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¿Cómo trasladar a Cuba el cuerpo o las cenizas de un ciudadano cubano fallecido en el exterior?

Gestión para repatriar a Cuba el cadáver, las cenizas o los restos de un ciudadano cubano fallecido fuera del país, con documentos del país de defunción, legalizaciones y actuación consular.

Consulados de Cuba en el exterior
EntidadConsulados de Cuba en el exterior
ModalidadDesde el exterior · Presencial
CosteLa transcripción de defunción no tiene costo. La legalización consular de cada documento cuesta 55,00 USD, 55,00 EUR o 70 USD cuando la solicitud se realiza en Estados Unidos. USD, EUR
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoExterior, La Habana, Todas las provincias

Información general

Cuando un ciudadano cubano fallece durante una estancia o residencia en el extranjero, sus familiares pueden organizar el traslado a Cuba del cuerpo, las cenizas o, cuando corresponda, los restos exhumados.

El proceso exige coordinar a las autoridades locales, la funeraria, el consulado cubano y la aerolínea. Además de gestionar la transcripción consular de la defunción, deben reunirse y legalizarse los documentos exigidos según la modalidad de traslado.

Desarrollo del trámite

Los requisitos concretos pueden variar por el país donde ocurrió el fallecimiento y por sus circunstancias. Antes de contratar el transporte, consulte con el consulado cubano con jurisdicción, la funeraria que realiza la preparación y la aerolínea que operará el traslado.

Para un cadáver, los familiares en Cuba deben comunicarse también con la funeraria de Calzada y K, en La Habana, que orienta sobre la entrada al país y la conducción posterior al cementerio. Si se trasladan cenizas y no se depositarán en un cementerio, no es necesario contactar esa funeraria.

Los documentos emitidos en el país del fallecimiento deben pasar por las legalizaciones exigidas por las autoridades de ese país y su Ministerio de Relaciones Exteriores, además de la legalización consular cubana cuando corresponda. Si el certificado de defunción está redactado en otro idioma, para la transcripción se requiere traducción certificada y legalizada al español.

Las aerolíneas pueden establecer condiciones propias. Consulte con antelación la disponibilidad del servicio para cadáveres, los documentos admitidos, las condiciones del ataúd o de la urna y los importes aplicables. Las cenizas deben viajar en una urna sellada herméticamente por el establecimiento que realizó la cremación. Para un ataúd procedente del exterior, debe comprobarse previamente que sus dimensiones permitan la inhumación en el lugar previsto.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Familiares o personas con capacidad legal para actuar por un ciudadano cubano fallecido en el extranjero.
  • Casos en que se pretenda trasladar a Cuba el cadáver, las cenizas o restos exhumados de la persona fallecida.

Requisitos

  • Contactar al consulado de Cuba competente en el país donde ocurrió el fallecimiento para conocer las exigencias aplicables.
  • Coordinar la preparación y el traslado con funerarias del país de origen y, en caso de cadáver, con la funeraria de Calzada y K en La Habana.
  • Obtener y legalizar los documentos requeridos ante las autoridades del país de origen, su Ministerio de Relaciones Exteriores y el consulado cubano, según corresponda.
  • Consultar con la aerolínea las condiciones, documentación y costos del transporte.
  • Presentar una traducción certificada y legalizada al español si el certificado de defunción está en otro idioma.
  • Usar una urna herméticamente sellada por el establecimiento de cremación cuando se trasladen cenizas.
  • Comprobar las dimensiones del ataúd antes de la inhumación en Cuba cuando el cadáver llegue desde el extranjero.

Documentos necesarios

  • Para cenizas: dos certificados originales de defunción del Registro Civil local, legalizados por las autoridades competentes, el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y el consulado cubano.
  • Para cenizas: certificado de defunción expedido por el consulado de Cuba, en original.
  • Para cenizas: certificado original de cremación, legalizado por las autoridades competentes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el consulado cubano.
  • Para cadáver: certificado original de defunción del Registro Civil local, legalizado por las autoridades competentes, el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y el consulado cubano.
  • Para cadáver: certificado de defunción expedido por el consulado de Cuba, en original.
  • Para cadáver: certificado original de embalsamamiento emitido por la autoridad sanitaria local y legalizado por las autoridades competentes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el consulado cubano.
  • Para cadáver: autorización original de traslado internacional del cuerpo emitida por la autoridad sanitaria local y legalizada por las autoridades competentes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el consulado cubano.
  • Para ambas modalidades: copia de la página de datos y fotografía del pasaporte de la persona fallecida o copia de su carné de identidad cubano.
  • Para la transcripción consular: modelo de transcripción de defunción, completado y firmado por un familiar o persona legalmente facultada.
  • Para la transcripción consular: dos certificados de defunción del Registro Civil del país de fallecimiento, legalizados por las autoridades competentes y el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país.
  • Para la transcripción consular: certificado médico de defunción con la causa de muerte, únicamente si esta no figura en el certificado de defunción; no requiere legalización.
  • Para la transcripción consular: certificado de cremación o de exhumación, según el caso, legalizado por las autoridades competentes y el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen.
  • Para la transcripción consular: pasaporte cubano de la persona fallecida o copia de su primera página.
  • Para la transcripción consular: certificado de nacimiento de la persona fallecida o declaración del tomo, folio y lugar de inscripción del nacimiento.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Solicite orientación y coordine a las entidades implicadas

    Contacte al consulado cubano de la jurisdicción, a la funeraria del país donde ocurrió el deceso y a la aerolínea. Si se trasladará un cadáver, los familiares en Cuba deben contactar además con la funeraria de Calzada y K.

    Abrir enlace oficial
  2. 2

    Reúna los documentos del país de fallecimiento

    Obtenga los certificados de defunción y, según la modalidad, los certificados de cremación, embalsamamiento, exhumación o la autorización sanitaria de traslado.

  3. 3

    Legalice la documentación

    Realice las legalizaciones requeridas ante las autoridades competentes y el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen. Gestione también la legalización en el consulado cubano cuando sea exigible.

  4. 4

    Transcriba la defunción en el consulado cubano

    El familiar o persona facultada presenta el modelo de transcripción y la documentación correspondiente. Esta gestión permite registrar posteriormente la defunción en Cuba.

    Abrir enlace oficial
  5. 5

    Contrate y ejecute el transporte

    Confirme con la aerolínea la aceptación del cadáver o la urna, sus condiciones de transporte y los documentos que solicitará. Coordine la recepción en Cuba y, si procede, la inhumación o el depósito de la urna.

Precio o coste

ImporteLa transcripción de defunción no tiene costo. La legalización consular de cada documento cuesta 55,00 USD, 55,00 EUR o 70 USD cuando la solicitud se realiza en Estados Unidos.
MonedaUSD, EUR
Forma de pagoPago del arancel consular por cada legalización de firma efectuada por el funcionario consular.
Actualizado
ObservacionesLos gastos funerarios, las legalizaciones en el país de origen y el transporte aéreo dependen del país, la funeraria y la aerolínea. El material indica que el traslado de cenizas no tiene costo con la aerolínea, pero deben confirmarse sus condiciones antes de viajar.

¿Dónde se realiza?

OficinaFuneraria de Calzada y K, para orientación en Cuba sobre el ingreso y traslado de cadáveres y, cuando corresponda, cenizas.
DirecciónCalzada y K, Vedado, Plaza de la Revolución, La Habana, Cuba.
Teléfono7832 0561 / 7832 0562
HorarioPara la transcripción de defunción en el consulado: lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.
Sitio oficial

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

No se informa un sistema de citas. Contacte previamente al consulado cubano y a la aerolínea para confirmar la atención y las condiciones aplicables.

¿Qué obtiene el solicitante?

Transcripción consular de la defunción para su registro posterior en Cuba y documentación preparada para gestionar el traslado autorizado del cadáver, las cenizas o los restos.

Casos especiales

  • Si el certificado de defunción no expresa la causa de muerte, debe aportarse un certificado médico de defunción con esa información; este documento no requiere legalización.
  • Para trasladar restos, se presenta un certificado de exhumación legalizado en lugar del certificado de cremación.
  • Cuando las cenizas no se depositarán en un cementerio, no es necesario contactar con la funeraria de Calzada y K.
  • Si existe un seguro de viaje que cubra repatriación por fallecimiento, la familia debe consultar directamente con la aseguradora sobre la cobertura y el procedimiento.

Preguntas frecuentes

¿Por qué se solicitan dos certificados de defunción?

Uno se utiliza para la inscripción consular y su posterior registro en Cuba. El otro, legalizado en el consulado, queda disponible para continuar las gestiones vinculadas al traslado.

¿Puede llevarse una urna con cenizas en un vuelo hacia Cuba?

Generalmente las aerolíneas aceptan las cenizas, habitualmente como equipaje de mano. Antes de comprar el pasaje, confirme con la compañía las dimensiones, el material de la urna y demás condiciones. La urna debe estar sellada herméticamente.

¿Las aerolíneas trasladan ataúdes con destino a Cuba?

Pueden ofrecer ese servicio, pero debe confirmarlo previamente con la aerolínea, junto con la documentación requerida y el costo del transporte.

¿Es más económico trasladar cenizas que un cadáver?

El traslado de un cadáver suele requerir más procedimientos y gastos. Los costos concretos deben verificarse con la funeraria, las autoridades del país de origen y la aerolínea.

Fundamento legal

Las Normas Técnicas de los Cementerios en Cuba contemplan la intervención de la funeraria de Calzada y K en traslados internacionales y exigen considerar las dimensiones del ataúd llegado del extranjero antes del entierro. La transcripción consular permite la posterior inscripción de la defunción en el Registro Especial del Ministerio de Justicia para actos y hechos ocurridos en el exterior.

Fuentes oficiales

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