Información general
Las personas cubanas y otros extranjeros residentes en Cuba que soliciten determinados visados para España pueden necesitar un seguro médico privado como parte de su expediente consular. También puede utilizarse para trámites de residencia o renovación en España cuando se exija acreditar cobertura sanitaria.
La póliza debe ajustarse al período completo de estancia previsto y reunir las condiciones exigidas por el trámite migratorio correspondiente. Confirma siempre los requisitos vigentes ante el Consulado de España o la autoridad de extranjería antes de contratarla.
Desarrollo del trámite
La contratación puede realizarse en línea mediante una plataforma que comercializa pólizas de DKV y Asisa con cobertura en España. Según la información disponible, estas pólizas incluyen atención médica, consultas, pruebas diagnósticas, intervenciones, hospitalización y urgencias, sin copagos, deducibles ni período de carencia.
La cobertura de repatriación por razones médicas o fallecimiento forma parte de las condiciones descritas. También se informa de asistencia urgente fuera de España, con un límite de 12.000 euros y para desplazamientos de hasta 90 días. El período mínimo de contratación es de tres meses y se calcula por meses completos: comienza el primer día del mes y finaliza el último.
Durante la solicitud se realiza un cuestionario de salud. Las personas con enfermedades preexistentes o mayores de 65 años pueden requerir una evaluación adicional antes de recibir el precio definitivo y el enlace de pago. Para menores de 18 años, el tutor legal debe autorizar el tratamiento de los datos personales.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas extranjeras que necesiten acreditar seguro médico para un visado o trámite de residencia en España.
- Solicitantes de visados de estudios, reagrupación familiar, residencia no lucrativa, inversión o nómada digital, cuando su expediente exija esta cobertura.
- Personas que soliciten o renueven una autorización de residencia, NIE o TIE y deban demostrar cobertura sanitaria.
Requisitos
- Contratar una póliza que cubra todo el período de estancia en España.
- La cobertura debe incluir asistencia médica urgente y atención hospitalaria.
- La póliza debe contemplar gastos de repatriación por razones médicas o fallecimiento.
- Completar el cuestionario de salud requerido por la aseguradora.
- Contar con una tarjeta de débito o crédito internacional aceptada por la pasarela de pago, o gestionar el pago mediante otra persona que disponga de ella.
Documentos necesarios
- Pasaporte vigente y su número.
- Datos personales del asegurado.
- Correo electrónico para crear y activar la cuenta.
- Documentación de la póliza emitida tras el pago.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Comprueba la cobertura que exige tu trámite
Antes de contratar, verifica ante el Consulado de España o la autoridad de extranjería que la póliza propuesta cumple las condiciones aplicables a tu visado, residencia o renovación.
- 2
Solicita un presupuesto en la plataforma del proveedor
Indica la fecha de nacimiento y las fechas de inicio y fin de cobertura. El período contratado no puede ser inferior a tres meses.
- 3
Completa el cuestionario de salud
Declara estatura, peso y, si corresponde, enfermedades o condiciones médicas preexistentes. Añade otra persona si vas a asegurar a más de un solicitante.
- 4
Revisa las condiciones y el importe
Consulta el resumen de cobertura y descarga las condiciones del seguro antes de continuar. Si hay enfermedades preexistentes o el asegurado supera los 65 años, puede ser necesaria una valoración previa.
- 5
Registra y activa tu cuenta
Introduce los datos personales, incluido el número de pasaporte, y crea una cuenta con correo electrónico. Actívala desde el mensaje enviado a tu buzón.
- 6
Confirma el pedido y realiza el pago
Verifica los datos del pedido y paga con una tarjeta internacional aceptada. Las tarjetas bancarias emitidas en Cuba no son admitidas para esta operación.
- 7
Recibe y conserva la póliza
Tras aprobarse el pago, recibirás la confirmación y la documentación del seguro por correo electrónico. Incorpórala a tu expediente de visado o residencia si corresponde.
Precio o coste
| Importe | Desde 38 |
|---|---|
| Moneda | EUR al mes |
| Forma de pago | Pago en línea con tarjeta bancaria internacional aceptada por la pasarela de pago. |
| Actualizado | |
| Observaciones | El importe final depende de la cobertura, la duración y la evaluación del solicitante. La información aportada menciona un descuento de hasta el 35 % por pago total, sujeto a condiciones del proveedor. |
¿Qué obtiene el solicitante?
Póliza y documentación de seguro médico privado para presentarla, cuando corresponda, en un trámite de visado, residencia o renovación en España.
Vigencia y renovación
Debe mantenerse durante toda la estancia o período para el que se requiera la cobertura. La contratación mínima indicada es de tres meses.
Casos especiales
- Las enfermedades o condiciones médicas preexistentes pueden requerir evaluación y una oferta individualizada.
- Los solicitantes mayores de 65 años deben ser contactados por el proveedor antes de continuar con la contratación.
- Para asegurar a un menor de 18 años, el tutor legal debe dar su autorización en el formulario.
- Si se deniega el visado, la información disponible indica que puede solicitarse el reembolso total al proveedor. En solicitudes de residencia o renovación rechazadas, se reembolsarían los meses no iniciados.
- La extensión del seguro puede gestionarse en línea. Para cambiar el inicio o reducir el período, debe contactarse al proveedor con al menos tres días hábiles de antelación.
Preguntas frecuentes
¿Un seguro de viaje sustituye este seguro médico?
No necesariamente. La información disponible diferencia el seguro de viaje, centrado habitualmente en urgencias y con duración limitada, de la póliza médica para extranjeros, que ofrece cobertura sanitaria más amplia. Confirma cuál admite la autoridad que tramita tu expediente.
¿Qué ocurre si no tengo una tarjeta internacional para pagar desde Cuba?
Las tarjetas emitidas por bancos cubanos no se aceptan para este pago. Necesitarás una tarjeta de débito o crédito internacional admitida, o que otra persona con ese medio de pago realice la operación.
¿Puedo contratarlo para una residencia en España?
Según la información disponible, estas pólizas pueden utilizarse para acreditar cobertura sanitaria en trámites de residencia y renovaciones, al no tener copagos, carencias ni límite de gastos. Verifica la exigencia concreta de extranjería antes de contratar.
¿Cuál es el plazo mínimo de contratación?
El mínimo indicado es de tres meses. La cobertura se contrata por meses completos, desde el primer día de un mes hasta el último día del mes final.
Fundamento legal
La Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 557/2011, regulan el régimen de extranjería en España. La Ley 14/2013 establece el marco aplicable a determinados supuestos de movilidad internacional e inversión.
Fuentes oficiales
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración socialLey2000-01-11
- Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000Real decreto2011-04-20
- Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaciónLey2013-09-27




