Información general
El registro en el Portal Tributario permite a los contribuyentes inscritos en la ONAT acceder a los servicios digitales de la administración tributaria.
El proceso se realiza en el sitio web oficial de la ONAT. La cuenta se crea con datos de identificación tributaria y una contraseña segura.
Desarrollo del trámite
El Portal Tributario está dirigido exclusivamente a personas naturales y jurídicas que ya consten como contribuyentes ante la ONAT. Tras activar la cuenta, se puede entrar con el NIT y la contraseña creada.
Dentro de la sección «Servicios para el Contribuyente» están disponibles opciones como Vector Fiscal, pagos, consultas, modificación de cuotas y suspensiones. El portal también permite consultar información de contacto de oficinas de la ONAT y contenidos sobre tributos y finanzas.
El Vector Fiscal se genera actualizado y se descarga en PDF. La información de pagos consultada mediante el portal también se descarga en ese formato. Desde la plataforma es posible acceder a la descarga de la aplicación APK DJ-08, utilizada para calcular y llenar la declaración jurada de ingresos personales.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas naturales inscritas como contribuyentes en la ONAT.
- Personas jurídicas inscritas como contribuyentes en la ONAT.
Requisitos
- Estar inscrito previamente en la ONAT.
- Disponer de conexión a internet desde un ordenador o dispositivo móvil.
- Crear una contraseña que incluya una letra mayúscula, un número y un símbolo.
Documentos necesarios
- Número de Identificación Tributaria (NIT).
- Código RC-05 de 16 dígitos, sin guiones; aparece en el carné del contribuyente o en el Vector Fiscal.
- Número de teléfono.
- Dirección de correo electrónico.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Accede al sitio oficial de la ONAT
Entra en el portal web de la ONAT desde un ordenador o móvil y selecciona «Iniciar sesión» en la parte superior derecha.
Abrir enlace oficial - 2
Abre el formulario de registro
En la ventana de inicio de sesión, busca y selecciona la opción «Registrarse».
- 3
Completa tus datos
Introduce el NIT, el código RC-05 sin guiones, teléfono, correo electrónico y una contraseña que cumpla las condiciones de seguridad. Confirma la contraseña y revisa los datos obligatorios antes de aceptar.
- 4
Inicia sesión
Cuando finalice el registro, vuelve a «Iniciar sesión», escribe tu NIT y la contraseña elegida, y confirma el acceso.
- 5
Consulta los servicios disponibles
Accede a «Servicios para el Contribuyente» para usar las opciones habilitadas. Cierra la sesión al terminar.
Precio o coste
| Importe | 0 |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | |
| Actualizado | |
| Observaciones | El registro no tiene costo. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
No se ha indicado que requiera cita previa.
No se informa la necesidad de cita para el registro en línea.
¿Qué obtiene el solicitante?
Cuenta de acceso al Portal Tributario de la ONAT para utilizar los servicios digitales para contribuyentes.
Casos especiales
- Si el sistema muestra el mensaje «NIT debe ser único», ya existe una cuenta asociada a ese NIT.
- Para actualizar los datos de acceso cuando existe un registro previo, solicita la eliminación del usuario por correo a [email protected] e incluye tu NIT.
- El servicio de consultas clasifica los planteamientos como consulta, discrepancia o sugerencia, queja o denuncia.
Preguntas frecuentes
¿Qué servicios puedo usar después de registrarme?
El portal ofrece servicios de Vector Fiscal, pagos, consultas, modificación de cuotas y suspensiones. También incluye información tributaria y datos de contacto de oficinas de la ONAT.
¿Cómo descargo el Vector Fiscal?
Después de iniciar sesión, selecciona el servicio Vector Fiscal y espera el procesamiento. El documento se descarga automáticamente en PDF con la información actualizada.
¿Cómo consulto los pagos realizados?
Selecciona el servicio de pagos dentro del portal. Tras procesarse la solicitud, se descarga un PDF con la información de los pagos.
¿Qué hago si aparece el error «NIT debe ser único»?
Ese aviso indica que tu NIT ya fue registrado. Para modificar los datos de acceso, envía una solicitud de eliminación de usuario a [email protected] e indica tu NIT.
Fundamento legal
El Decreto 308/2012 establece el Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios. La Resolución No. 90 de 2014 regula la tramitación de planteamientos en la ONAT. La Resolución 335 de 2020 actualiza el tratamiento tributario aplicable a determinados contribuyentes vinculados a entidades extranjeras acreditadas en Cuba.




