Migración

¿Cuáles son las tarifas de los servicios jurídicos migratorios en Cuba?

Consulta las tarifas en CUP y USD de servicios jurídicos migratorios para extranjeros, cubanos residentes permanentes en el exterior y determinados destinatarios en Cuba.

Consultoría Jurídica Internacional
EntidadConsultoría Jurídica Internacional
ModalidadDesde el exterior · En línea · Presencial
CosteVaría según el servicio: de 625 a 8 125 CUP, o de 26 a 339 USD. CUP, USD o MLC según corresponda
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

Los servicios jurídicos vinculados a trámites migratorios tienen tarifas diferenciadas según la gestión solicitada. Los importes se fijan en pesos cubanos (CUP) y en dólares estadounidenses (USD).

Esta información abarca, entre otros servicios, cambios de condición o clasificación migratoria, prórrogas de estancia, residencias de extranjeros, pasaportes de cubanos residentes en el exterior y consultas migratorias.

Desarrollo del trámite

Las tarifas aplicables son las siguientes:

| Servicio | CUP | USD |
|---|---:|---:|
| Cambio de condición migratoria | 8 125 | 339 |
| Prórroga de estancia de extranjeros en Cuba | 3 500 | 146 |
| Prórroga de estancia en Cuba | 750 | 31 |
| Cambio de clasificación migratoria de extranjeros en Cuba | 3 125 | 130 |
| Prórroga de estancia A-2 | 2 500 | 104 |
| Obtención de residencia temporal de extranjeros en Cuba | 5 000 | 208 |
| Obtención de residencia permanente de extranjeros en Cuba | 5 000 | 208 |
| Obtención de pasaporte de ciudadano cubano residente en el exterior | 5 625 | 234 |
| Prórroga de pasaporte de ciudadano cubano residente en el exterior | 2 000 | 83 |
| Consulta sobre trámites migratorios | 625 | 26 |

Cuando el pago se realice en una moneda libremente convertible distinta del USD, se toma como referencia su equivalencia en USD. La moneda de pago depende de quién contrata el servicio y de quién recibe su resultado.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales extranjeras.
  • Ciudadanos cubanos residentes permanentes en el exterior.
  • Personas jurídicas constituidas conforme a legislación extranjera.
  • Residentes permanentes en el territorio nacional, cuando sean destinatarios del servicio o cuando solicitante y destinatario tengan esa condición.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Identifique el servicio migratorio

    Determine la gestión que necesita realizar y revise la tarifa correspondiente en CUP y USD.

  2. 2

    Seleccione la entidad de prestación

    Acuda o contacte a un bufete internacional, al Bufete Especializado de Servicios (BES) o, si se encuentra fuera de Cuba, a una oficina consular cubana.

  3. 3

    Confirme la forma de pago

    Verifique la moneda aplicable según la condición del solicitante y del destinatario antes de contratar el servicio.

  4. 4

    Solicite orientación sobre los requisitos

    Pida a la entidad prestadora los documentos y condiciones específicos del trámite migratorio que realizará.

Precio o coste

ImporteVaría según el servicio: de 625 a 8 125 CUP, o de 26 a 339 USD.
MonedaCUP, USD o MLC según corresponda
Forma de pagoSi solicitante y destinatario son personas extranjeras, residentes permanentes en el exterior o personas jurídicas extranjeras, se paga en USD o MLC aceptada por el Banco Central de Cuba. Si ambos son residentes permanentes en Cuba, puede pagarse en CUP o, a solicitud del cliente, en moneda extranjera aceptada.
Actualizado
ObservacionesLas MLC distintas del USD se aceptan conforme a su equivalencia en USD.

¿Dónde se realiza?

OficinaConsultoría Jurídica Internacional S.A.; Bufete Internacional S.A.; Consultores y Abogados Internacionales (CONABI); Consultores Legales y Agentes de Invenciones y Marcas (CLAIM S.A.); Agentes de la Propiedad Industrial (LEX S.A.); Consultoría Jurídica TRANSCONSUL S.A.; Bufete Especializado de Servicios (BES)

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

El material no precisa si es necesaria cita previa. Confírmelo directamente con la entidad prestadora o la oficina consular correspondiente.

¿Qué obtiene el solicitante?

Contratación y pago del servicio jurídico migratorio seleccionado; la gestión concreta produce el resultado que corresponda, como prórroga, cambio migratorio, residencia, pasaporte o consulta.

Casos especiales

  • Para obtener un pasaporte cubano como residente en el exterior durante una estancia en Cuba, la información disponible al 12 de enero de 2026 indica que el servicio solo se presta en Consultoría Jurídica.
  • Cuando el solicitante sea extranjero, residente permanente en el exterior o persona jurídica extranjera y el destinatario resida permanentemente en Cuba, el pago se efectúa en USD o MLC aceptada.
  • Si solicitante y destinatario son residentes permanentes en Cuba, el pago puede hacerse en CUP; también puede usarse moneda extranjera aceptada si el cliente lo solicita.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pagar en una moneda distinta del dólar estadounidense?

Sí. Pueden utilizarse otras monedas libremente convertibles aceptadas por el Banco Central de Cuba, aplicando su equivalente en USD cuando esa no sea la moneda de pago.

¿Las tarifas incluyen todos los requisitos del trámite migratorio?

No. La tabla establece el precio de cada servicio jurídico; los documentos y condiciones deben confirmarse con la entidad que lo presta.

¿Dónde se tramita desde otro país?

Las personas que se encuentren fuera de Cuba pueden gestionar estos servicios mediante las oficinas consulares cubanas.

Fundamento legal

La Resolución 486 de 2025 del Ministerio de Justicia actualiza las tarifas y modalidades de cobro de estos servicios jurídicos para personas extranjeras y cubanos residentes permanentes en el exterior. Fue publicada en la Gaceta Oficial No. 95 Extraordinaria de 2025.

Fuentes oficiales

CompartirFacebookWhatsAppTelegramCorreo
¿Encontraste información desactualizada?