Información general
La compraventa o donación de vehículos de motor, remolques y semirremolques genera obligaciones tributarias para ambas partes. El cálculo se realiza tomando como base un valor referencial mínimo, definido según la clase y antigüedad del vehículo.
Cada parte asume un impuesto del 4 %: quien transmite el bien paga el Impuesto sobre los Ingresos Personales y quien lo adquiere o recibe paga el Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias.
Desarrollo del trámite
Los valores referenciales mínimos se expresan en pesos cubanos (CUP) y sirven de base para liquidar los impuestos vinculados a actos de compraventa y donación. La antigüedad se agrupa en tres rangos: hasta 5 años; más de 5 y hasta 15 años; y más de 15 años.
Valores referenciales mínimos en CUP:
• Ciclomotores: 132 500,00; 66 250,00; 33 125,00.
• Motocicletas y triciclos: 265 000,00; 132 500,00; 66 250,00.
• Auto: 2 040 000,00; 1 020 000,00; 510 000,00.
• Auto rural: 2 080 000,00; 1 340 000,00; 670 000,00.
• Camioneta: 2 930 000,00; 1 465 000,00; 732 500,00.
• Panel: 3 505 000,00; 1 752 500,00; 876 250,00.
• Microbús: 4 265 000,00; 2 132 500,00; 1 066 250,00.
• Ómnibus: 8 135 000,00; 4 067 500,00; 2 033 750,00.
• Camión: 8 055 000,00; 4 027 500,00; 2 013 750,00.
• Cuña: 9 960 000,00; 4 980 000,00; 2 490 000,00.
• Remolques y semirremolques: 1 790 000,00; 895 000,00; 447 500,00.
El orden de cada grupo de cifras corresponde, respectivamente, a los vehículos de hasta 5 años, de más de 5 hasta 15 años y de más de 15 años. Para obtener el importe individual, multiplique el valor aplicable por 4 %. Si se desea conocer la carga tributaria conjunta de las dos partes, el resultado equivale al 8 % del valor referencial, distribuido en dos pagos independientes.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas que venden un vehículo de motor, remolque o semirremolque.
- Personas que donan un vehículo de motor, remolque o semirremolque.
- Compradores de vehículos sujetos a compraventa.
- Personas que reciben vehículos mediante donación.
Requisitos
- Identificar la clase del vehículo.
- Determinar el año de fabricación para ubicarlo en el rango de antigüedad correspondiente.
- Aplicar el 4 % al valor referencial mínimo de la clase y antigüedad del vehículo.
- Formalizar la transmisión mediante la documentación exigida para el cambio de propiedad.
Documentos necesarios
- Escritura pública del contrato de compraventa o donación de vehículo de motor, para el cambio de propiedad.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Identifique el vehículo y su antigüedad
Determine la clase del vehículo y si tiene hasta 5 años, más de 5 hasta 15 años, o más de 15 años de fabricación.
- 2
Busque el valor referencial aplicable
Seleccione el importe en CUP establecido para esa clase y rango de antigüedad.
- 3
Calcule el impuesto de cada parte
El vendedor o donante calcula el 4 % por Impuesto sobre los Ingresos Personales. El comprador o donatario calcula otro 4 % por Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias.
- 4
Realice el cambio de propiedad
El cambio de titularidad del vehículo se realiza en las oficinas del Registro del Vehículo del Ministerio del Interior, con la documentación requerida.
Precio o coste
| Importe | 4 % del valor referencial mínimo para cada impuesto |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | |
| Actualizado | |
| Observaciones | El vendedor o donante paga el 4 % por Impuesto sobre los Ingresos Personales. El comprador o donatario paga el 4 % por Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias. |
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Liquidación de los impuestos aplicables a cada parte de la compraventa o donación y cambio de propiedad del vehículo ante el Registro del Vehículo.
Casos especiales
- Los valores referenciales incluyen vehículos de motor, remolques y semirremolques.
- En una donación, el donante asume el impuesto sobre los Ingresos Personales y el donatario el impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias.
- En una compraventa, el vendedor paga el impuesto sobre los Ingresos Personales y el comprador el impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los impuestos en una compraventa de vehículo?
El vendedor paga el 4 % del valor referencial por Impuesto sobre los Ingresos Personales. El comprador paga un 4 % por Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias.
¿Quién paga los impuestos cuando el vehículo se dona?
El donante paga el Impuesto sobre los Ingresos Personales y quien recibe el vehículo paga el Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias. Cada impuesto equivale al 4 % del valor referencial aplicable.
¿Cuál es el impuesto total asociado a la operación?
Si se consideran los pagos de ambas partes, la carga total es equivalente al 8 % del valor referencial mínimo: 4 % a cargo de quien transmite y 4 % a cargo de quien adquiere o recibe.
¿Dónde se tramita el cambio de propietario?
La transferencia de propiedad se realiza en las oficinas del Registro del Vehículo del Ministerio del Interior, presentando la escritura pública de compraventa o donación y los demás documentos exigidos.
Fundamento legal
La Resolución 397 de 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios establece los valores referenciales mínimos para liquidar los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la Transmisión de Bienes y Herencias en compraventas y donaciones de estos vehículos. Esta norma derogó la Resolución 31 de 2023.
Fuentes oficiales
- Resolución 397 de 2024 del Ministerio de Finanzas y PreciosResolución publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba2024




