Impuestos

¿Cómo pagar el impuesto sobre documentos públicos?

Paga el impuesto aplicable a certificaciones, trámites, licencias y otros documentos públicos mediante Transfermóvil, modelo CR-09, sellos en Correos o pago en la entidad autorizada.

Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT)
EntidadOficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT)
ModalidadEn línea · Por correo electrónico · Presencial
CosteNo indicado
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimadoInmediato una vez efectuado el pago.
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

El impuesto sobre documentos públicos se exige para determinados servicios, certificaciones, licencias y actuaciones registrales o notariales. El importe depende del documento y de la condición del sujeto obligado.

El pago puede acreditarse sin presentar sellos físicos, mediante alternativas electrónicas, bancarias o presenciales habilitadas. Para certificaciones de registros públicos y documentos destinados al exterior no se requiere sello impreso desde diciembre de 2023.

Desarrollo del trámite

Transfermóvil permite adquirir sellos del timbre digitales para servicios notariales y registrales, trámites de pasaporte y carné de identidad, y legalizaciones de documentos para uso fuera de Cuba. El pago también puede realizarse como tributo ante la ONAT en la propia aplicación, usando el código 0730122.

Las oficinas de Correos de Cuba venden sellos impresos y digitales. El sello digital queda vinculado al documento de identidad de la persona beneficiaria del trámite y Correos entrega un comprobante de la compra. Los sellos físicos continúan siendo aceptados cuando corresponda.

Cuando el solicitante no pueda aportar sellos físicos, las entidades autorizadas pueden cobrar en efectivo o por vía electrónica y acreditar virtualmente el pago. Esta posibilidad incluye servicios notariales y registrales, así como determinadas legalizaciones para efectos en el exterior.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales que deban abonar el impuesto exigido por un documento público, certificación, trámite o licencia.
  • Personas jurídicas sujetas al impuesto sobre documentos públicos.
  • Personas residentes permanentes y no residentes permanentes, según las cuantías aplicables a su grupo tributario.

Requisitos

  • Para pagar por Transfermóvil, tener instalada una versión actualizada de la aplicación.
  • Tener vinculada a Transfermóvil una tarjeta RED de Banco Metropolitano, Bandec o BPA.
  • Indicar el carné de identidad de la persona beneficiaria del trámite al adquirir sellos digitales.
  • Para el pago mediante el tributo de ONAT en Transfermóvil o con el modelo CR-09, disponer del NIT o, si no se posee, del número de carné de identidad.
  • Realizar una operación independiente por cada trámite o documento cuando se compren sellos digitales en Transfermóvil.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad de la persona beneficiaria del trámite.
  • Número de Identificación Tributaria (NIT), cuando se utilice el pago tributario de ONAT o el modelo CR-09.
  • Modelo CR-09 completado, si el pago se hará en una sucursal bancaria.
  • Comprobante de Transfermóvil por SMS o en la carpeta de pagos de la aplicación, si se pagó electrónicamente.
  • Comprobante de compra emitido por Correos de Cuba, si se adquirieron sellos digitales en esa entidad.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Confirma el importe y la vía de pago admitida

    Verifica con la entidad que prestará el servicio el valor del impuesto y si admite sello digital, sello físico, efectivo o pago electrónico.

  2. 2

    Paga por Transfermóvil

    Entra en Inicio, selecciona tu banco y autentícate. Ve a Operaciones, selecciona Pagar ONAT y escoge Sellos del Timbre. Completa los datos del beneficiario, provincia, municipio, entidad, denominaciones y monto; revisa y confirma.

  3. 3

    Conserva la confirmación electrónica

    Guarda el SMS recibido al finalizar la operación. Este mensaje acredita el pago y puede ser solicitado por el funcionario.

  4. 4

    Usa la alternativa tributaria de ONAT si corresponde

    En Pagar ONAT selecciona Pago mediante NIT o Carné de identidad, registra el NIT o carné, el territorio y el tributo 0730122 —Impuesto sobre documentos (Sellos del Timbre)—, completa el período y el importe, y confirma.

    Abrir enlace oficial
  5. 5

    Paga en banco con el modelo CR-09, si eliges esta modalidad

    Solicita o descarga el modelo, marca la opción de pago y consigna el NIT o carné, el código 0730122, el importe y los demás campos requeridos. Preséntalo para pagar en Banco Metropolitano, Bandec o BPA.

    Abrir enlace oficial
  6. 6

    Compra en Correos o paga ante la entidad prestadora

    Puedes comprar sellos impresos o digitales en una oficina de Correos. Si la entidad está autorizada y no aportas sellos físicos, entrega el importe en efectivo o utiliza el pago electrónico disponible; solicita la constancia del abono.

Precio o coste

Importe
MonedaCUP
Forma de pagoEl importe depende de la cuantía fijada para el documento o trámite y del grupo tributario aplicable. Los pagos electrónicos tienen un descuento informado del 3% del importe.
Actualizado
ObservacionesGrupo 1: entidades estatales, sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, determinados sujetos económicos, cooperativas, organizaciones, asociaciones y personas naturales residentes permanentes. Grupo 2: representaciones de personas jurídicas extranjeras radicadas en Cuba y personas naturales no residentes permanentes.

¿Dónde se realiza?

OficinaOficinas de Correos, sucursales de Banco Metropolitano, Bandec o BPA, notarías, registros y oficinas competentes.
HorarioTransfermóvil opera en línea las 24 horas. La atención presencial depende del horario de cada oficina.
Sitio oficial

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

No se informa la necesidad de cita para efectuar el pago. El trámite principal puede tener sus propias reglas de atención.

¿Qué obtiene el solicitante?

Pago del impuesto acreditado mediante sello digital, sello físico, comprobante electrónico, nota de pago o constancia incorporada en el documento, según la modalidad utilizada.

Vigencia y renovación

Los sellos digitales adquiridos y no utilizados permanecen activos en el sistema. No son transferibles a otra persona porque se vinculan al carné de identidad del beneficiario.

Casos especiales

  • Para certificaciones de registros públicos, no se exige sello físico desde diciembre de 2023, tanto si producen efectos en Cuba como en el exterior.
  • Los documentos expedidos para surtir efectos fuera de Cuba que serán legalizados ante el MINREX no requieren sello impreso.
  • Se puede comprar un sello digital a nombre de otra persona si se consigna el carné de identidad de quien recibirá el trámite.
  • Si se adquiere una denominación equivocada, debe comprarse el sello correcto para realizar el trámite.
  • La devolución de sellos digitales no utilizados o comprados por error se solicita en la ONAT municipal mediante escrito firmado y los comprobantes de pago. Los contribuyentes deben acudir a la oficina donde están inscritos.
  • En trámites de pasaporte y carné de identidad se admiten sellos digitales adquiridos por Transfermóvil y sellos físicos.

Preguntas frecuentes

¿Debo llevar un sello físico para una certificación registral?

No. Desde diciembre de 2023 no se requiere sello impreso para obtener certificaciones de registros públicos, incluso cuando deban surtir efectos fuera de Cuba.

¿Cómo pruebo el pago realizado por Transfermóvil?

Conserva el SMS de confirmación y el comprobante guardado en la aplicación. La operación también puede quedar registrada en los sistemas de las entidades competentes.

¿Puedo ceder a otra persona un sello digital ya comprado?

No. El sello digital se asocia al carné de identidad del beneficiario. Sin embargo, puedes pagarlo a nombre de otra persona al introducir correctamente su número de identidad.

¿Qué hago si no usaré sellos digitales comprados?

Solicita la devolución en la sede municipal de la ONAT que corresponda. Debes presentar un escrito firmado con tus datos, el importe, fecha y vía de pago, trámite previsto, causa de la solicitud y el comprobante de pago.

Fundamento legal

El impuesto sobre documentos públicos se regula por la Ley No. 113 del Sistema Tributario, modificada por el Decreto-Ley No. 21 de 2020. La Resolución 243 de 2021 regula aspectos de aplicación; la Resolución 685 de 2022 habilita el cobro en efectivo o electrónico en determinados servicios notariales y registrales, y la Resolución 4 de 2023 lo autoriza para servicios de legalización indicados.

Fuentes oficiales

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