y la moneda que transportará
Compruebe si lleva MLC, CUP u otros instrumentos de pago, y verifique si supera los límites aplicables.
- 2
Declare la MLC al entrar, si supera el umbral
Al ingresar a Cuba, declare ante la Aduana toda suma superior a 5.000 USD o su equivalente en otras monedas libremente convertibles.
- 3
Solicite autorización si exportará más de 5.000 USD
Presente ante el Banco Central de Cuba la documentación que demuestre el origen lícito de los fondos para obtener la autorización previa.
- 4
Presente los respaldos ante la Aduana al salir
Si exporta una suma superior al límite de MLC, entregue la autorización del BCC o el documento que acredite la importación lícita declarada anteriormente.
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Declaración aduanera de los fondos, cuando proceda, o autorización del Banco Central de Cuba para exportar más de 5.000 USD o su equivalente en MLC.
Casos especiales
- Las personas extranjeras con residencia temporal en Cuba y permiso de trabajo, que perciban ingresos en MLC, pueden exportar más de 5.000 USD o su equivalente si cuentan con autorización del BCC o prueba de importación lícita. También pueden enviar remesas al exterior mediante transferencias bancarias.
- Los coleccionistas residentes en el extranjero que introduzcan monedas, billetes sin curso legal, medallas, órdenes, condecoraciones o fichas deben presentar una declaración jurada ante la Aduana y conservarla para solicitar la posterior salida de la colección.
- El dinero desmonetizado y el dinero extranjero en circulación no requieren autorización de exportación como bienes culturales. Las piezas numismáticas y patrimoniales pueden estar sujetas a autorizaciones específicas o tener prohibida su exportación.
Preguntas frecuentes
¿Existe un límite para entrar a Cuba con moneda libremente convertible?
La importación de MLC está permitida sin un tope máximo, pero toda suma superior a 5.000 USD o su equivalente debe declararse obligatoriamente ante la Aduana de Cuba.
¿Qué ocurre si intento sacar de Cuba más MLC de la permitida sin autorización?
La Aduana puede decomisar el dinero, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que puedan corresponder.
¿Puedo llevar más de 5.000 CUP al entrar o salir de Cuba?
No. El máximo autorizado para importar o exportar pesos cubanos es de 5.000 CUP.
¿Puedo enviar pesos cubanos por correo o paquetería?
No. Está prohibido importar o exportar CUP en efectivo, así como los instrumentos de pago o títulos de crédito indicados, mediante envíos postales, aéreos o marítimos.
¿Qué sucede si viajo con frecuencia con dinero, aunque no exceda el límite?
La Aduana puede pedir información adicional sobre el origen o destino de los fondos y comunicar el caso a la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras del BCC si aprecia indicios de movimientos irregulares.
Fundamento legal
La Resolución 124 de 2020 del Banco Central de Cuba regula la importación y exportación de MLC por personas naturales. La Resolución 79 de 2022 establece el límite para CUP. También resultan aplicables las normas sobre prevención de movimientos ilícitos de capitales y las regulaciones de patrimonio cultural para bienes numismáticos.
Fuentes oficiales
- Resolución 124 de 2020 del Banco Central de CubaGaceta Oficial2020
- Resolución 79 de 2022 del Banco Central de CubaGaceta Oficial2022
- Decreto-Ley 317 de 2013 del Consejo de EstadoGaceta Oficial2014
- Resolución 18 de 2022 del Ministerio de CulturaGaceta Oficial2022
- Banco Central de CubaOrganismo oficial




