Notariales

¿Cómo donar un vehículo de motor en Cuba?

Formaliza ante notario la transmisión gratuita de un vehículo entre personas autorizadas, con documentos de identidad, título de propiedad y certificación registral.

Ministerio de Justicia
EntidadMinisterio de Justicia
ModalidadA través de representante · Presencial
Coste225.00 CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

La donación de un vehículo de motor permite que su propietario lo transmita gratuitamente a otra persona mediante escritura pública notarial.

El acto exige la comparecencia de las partes o su representación válida, así como los documentos que acreditan la titularidad e inscripción del vehículo.

Desarrollo del trámite

Pueden donar y recibir vehículos las personas naturales cubanas residentes en Cuba y las personas extranjeras con residencia permanente, temporal o inmobiliaria, siempre que se encuentren dentro de los supuestos permitidos. La donación entre personas naturales cubanas o extranjeras con residencia permanente no necesita autorización previa de otra autoridad.

La escritura no puede sujetarse a condición. Una vez que la persona beneficiaria acepta la donación, esta no puede revocarse. Si el vehículo pertenece al matrimonio, deben intervenir ambos cónyuges; si uno no puede asistir, puede expresar su autorización en escritura pública.

El propietario pierde el derecho sobre el vehículo si emigra sin transmitir previamente su propiedad.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales cubanas residentes en el territorio nacional.
  • Personas extranjeras con residencia permanente, temporal o inmobiliaria.
  • Donante con derecho de propiedad vigente sobre el vehículo.
  • Cuando el vehículo sea del matrimonio, participación o autorización pública de ambos cónyuges.

Requisitos

  • La donación debe formalizarse mediante escritura pública ante notario.
  • Deben concurrir donante y beneficiario, salvo representación voluntaria mediante poder especial cuando corresponda.
  • La donación no puede quedar sometida a condición.
  • El vehículo debe contar con acreditación oficial de propiedad e inscripción registral.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad de ambas partes.
  • Documento oficial que pruebe la propiedad del vehículo: contrato de compraventa con entidad comercializadora, copia autorizada de escritura pública o resolución judicial firme.
  • Certificación de inscripción en el Registro de Vehículos del Ministerio del Interior.
  • Escritura pública de autorización del cónyuge que no comparezca, si el vehículo pertenece al matrimonio.
  • Poder especial, cuando una o ambas partes actúen mediante representación voluntaria.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Reúna los documentos del vehículo y de las partes

    Prepare las identificaciones, el documento que acredita la propiedad y la certificación de inscripción en el Registro de Vehículos.

  2. 2

    Verifique la intervención de los cónyuges

    Si el vehículo es propiedad del matrimonio, deben comparecer ambos cónyuges o presentarse la autorización otorgada en escritura pública por quien no asista.

  3. 3

    Comparezca ante la Unidad Notarial

    El donante y la persona que recibe el vehículo deben acudir al notario. Cuando proceda, pueden actuar mediante poder especial.

  4. 4

    Otorgue y acepte la escritura de donación

    El notario formaliza la transmisión gratuita. Tras la aceptación de la persona beneficiaria, la donación no puede revocarse.

  5. 5

    Pague los importes aplicables

    Las personas naturales con residencia permanente en Cuba pagan la tarifa notarial y el impuesto del timbre indicados, salvo las exenciones previstas.

Precio o coste

Importe225.00
MonedaCUP
Forma de pagoEfectivo
Actualizado
ObservacionesPara personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional: 225.00 CUP por la donación y 5.00 CUP en sellos del timbre. Están exentas las donaciones o cesiones a favor del Estado o de organizaciones políticas, sociales o de masas.

¿Dónde se realiza?

HorarioLunes y miércoles, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes, jueves y viernes, de 8:00 a. m. a 4:30 p. m.; sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m.
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Escritura pública de donación que formaliza la transmisión gratuita de la propiedad del vehículo.

Casos especiales

  • Si el vehículo pertenece al matrimonio, ambos cónyuges deben comparecer o el ausente debe autorizar el acto mediante escritura pública.
  • Puede emplearse un poder especial para la representación voluntaria cuando una o ambas partes no puedan asistir y resulte procedente.
  • Las donaciones o cesiones a favor del Estado o de organizaciones políticas, sociales o de masas están exentas de la tarifa indicada.
  • Quien emigra sin transmitir antes la propiedad del vehículo pierde el derecho de propiedad sobre este.

Preguntas frecuentes

¿La donación de un vehículo requiere autorización previa?

No se exige autorización previa para la donación realizada por personas naturales cubanas o extranjeras con residencia permanente, dentro de los supuestos establecidos.

¿Puede revocarse una donación de vehículo?

No. Después de que la persona beneficiaria acepta la donación, el acto no puede revocarse.

¿Qué ocurre si uno de los cónyuges no puede asistir?

Puede otorgar su autorización mediante escritura pública cuando el vehículo sea propiedad del matrimonio.

Fundamento legal

El Código Civil regula la donación. La transmisión de vehículos se rige además por el Decreto Ley No. 320. La actuación notarial se fundamenta en la Ley No. 80 de las Notarías Estatales, su reglamento y las disposiciones sobre términos y tarifas, incluida la Resolución No. 517/2020.

Fuentes oficiales

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