Migración

¿Cómo solicitar la visa IR-5 para padres de ciudadanos estadounidenses?

La visa IR-5 permite que un ciudadano estadounidense de 21 años o más solicite la residencia permanente en Estados Unidos para su madre, padre o ambos, mediante una petición individual para cada beneficiario.

Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
EntidadServicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
ModalidadEn línea · Por correo electrónico · Presencial
CosteI-130: 535 USD; procesamiento de visa de inmigrante: 325 USD por persona; Declaración Jurada de Apoyo: 120 USD; Tarifa de Inmigrante de USCIS: 220 USD. Examen médico en Cuba: 280 MLC (33.600 CUP) desde 18 años; 140 MLC (16.800 CUP) de 2 a 17 años; gratuito para menores de 2 años. USD, MLC y CUP
Requiere cita
Tiempo estimadoLa revisión documental del NVC puede tomar de 2 a 3 meses después de que se completen pagos, formularios y documentos.
ÁmbitoExterior, La Habana, Todas las provincias

Información general

La categoría IR-5 es una visa de inmigrante familiar destinada al padre o la madre de un ciudadano estadounidense. Su finalidad es permitir que el beneficiario viaje a Estados Unidos para residir permanentemente.

El ciudadano estadounidense inicia el caso ante USCIS con el Formulario I-130. Tras la aprobación, el Centro Nacional de Visas (NVC) gestiona los pagos, formularios y documentos antes de asignar la entrevista consular.

Desarrollo del trámite

El peticionario debe ser ciudadano estadounidense, tener al menos 21 años y demostrar la relación familiar. Los residentes permanentes no pueden presentar una petición IR-5 para sus padres. Si se solicita a ambos progenitores, debe abrirse un caso independiente para cada uno.

La presentación del I-130 puede realizarse por internet mediante una cuenta de USCIS o por correo postal. La vía digital permite cargar evidencias, pagar y seguir el expediente desde la cuenta. Después de la aprobación, el NVC remite una carta de bienvenida con el número de caso y el Invoice ID para operar en CEAC.

El beneficiario debe completar el DS-260 en inglés, presentar los documentos civiles requeridos y asistir al examen médico y a la entrevista cuando reciba la cita. La entrevista en La Habana depende de la programación del NVC y de la disponibilidad consular. Una aprobación no elimina la obligación de pagar la Tarifa de Inmigrante de USCIS antes del viaje.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Ciudadanos estadounidenses que tengan 21 años o más.
  • Peticionarios con domicilio principal en Estados Unidos.
  • Padre o madre extranjero del ciudadano estadounidense.
  • Cada padre o madre debe figurar en una petición independiente.
  • El peticionario debe poder demostrar el vínculo filial y cumplir las exigencias de patrocinio económico.

Requisitos

  • Crear una cuenta en USCIS si se presenta el Formulario I-130 por internet.
  • Presentar un Formulario I-130 separado por cada padre o madre.
  • Completar la Declaración Jurada de Apoyo Financiero, Formulario I-864, durante la etapa del NVC.
  • Completar en línea y en inglés el Formulario DS-260 por parte del beneficiario.
  • Realizar el examen médico en un hospital autorizado antes de la entrevista.
  • Asistir a la entrevista consular en la fecha indicada por el NVC.
  • Pagar la Tarifa de Inmigrante de USCIS antes de viajar si la visa es aprobada.

Documentos necesarios

  • Prueba de ciudadanía estadounidense del peticionario.
  • Certificado de nacimiento que demuestre la relación entre el peticionario y el padre o madre.
  • Fotografía tipo pasaporte para la petición I-130.
  • Traducción al inglés de los documentos que no estén en ese idioma, cuando corresponda.
  • Documentos financieros del patrocinador para la Declaración Jurada de Apoyo, incluidos registros o declaraciones fiscales según el caso.
  • Pasaporte vigente del beneficiario y copia de la página biográfica.
  • Certificado de nacimiento del beneficiario, original o copia certificada.
  • Certificados de matrimonio, divorcio o defunción del cónyuge, cuando proceda.
  • Antecedentes penales y registros judiciales o penitenciarios cuando correspondan.
  • Registro militar, si el beneficiario prestó servicio militar.
  • Página de confirmación del DS-260.
  • Notificación de la cita de entrevista.
  • Dos fotografías a color de 50 mm por 50 mm, con fondo blanco, para la entrevista.
  • Sobre sellado del examen médico.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Presentar la petición familiar ante USCIS

    El ciudadano estadounidense presenta el Formulario I-130, adjunta las pruebas de ciudadanía y parentesco, firma y paga la tarifa. Puede hacerlo en línea desde su cuenta de USCIS o por correo postal.

    Abrir enlace oficial
  2. 2

    Esperar la decisión de USCIS

    USCIS comunica la aprobación o denegación. Si aprueba la petición, remite el caso al Centro Nacional de Visas para la siguiente fase.

  3. 3

    Abrir y gestionar el caso en CEAC

    Tras recibir la carta de bienvenida del NVC, use el número de caso y el Invoice ID para pagar las tarifas habilitadas y completar los trámites del expediente.

    Abrir enlace oficial
  4. 4

    Presentar patrocinio económico y solicitud de visa

    El peticionario presenta el I-864 y la evidencia financiera. El padre o madre completa el DS-260, carga los documentos civiles y envía el expediente cuando CEAC habilite la opción.

    Abrir enlace oficial
  5. 5

    Esperar la revisión documental y la cita

    El NVC revisa que el caso esté documentalmente completo y programa la entrevista según la disponibilidad. La fecha, hora e instrucciones se notifican por correo electrónico.

  6. 6

    Realizar el examen médico

    Con la notificación de entrevista, solicite turno en uno de los hospitales autorizados. Lleve los documentos exigidos, incluido el resumen de historia clínica y la confirmación del DS-260. No abra el sobre sellado entregado al terminar.

  7. 7

    Asistir a la entrevista consular

    Preséntese en la Embajada de Estados Unidos en La Habana con el pasaporte, las fotografías, la carta de cita, el examen médico y los originales y copias certificadas de los documentos cargados en CEAC.

  8. 8

    Pagar la tarifa de inmigrante y viajar

    Si la visa es aprobada, revise los datos impresos, pague en línea la Tarifa de Inmigrante de USCIS con el A-Number y el DOS Case ID, y viaje antes del vencimiento de la visa.

    Abrir enlace oficial

Precio o coste

ImporteI-130: 535 USD; procesamiento de visa de inmigrante: 325 USD por persona; Declaración Jurada de Apoyo: 120 USD; Tarifa de Inmigrante de USCIS: 220 USD. Examen médico en Cuba: 280 MLC (33.600 CUP) desde 18 años; 140 MLC (16.800 CUP) de 2 a 17 años; gratuito para menores de 2 años.
MonedaUSD, MLC y CUP
Forma de pagoEl I-130 en línea se paga mediante Pay.gov con tarjeta de crédito, débito o prepago, o datos de cuenta bancaria estadounidense. Los pagos del NVC se realizan en CEAC con cuenta bancaria estadounidense. El examen médico se paga sin efectivo en banco, Transfermóvil, EnZona o pasarela para tarjetas internacionales, según la modalidad disponible.
Actualizado
ObservacionesLas tarifas pueden modificarse. Si las cuotas de visa fueron abonadas al NVC, no se pagan de nuevo en la Embajada.

¿Dónde se realiza?

OficinaSección Consular de la Embajada de Estados Unidos en La Habana; hospitales autorizados para el examen médico
DirecciónCalzada entre L y M, Vedado, La Habana, Cuba
Teléfono+53 7839-4100
HorarioUSCIS y CEAC están disponibles en línea. La Sección Consular indicada atiende de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. Los turnos y exámenes médicos se rigen por el horario del hospital autorizado.
Sitio oficial

Cita previa

Este trámite requiere cita previa.

No solicite la cita por cuenta propia: espere la notificación con fecha, hora y orientaciones. Si no puede asistir, contacte a la Embajada lo antes posible y siga las instrucciones recibidas para reprogramar.

¿Qué obtiene el solicitante?

La aprobación de la visa de inmigrante IR-5 permite al padre o madre admitido viajar a Estados Unidos para residir permanentemente.

Vigencia y renovación

Por lo general, la visa de inmigrante tiene una vigencia de hasta seis meses desde su emisión, salvo que el vencimiento del examen médico reduzca ese plazo.

Casos especiales

  • Para solicitar al padre y a la madre se requiere una petición I-130 individual para cada uno.
  • Si el ciudadano estadounidense nació fuera de matrimonio y no fue legitimado por su padre antes de los 18 años, puede necesitar evidencia adicional de vínculo emocional o financiero anterior a los 21 años o al matrimonio del hijo, lo que ocurra primero.
  • En una emergencia médica de vida o muerte, puede solicitarse revisión acelerada al NVC si existe disponibilidad de visa.
  • Si el ingreso del peticionario no alcanza el mínimo exigido, puede intervenir un copatrocinador o, en ciertos casos, un integrante del hogar.
  • Algunas solicitudes pueden quedar sujetas a procesamiento administrativo adicional después de la entrevista.
  • La Embajada puede evaluar de forma individual solicitudes excepcionales para presentar una petición directamente en La Habana.

Preguntas frecuentes

¿Un residente permanente puede pedir una visa IR-5 para sus padres?

No. La categoría IR-5 está reservada a peticionarios que sean ciudadanos estadounidenses y tengan al menos 21 años.

¿Cuándo se asigna la entrevista en La Habana?

El NVC agenda la entrevista cuando haya revisado el expediente y esté documentalmente completo, de acuerdo con la capacidad de citas comunicada por la Embajada. La notificación llega por correo electrónico.

¿Qué ocurre si el sobre del examen médico se abre?

No debe abrirse. Si se altera el sobre sellado, será necesario repetir y pagar nuevamente el examen médico.

¿Puedo pagar las tarifas del NVC con tarjeta de crédito?

El material disponible indica que los pagos en línea del NVC se realizan mediante CEAC con fondos de una cuenta bancaria estadounidense; no acepta pagos por correo, cheques personales ni tarjetas de crédito.

¿Qué pasa si no asisto a la entrevista?

Debe comunicarlo a la Embajada cuanto antes. Si no contacta dentro del año posterior a la notificación de cita, el caso puede terminarse y las cuotas pagadas no se devuelven.

Fuentes oficiales

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