Notariales

¿Cómo autorizar el pasaporte o viaje al exterior de un menor?

Los padres o representantes legales deben formalizar ante notario el consentimiento para que un menor obtenga o actualice su pasaporte y, cuando corresponda, viaje fuera de Cuba.

Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE)
EntidadDirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE)
ModalidadA través de representante · Desde el exterior · Presencial
CosteResidentes permanentes en Cuba: 60 CUP por la autorización para obtención o actualización de pasaporte, más 5 CUP en sellos del timbre. Cubanos con residencia permanente en el exterior: 1,250 CUP, más 125 CUP en sellos del timbre. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

El Acta de consentimiento para la obtención del pasaporte y/o salida del país del menor de edad deja constancia notarial de la autorización de quienes ejercen la responsabilidad parental.

Puede incluir en un mismo documento el permiso para solicitar o actualizar el pasaporte y el autorizo de viaje. También es posible gestionar ambos consentimientos por separado.

Desarrollo del trámite

El consentimiento se exige para menores de 18 años y para personas incapaces, salvo las excepciones previstas legalmente. La decisión sobre la salida al exterior corresponde a ambos progenitores, excepto cuando una sola persona ostente la responsabilidad parental o exista una autorización judicial aplicable.

Debe emitirse un acta independiente por cada menor. El documento no caduca, pero cualquiera de los padres o representantes legales puede revocarlo ante notario público. La autorización para obtener el pasaporte no necesita legalización del Ministerio de Justicia; en cambio, la autorización que se utilizará para viajar al exterior debe legalizarse ante el MINJUS.

La obtención del pasaporte es un trámite posterior y distinto. Para solicitarlo, el menor debe comparecer con su tarjeta de menor actualizada y el acta notarial correspondiente, además de los documentos exigidos en los casos especiales.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Menores de 18 años de edad que requieran pasaporte corriente o autorización para viajar al exterior.
  • Personas incapaces de cualquier edad que necesiten obtener pasaporte o salir del país.
  • Madres, padres o representantes legales que ejerzan la responsabilidad parental del menor.

Requisitos

  • La comparecencia de ambos padres o representantes legales ante notario, salvo que proceda una excepción acreditada.
  • Consentimiento de ambos titulares de la responsabilidad parental para decisiones de salida del país, cuando corresponda.
  • Si el menor viaja con uno de sus padres, autorización notarial del progenitor que no lo acompaña.
  • Si viaja sin sus padres o con un adulto que no sea padre, madre o tutor legal, autorización notarial de ambos padres que identifique y autorice al acompañante.
  • Legalización ante el MINJUS del documento de autorización destinado a utilizarse para el viaje al exterior.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad de cada padre o representante legal que comparece.
  • Certificación de nacimiento del menor, o tarjeta o carné de identidad del menor, para acreditar el vínculo.
  • Certificado de defunción, si ha fallecido uno de los progenitores.
  • Sentencia judicial firme, si existe privación o suspensión de la responsabilidad parental, ausencia o presunción de muerte.
  • Certificación de inscripción de nacimiento, cuando el menor no haya sido reconocido filialmente por uno de los padres o se haya negado la maternidad o paternidad en los supuestos indicados.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Defina el alcance del consentimiento

    Solicite el acta para pasaporte, para salida del país o para ambos fines en un solo documento. Debe tramitarse un acta por cada menor.

  2. 2

    Comparezca ante notario público

    Presenten los documentos de identidad y la prueba del vínculo con el menor. Si ambos padres residen en lugares distintos dentro de Cuba, pueden realizar sus autorizaciones ante notarios diferentes.

  3. 3

    Acredite cualquier excepción

    Cuando firme solo uno de los progenitores, presente el certificado de defunción, la certificación de nacimiento o la sentencia judicial firme que justifique esa situación.

  4. 4

    Obtenga el acta notarial

    El servicio notarial tiene un plazo de hasta 24 horas desde la comparecencia ante el notario.

  5. 5

    Legalice el autorizo si el menor va a viajar

    Antes de usar la autorización de salida fuera de Cuba, legalícela ante el Ministerio de Justicia. Esta legalización no se exige para solicitar el pasaporte del menor.

Precio o coste

ImporteResidentes permanentes en Cuba: 60 CUP por la autorización para obtención o actualización de pasaporte, más 5 CUP en sellos del timbre. Cubanos con residencia permanente en el exterior: 1,250 CUP, más 125 CUP en sellos del timbre.
MonedaCUP
Forma de pagoEfectivo y sellos del timbre.
Actualizado
ObservacionesLas tarifas indicadas se refieren a la autorización para obtención o actualización del pasaporte del menor. Verifique el importe aplicable si solicita exclusivamente la autorización de viaje u otros servicios asociados.

¿Dónde se realiza?

OficinaUnidad Notarial o consulado cubano competente.
HorarioUnidades Notariales: lunes y miércoles, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes, jueves y viernes, de 8:00 a. m. a 4:30 p. m.; sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 m.
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Acta notarial de consentimiento para la obtención del pasaporte y/o salida del país del menor de edad.

Vigencia y renovación

No tiene vencimiento, salvo revocación posterior ante notario público por uno de los padres o representantes legales.

Casos especiales

  • Cuando uno o ambos padres estén en el exterior, pueden formalizar la autorización ante el funcionario del consulado cubano competente. Deben presentar la certificación de nacimiento cubana del menor y sus documentos de identidad correspondientes.
  • Si un progenitor ha fallecido, se incorpora el certificado de defunción.
  • Si existe suspensión, privación de responsabilidad parental, ausencia o presunción de muerte, se requiere sentencia judicial firme.
  • Si uno de los padres se niega a consentir, la persona interesada, el representante legal o la fiscalía pueden promover el procedimiento judicial correspondiente.
  • No se requiere consentimiento de ambos cuando exista autorización judicial, con intervención de la fiscalía, en los supuestos legalmente previstos.
  • Los menores emancipados por matrimonio no requieren esta autorización.
  • Si se ha delegado temporalmente la responsabilidad parental mediante escritura pública notarial o decisión judicial con intervención de la fiscalía, la persona facultada puede gestionar la autorización. La delegación temporal puede realizarse por un máximo de un año.

Preguntas frecuentes

¿El menor necesita autorización de viaje si ya tiene pasaporte?

Sí, cuando no viaje acompañado por ambos progenitores. Si lo acompaña solo uno, se requiere el autorizo del otro; si no lo acompaña ninguno, se necesita la autorización de ambos para el adulto acompañante.

¿La misma acta sirve para pasaporte y viaje?

Sí. El acta puede incluir ambos consentimientos, aunque también pueden solicitarse por separado.

¿Se debe legalizar el acta para solicitar el pasaporte?

No. La legalización ante el MINJUS se exige para la autorización que surtirá efectos en el viaje al exterior, no para la solicitud del pasaporte.

¿Qué ocurre si se revoca el consentimiento?

El menor no podrá viajar al exterior si uno de los padres o representantes legales revoca ante notario el consentimiento previamente otorgado.

Fundamento legal

El Código de las Familias regula el ejercicio conjunto de la responsabilidad parental y la escucha de la persona menor de edad conforme a su edad y madurez. El Decreto-Ley No. 302 de 2012 exige la autorización formalizada ante notario para que los menores obtengan pasaporte. También aplican la Ley del Notariado, las normas notariales sobre tarifas y plazos, y la Instrucción No. 279 de 2023 para conflictos judiciales relativos a pasaporte o salida del país.

Fuentes oficiales

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