Información general
Esta visa permite a ciudadanos cubanos viajar a El Salvador con el respaldo de una persona natural o jurídica radicada en ese país. Puede utilizarse para turismo, visitas familiares, negocios, atención médica, estudios o asistencia a eventos, siempre que no implique residencia ni trabajo.
La persona que invita debe iniciar el expediente ante la oficina de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores salvadoreño. A la vez, el solicitante en Cuba remite sus documentos escaneados al consulado salvadoreño en La Habana y espera la programación de la entrevista.
Desarrollo del trámite
La estancia prevista para esta categoría no debe superar 90 días. La carta de respaldo puede ser emitida por un familiar o amigo salvadoreño, un extranjero residente en El Salvador, o una entidad o institución.
La carta se dirige al Director General del Servicio Exterior y debe explicar el motivo de la invitación. Debe completarse digitalmente conforme al modelo correspondiente, sin alteraciones ni errores; los nombres de invitante e invitado tienen que coincidir íntegramente con sus documentos de identidad. La firma de quien invita debe ser autenticada por notario salvadoreño.
La documentación remitida al consulado debe estar escaneada y ser legible; no se aceptan fotografías de los documentos. El consulado puede solicitar documentos adicionales durante la entrevista. La fecha de la cita se organiza teniendo en cuenta el itinerario de vuelo presentado.
No conviene comprar el pasaje definitivo antes de obtener el visado: debe presentarse una reserva de vuelo y disponer de un boleto no garantiza la aprobación.
¿Quién puede solicitarlo?
- Ciudadanos cubanos que soliciten ingresar a El Salvador con una invitación de una persona natural o jurídica establecida en ese país.
- Personas que viajen por turismo, visita familiar, negocios, tratamiento médico, estudios o asistencia a eventos.
- Solicitantes sin propósito de residir en El Salvador ni realizar actividades laborales, académicas o comerciales.
- Personas cuya estancia prevista sea de hasta 90 días.
Requisitos
- Contar con una carta de invitación presentada por el invitante ante la oficina de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
- Tener pasaporte vigente por más de seis meses antes de su vencimiento.
- Enviar al consulado en La Habana los documentos requeridos escaneados de forma legible.
- Asistir a la entrevista consular con los originales de los documentos enviados.
- Presentar una reserva de vuelo con aerolínea, número de vuelo y fechas de entrada y salida de El Salvador.
Documentos necesarios
- Carta de invitación dirigida al Director General del Servicio Exterior, completada digitalmente y con la firma del invitante autenticada por notario salvadoreño.
- Copia escaneada y legible de la página de datos del pasaporte cubano del solicitante.
- Copia escaneada, por ambas caras, del DUI, carné de residencia o documento de identidad IP vigente de quien invita.
- Copia escaneada, por ambas caras, del NIT vigente de quien invita.
- Estados de cuenta bancarios de los últimos seis meses del invitante, firmados y sellados por el banco emisor.
- Carta laboral del invitante con cargo, salario y tiempo de trabajo, firmada y sellada por la dirección de su centro laboral.
- Constancia laboral, de estudios o de pensión del solicitante, según corresponda, firmada y sellada por la entidad emisora.
- Carta de la ONAT, respaldos de la actividad e ingresos mensuales, si el solicitante es titular de una MIPYME o trabajador por cuenta propia.
- Fotografía reciente de 5 x 5 cm, a color, fondo blanco, frontal, con el rostro despejado y sin aretes ni collares.
- Reserva o itinerario de vuelo con aerolínea, número de vuelo y fechas de entrada y salida.
- Escritura de constitución inscrita en el Registro de Comercio y credencial vigente inscrita, cuando la invitación sea respaldada por una persona jurídica.
- Hoja de vida o comprobantes de profesión, para solicitudes de negocio o representantes comerciales.
- Resolución del Registro de Inversión del Ministerio de Economía de El Salvador, para solicitantes inversionistas.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Preparar la invitación en El Salvador
La persona natural o jurídica que respalda el viaje reúne la carta de invitación y los documentos que le correspondan. La carta debe estar autenticada por notario salvadoreño.
- 2
Presentar el expediente del invitante
Quien invita entrega la carta y los documentos complementarios en la oficina de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador. Tras la aceptación de la documentación, no debe realizar otras gestiones.
- 3
Enviar los documentos al consulado en Cuba
Una vez presentada la invitación en El Salvador, el solicitante envía por correo electrónico la documentación escaneada al Consulado de El Salvador en La Habana.
Abrir enlace oficial - 4
Esperar la cita consular
El consulado contacta al solicitante por teléfono o correo electrónico para indicar la fecha de entrevista, considerando el itinerario de vuelo. Puede requerir documentos adicionales.
- 5
Asistir a la entrevista y pagar si procede
Acude a la sede consular con los originales de todos los documentos enviados. Si se aprueba la visa, se estampa en el pasaporte y se pagan los aranceles en efectivo.
Precio o coste
| Importe | 40 USD para visa consular de turismo de una entrada; 200 USD para visa consular de negocios. |
|---|---|
| Moneda | USD |
| Forma de pago | Pago en efectivo, con billetes en excelente estado, tras la aprobación y estampado de la visa. |
| Actualizado | |
| Observaciones | Los billetes en mal estado pueden ser rechazados, lo que impedirá completar el trámite. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
Este trámite requiere cita previa.
No envíes la solicitud al consulado antes de que la persona invitante presente la carta y sus documentos en El Salvador. Remite los escaneos a [email protected] y espera la comunicación del consulado.
¿Qué obtiene el solicitante?
Visa consular estampada en el pasaporte, si la solicitud es aprobada.
Vigencia y renovación
La visa indicará su categoría migratoria, subcategoría, autoridad emisora y plazo de vigencia. La estancia prevista es de hasta 90 días.
Casos especiales
- Cuando la invitación proviene de una persona jurídica, deben aportarse la escritura de constitución inscrita y la credencial vigente inscrita en el Registro de Comercio.
- Las solicitudes de negocio o de representantes comerciales requieren hoja de vida o pruebas de la profesión.
- Los inversionistas deben presentar la resolución del Registro de Inversión emitida por el Ministerio de Economía de El Salvador.
- Quienes sean titulares de MIPYME o trabajadores por cuenta propia deben presentar carta de la ONAT, documentos de respaldo de su actividad y prueba de sus ingresos mensuales.
- Puede solicitarse una prórroga de hasta 90 días calendario; debe tramitarse con al menos cinco días de antelación al vencimiento del período inicialmente autorizado y justificar su finalidad.
Preguntas frecuentes
¿Puedo enviar mis documentos al consulado antes de que el invitante presente la carta en El Salvador?
No. El envío al consulado en La Habana debe hacerse cuando la persona o entidad invitante haya presentado la carta y la documentación exigida ante la oficina de Visas salvadoreña.
¿Debo comprar el boleto aéreo antes de recibir la visa?
No. Presenta una reserva o itinerario de vuelo. La compra del boleto no asegura la aprobación del visado y puede ocasionar pérdidas si la solicitud es denegada.
¿Qué significa DUI?
Es el Documento Único de Identidad de las personas naturales salvadoreñas mayores de edad.
¿Puedo extender mi estancia como turista?
Puede concederse una prórroga de hasta 90 días calendario. Debe solicitarse cinco días antes de que venza el período otorgado y demostrar el motivo de la extensión.
Fundamento legal
La Ley especial de Migración y Extranjería de El Salvador regula la entrada, tránsito y permanencia de personas extranjeras, así como el ordenamiento migratorio aplicable a la emisión de visas.




