Notariales

¿Cómo formalizar un contrato notarial de préstamo en Cuba?

Formaliza ante notario un préstamo de dinero o el uso temporal de un bien entre personas naturales, con condiciones claras y respaldo en escritura pública.

Ministerio de Justicia
EntidadMinisterio de Justicia
ModalidadEn línea · Presencial
CostePréstamos de dinero: hasta 10 000 CUP, 320 CUP; de 10 001 a 50 000 CUP, 400 CUP; de 50 001 a 100 000 CUP, 600 CUP; de 100 001 a 150 000 CUP, 1 000 CUP; de 150 001 a 300 000 CUP, 1 250 CUP; de 300 001 a 500 000 CUP, 1 800 CUP; de 500 001 a 600 000 CUP, 2 100 CUP; de 600 001 a 700 000 CUP, 2 400 CUP; de 700 001 a 800 000 CUP, 2 700 CUP; de 800 001 a 900 000 CUP, 3 000 CUP; de 900 001 a 1 000 000 CUP, 3 300 CUP. Desde 1 000 001 CUP se añaden 180 CUP por cada 100 000 CUP o fracción. Comodato de otros bienes: 100 CUP. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimadoDe 2 a 7 días desde la comparecencia ante el notario.
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

El contrato notarial de préstamo permite dejar documentada la entrega de dinero o de un bien entre personas naturales, sin intervención de un banco. Su formalización aporta seguridad jurídica tanto a quien presta como a quien recibe.

Cuando se presta dinero, se formaliza un contrato de préstamo. Para bienes no fungibles, como una vivienda, un mueble, una obra de arte o joyas, corresponde un contrato de comodato.

Desarrollo del trámite

Las dos partes deben comparecer ante una Unidad Notarial con su identificación. El contenido de la escritura debe reflejar las condiciones acordadas, especialmente el bien o la suma entregada, el plazo de devolución y las consecuencias del incumplimiento.

En los préstamos de dinero entre personas naturales solo procede el préstamo gratuito: no debe pactarse interés por incumplimiento. Si la cantidad supera 60 000 CUP, el prestamista debe acreditar el origen lícito de los fondos o declararlo bajo juramento ante el notario.

En un comodato, el prestatario debe devolver el mismo bien recibido, salvo que las partes hayan establecido otra condición. Si se trata de una vivienda, conviene precisar si se entrega completa o parcialmente, su destino, el plazo y las garantías o responsabilidades acordadas. El incumplimiento de un préstamo formalizado en escritura pública puede dar lugar a una reclamación judicial.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas naturales mayores de 18 años que actúen como prestamista y prestatario.
  • Personas que acuerden prestar dinero directamente entre sí.
  • Personas que cedan temporalmente un bien no fungible, como una vivienda, un mueble, una obra de arte o joyas.

Requisitos

  • Deben comparecer ambas partes ante notario público.
  • El préstamo de dinero superior a 60 000 CUP exige acreditar la procedencia lícita del dinero mediante documentos o manifestarla bajo juramento.
  • Para prestar un inmueble, el prestamista debe demostrar que es su titular legítimo.
  • Para otros bienes no fungibles, debe acreditarse su procedencia lícita con el título de propiedad o una declaración jurada ante notario.
  • Debe abonarse la tarifa notarial aplicable y el impuesto del sello del timbre por cada documento.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad de ambas partes.
  • Estados de cuenta, nóminas, documentos hereditarios u otras pruebas de procedencia lícita del dinero, cuando el préstamo exceda 60 000 CUP.
  • Título de propiedad y certificación del Registro de la Propiedad, si se presta un inmueble.
  • Documento de propiedad o declaración jurada ante notario sobre la procedencia lícita de otros bienes no fungibles.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Acordar las condiciones del préstamo

    Definan el objeto del préstamo, el plazo de devolución y las obligaciones de cada parte. Para una vivienda, indiquen si se presta toda o una parte, su finalidad y las condiciones ante un posible incumplimiento.

  2. 2

    Reunir los documentos

    Lleven los carnés de identidad y las pruebas de propiedad o procedencia lícita que correspondan al dinero o bien objeto del contrato.

  3. 3

    Comparecer ante la Unidad Notarial

    Prestamista y prestatario deben acudir personalmente ante notario público para solicitar la formalización del contrato.

  4. 4

    Pagar el servicio y el sello del timbre

    Abonen la tarifa notarial que corresponda a la cuantía o tipo de bien, más el impuesto documental.

  5. 5

    Recibir la escritura pública

    El notario redacta y autoriza el contrato de préstamo o de comodato, según el bien entregado.

Precio o coste

ImportePréstamos de dinero: hasta 10 000 CUP, 320 CUP; de 10 001 a 50 000 CUP, 400 CUP; de 50 001 a 100 000 CUP, 600 CUP; de 100 001 a 150 000 CUP, 1 000 CUP; de 150 001 a 300 000 CUP, 1 250 CUP; de 300 001 a 500 000 CUP, 1 800 CUP; de 500 001 a 600 000 CUP, 2 100 CUP; de 600 001 a 700 000 CUP, 2 400 CUP; de 700 001 a 800 000 CUP, 2 700 CUP; de 800 001 a 900 000 CUP, 3 000 CUP; de 900 001 a 1 000 000 CUP, 3 300 CUP. Desde 1 000 001 CUP se añaden 180 CUP por cada 100 000 CUP o fracción. Comodato de otros bienes: 100 CUP.
MonedaCUP
Forma de pagoPago del servicio notarial y sello del timbre. Los sellos pueden adquirirse en Correos de Cuba, bancos, mediante pasarela electrónica o en efectivo.
Actualizado
ObservacionesSe suma un sello del timbre de 5 CUP por cada documento. Las tarifas deben confirmarse en la notaría antes de realizar el trámite.

¿Dónde se realiza?

HorarioLunes y miércoles, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes, jueves y viernes, de 8:00 a. m. a 4:30 p. m.; sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m.

¿Qué obtiene el solicitante?

Escritura pública de contrato de préstamo de dinero o de comodato de un bien no fungible.

Vigencia y renovación

La vigencia y el plazo de devolución son los que acuerden las partes en la escritura.

Casos especiales

  • Si el préstamo de dinero excede 60 000 CUP, debe constar la procedencia lícita de los fondos o la declaración jurada del prestamista.
  • El préstamo de dinero entre personas naturales debe ser gratuito; no se admite pactar intereses por incumplimiento.
  • En el comodato debe devolverse el mismo bien recibido, salvo que se haya pactado otra condición. Si no puede restituirse, la indemnización monetaria debe quedar prevista en la escritura.
  • Un contrato privado puede presentarse ante notario para legitimar las firmas de las partes.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un préstamo de dinero y un comodato?

El préstamo de dinero obliga a devolver una cantidad equivalente de la misma especie y calidad en el plazo pactado. El comodato se utiliza para ceder temporalmente un bien no fungible y, por regla general, exige devolver ese mismo bien.

¿Puedo cobrar intereses en un préstamo entre personas naturales?

No. El préstamo entre personas naturales debe ser gratuito. El pacto de intereses se admite para personas jurídicas o instituciones financieras autorizadas.

¿Qué ocurre si el prestatario no cumple lo pactado?

Quien prestó puede iniciar una reclamación judicial si cuenta con el contrato formalizado en escritura pública ante notario.

Fundamento legal

El Código Civil regula las relaciones de préstamo y comodato. La Ley 175 de 2024, “Del Notariado”, regula la función notarial y se señala con entrada en vigor el 7 de enero de 2026. La Resolución 333 de 2025 del Ministerio de Justicia actualiza tarifas notariales en CUP para determinados sujetos; las reglas de vivienda resultan relevantes cuando el bien prestado es un inmueble.

Fuentes oficiales

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