Información general
El pasaporte corriente provisional cubano es un documento destinado a nacionales cubanos que se encuentran en el extranjero y no pueden realizar en persona la solicitud del pasaporte con soporte de identificación biométrica.
Puede utilizarse para acreditar la identidad, viajar a otros países o retornar a Cuba. Su expedición requiere una consulta previa con la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior.
Desarrollo del trámite
La petición se presenta ante una representación diplomática o consular cubana, u otra oficina autorizada en el exterior. También puede remitirse por correo ordinario. El documento tiene carácter temporal: vence al año de emitido o al entrar su titular en Cuba, incluso si no se ha cumplido ese año.
Quien entre a Cuba con este pasaporte deberá obtener un pasaporte corriente con soporte de identificación biométrica para poder salir nuevamente del país.
¿Quién puede solicitarlo?
- Nacionales cubanos que se encuentren fuera de Cuba.
- Personas imposibilitadas de solicitar presencialmente el pasaporte corriente con soporte de identificación biométrica.
Requisitos
- Completar y enviar el formato digital de solicitud.
- Presentar un pasaporte anterior expedido después del 1 de julio de 2001.
- Abonar el arancel consular mediante transferencia bancaria a la cuenta del consulado correspondiente.
- Los solicitantes mayores de 16 años deben firmar la solicitud.
- Para menores de 18 años o personas incapaces, se requiere autorización formalizada mediante escritura pública por los padres o representantes legales.
Documentos necesarios
- Pasaporte vencido original y su fotocopia.
- Certificación de nacimiento o prueba documental de adquisición de la ciudadanía cubana, cuando no se presente el pasaporte.
- Dos fotografías a color, tipo pasaporte, de alta resolución y fondo claro; de frente, con rostro y cabeza descubiertos y sin espejuelos oscuros.
- Fotocopia del carné consular.
- Escritura pública de autorización de padres o representantes legales, para menores de 18 años o incapaces.
- Sobre con dirección del solicitante y sellos suficientes para la devolución mediante correo certificado.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Complete la solicitud
Llene el formato digital requerido para pedir el pasaporte corriente provisional.
- 2
Reúna los documentos
Prepare el pasaporte anterior, identificación consular, fotografías y los documentos alternativos o autorizaciones que correspondan a su caso.
- 3
Pague el arancel
Realice la transferencia bancaria a la cuenta del consulado cubano que le corresponda, conforme a las indicaciones de esa oficina.
- 4
Presente o envíe el expediente
Entregue la solicitud ante el consulado o representación cubana autorizada. La documentación también puede remitirse por correo ordinario, incluyendo el sobre para la devolución certificada.
- 5
Espere la emisión y entrega
La expedición queda sujeta a consulta con la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería. El consulado recibirá el pasaporte para su entrega o envío.
Precio o coste
| Importe | 25,00 USD o 25,00 EUR por la verificación de la solicitud ante la DIIE; en Estados Unidos, 20,00 USD. Se aplica además el arancel consular del servicio. |
|---|---|
| Moneda | USD, EUR |
| Forma de pago | Transferencia bancaria a la cuenta del consulado correspondiente. |
| Actualizado | |
| Observaciones | El importe del pasaporte provisional con vigencia de un año es inferior al del pasaporte corriente de seis años, pero el material no indica una cuantía única. Confirme el arancel vigente con el consulado. |
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Pasaporte corriente provisional cubano para identificarse, viajar a otros países o retornar a Cuba.
Vigencia y renovación
Un año desde su emisión o hasta la entrada de su titular a Cuba, lo que ocurra primero.
Casos especiales
- Los menores de 18 años y las personas incapaces deben aportar autorización formalizada en escritura pública por sus padres o representantes legales.
- Al ingresar a Cuba con un pasaporte provisional, el titular debe obtener un pasaporte corriente biométrico para volver a salir del país.
- Si no dispone de pasaporte vencido, puede aportar certificación de nacimiento o documento que pruebe la adquisición de la ciudadanía cubana.
Preguntas frecuentes
¿Puedo salir de Cuba usando el pasaporte provisional?
No. Si entra a Cuba con este documento, deberá solicitar un pasaporte corriente con soporte de identificación biométrica antes de salir nuevamente del país.
¿Cuándo vence el pasaporte provisional?
Su vigencia termina al cumplirse un año desde la emisión o al entrar a Cuba, aunque todavía no haya transcurrido el año.
Fundamento legal
El artículo 25.1 del Decreto No. 330 de 2015 regula la expedición del pasaporte corriente provisional en el exterior, previa consulta con la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería. También resultan aplicables las disposiciones migratorias y del arancel consular indicadas en el material.
Fuentes oficiales
- Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (MINREX)Portal institucional
- Decreto No. 330/2015, modificativo del Reglamento de la Ley de MigraciónGaceta Oficial2015




