Trabajo

¿Cómo solicitar la licencia de pesca comercial acuícola?

Obtén la licencia para realizar pesca comercial acuícola en cuerpos de agua naturales o artificiales, con requisitos distintos para solicitantes estatales y no estatales.

Ministerio de la Agricultura
EntidadMinisterio de la Agricultura
ModalidadA través de representante · En línea · Presencial
CosteNo estatal: 150.00 CUP anuales. Estatal: 2.00 CUP anuales por cada hectárea entera o fracción de espejo de agua declarada. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoIsla de la Juventud, Nacional

Información general

La licencia de pesca comercial acuícola autoriza el desarrollo de esta actividad en acuatorios naturales o artificiales. Puede solicitarse por personas naturales o jurídicas, tanto estatales como no estatales, conforme al tipo de explotación.

La documentación, la vía de presentación y la tarifa varían según la condición estatal o no estatal del solicitante.

Desarrollo del trámite

No pueden obtener esta licencia quienes registren violaciones del régimen de pesca durante los cinco años previos a la solicitud.

Las solicitudes no estatales se canalizan mediante la entidad pesquera, que las presenta ante la dirección provincial de la Oficina Nacional de Inspección Estatal (ONIE) correspondiente, o ante la representación de Isla de la Juventud. Las solicitudes estatales se presentan directamente en esa instancia.

Para el sector estatal, el listado certificado de acuatorios mantiene su validez durante cinco años naturales, siempre que no ocurran cambios significativos de origen natural o humano que afecten el ecosistema y la biomasa.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales o jurídicas que realicen pesca comercial acuícola en cuerpos de agua naturales o artificiales.
  • Solicitantes estatales o no estatales.
  • No haber incurrido en violaciones del régimen de pesca durante los cinco años anteriores a la solicitud.

Requisitos

  • Presentar la solicitud según la condición estatal o no estatal del interesado.
  • Cumplir con la condición de no tener antecedentes de infracciones del régimen de pesca en los últimos cinco años.

Documentos necesarios

  • Solicitud no estatal: datos de identidad y domicilio del solicitante.
  • Solicitud no estatal: certificación actualizada de no adeudo fiscal.
  • Solicitud no estatal: contrato con la empresa estatal acuícola.
  • Solicitud no estatal: certificado de pago del impuesto sobre la propiedad de la embarcación, cuando corresponda.
  • Solicitud estatal: listado certificado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos de los acuatorios a explotar durante el año natural, con su superficie en hectáreas.
  • Solicitud estatal: datos de identidad y domicilio del solicitante.
  • Solicitud estatal: certificación actualizada de no adeudo fiscal.
  • Solicitud estatal: listado de las embarcaciones destinadas a la actividad.
  • Solicitud estatal: certificado de pago del impuesto sobre la propiedad de las embarcaciones.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Compruebe que cumple las condiciones

    Verifique que no tiene antecedentes de violaciones del régimen de pesca en los cinco años previos y reúna los documentos exigidos para su modalidad.

  2. 2

    Presente la solicitud

    Si es solicitante no estatal, entregue la solicitud al ente pesquero para su presentación ante la ONIE. Si es estatal, preséntela directamente en la dirección provincial de la ONIE o en Isla de la Juventud, según corresponda.

  3. 3

    Solicite en línea si utiliza esta modalidad

    Complete el formulario oficial correspondiente al tipo de licencia solicitada.

    Abrir enlace oficial
  4. 4

    Espere la decisión

    La autoridad competente dispone de hasta 30 días hábiles para conceder o denegar la autorización.

Precio o coste

ImporteNo estatal: 150.00 CUP anuales. Estatal: 2.00 CUP anuales por cada hectárea entera o fracción de espejo de agua declarada.
MonedaCUP
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesLa tarifa estatal se calcula según las hectáreas declaradas.

¿Dónde se realiza?

OficinaDirecciones provinciales de la ONIE o representación del municipio especial Isla de la Juventud
HorarioHorario laboral
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Licencia de pesca comercial acuícola, si la autorización es concedida.

Casos especiales

  • El listado estatal de acuatorios tiene vigencia de cinco años naturales si no hay alteraciones significativas que afecten el ecosistema o la biomasa.
  • Puede solicitarse duplicado por cambio de propiedad, de capitán o patrón, aumento de plazas autorizadas, pérdida, extravío, deterioro u otra causa justificada.
  • El duplicado cuesta 20.00 CUP para nacionales y extranjeros residentes permanentes, y 240.00 CUP para extranjeros residentes temporales.
  • Durante la vigencia de la licencia pueden tramitarse excepcionalmente cambios de titularidad por cambio de propiedad, capitán o patrón.
  • Para cambiar la titularidad debe presentarse una solicitud escrita y firmada por el representante legal, con la información requerida para embarcaciones de pesca comercial y la causa del cambio.
  • La respuesta a una solicitud de cambio de titularidad no debe superar 15 días naturales. Tras cancelar la licencia anterior, la ONIE emite una nueva licencia.

Preguntas frecuentes

¿Dónde se presenta una solicitud no estatal?

El propietario de la embarcación o su representante legal la presenta ante la entidad pesquera, que la tramita ante la dirección provincial de la ONIE o la representación de Isla de la Juventud que corresponda.

¿Cómo se solicita la licencia estatal por internet?

Puede utilizarse el formulario oficial de la ONIE destinado a la licencia de pesca comercial acuícola estatal.

¿Cuándo procede un duplicado de la licencia?

Puede pedirse ante cambios de propiedad, capitán o patrón; aumento de plazas autorizadas; pérdida, extravío o deterioro del documento, u otra causa justificada.

¿Cuál es el plazo para un cambio de titularidad?

La respuesta no debe exceder los 15 días naturales desde la presentación o recepción de la solicitud.

Fundamento legal

La Resolución 18 de 2020 del Ministerio de la Industria Alimentaria regula el procedimiento para otorgar autorizaciones de pesca en Cuba. La Resolución 132 de 2020 modifica las tarifas aplicables a esas autorizaciones.

Fuentes oficiales

CompartirFacebookWhatsAppTelegramCorreo
¿Encontraste información desactualizada?