Notariales

¿Cómo obtener la autorización para domiciliación en La Habana?

Formaliza ante notario el consentimiento del propietario o arrendatario para que una persona establezca domicilio, residencia o convivencia permanente en viviendas de La Habana.

Ministerio de Justicia
EntidadMinisterio de Justicia
ModalidadPresencial
Coste100 CUP más 5 CUP en sellos del timbre; o 1,250 CUP más 125 CUP en sellos del timbre, según la condición del solicitante. CUP
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional / no indicado

Información general

La autorización para domiciliación es una escritura notarial mediante la cual el propietario o arrendatario de una vivienda expresa su consentimiento para que otra persona resida de forma permanente en ella.

Se exige en determinados traslados hacia La Habana y también puede utilizarse cuando un propietario acoge de manera permanente a un ciudadano cubano emigrado que desea restablecer su residencia en Cuba.

Desarrollo del trámite

El requisito aplica a personas que llegan desde otros territorios del país para domiciliarse, residir o convivir permanentemente en una vivienda situada en La Habana. También se requiere cuando la persona procede de otro municipio habanero y pretende establecerse en La Habana Vieja, Centro Habana, Cerro o Diez de Octubre.

No necesitan esta autorización los familiares cercanos del propietario o arrendatario: cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos y hermanos. La exención incluye a los hijos menores de edad del cónyuge que no sea titular, a las personas declaradas judicialmente incapaces y al núcleo familiar de quien recibe un inmueble por interés estatal o social.

Cuando la autorización se solicite para un ciudadano cubano emigrado que pretende fijar nuevamente su residencia en el país, el propietario debe asumir, cuando proceda, el compromiso de garantizarle alojamiento y manutención hasta que pueda contar con vivienda e ingresos propios.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas procedentes de otros territorios de Cuba que pretenden residir permanentemente en una vivienda de La Habana.
  • Personas de otros municipios de La Habana que desean establecerse en La Habana Vieja, Centro Habana, Cerro o Diez de Octubre.
  • Propietarios que autoricen el domicilio permanente de un ciudadano cubano emigrado que solicite establecer su residencia en Cuba.

Requisitos

  • Comparecencia personal del propietario o arrendatario ante notario.
  • Presentar los datos de la persona que se domicիլիará: nombres y apellidos, edad, estado conyugal, ocupación, domicilio y número de identidad permanente.
  • En el caso de ciudadanos cubanos emigrados, el propietario debe comprometerse a asegurar alojamiento y manutención cuando corresponda, hasta que la persona disponga de vivienda e ingresos propios.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad del propietario o arrendatario.
  • Título que pruebe la propiedad o el arrendamiento de la vivienda, según corresponda.
  • Datos identificativos de la persona interesada en domiciliarse.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Reunir los documentos y datos requeridos

    Prepare la identificación del propietario o arrendatario, el documento que acredita el vínculo con la vivienda y los datos completos de la persona que residirá en ella.

  2. 2

    Acudir a una unidad notarial

    El propietario o arrendatario debe presentarse personalmente ante notario para otorgar la escritura de consentimiento o autorización.

  3. 3

    Pagar el servicio notarial y el impuesto del timbre

    Abone la tarifa aplicable a su condición de residencia o entidad, junto con los sellos del timbre exigidos.

  4. 4

    Recibir la autorización

    El notario emite la escritura de autorización dentro del término establecido para el servicio.

Precio o coste

Importe100 CUP más 5 CUP en sellos del timbre; o 1,250 CUP más 125 CUP en sellos del timbre, según la condición del solicitante.
MonedaCUP
Forma de pagoEfectivo y sellos del timbre.
Actualizado
ObservacionesLa tarifa de 100 CUP corresponde a personas naturales con residencia permanente en Cuba y a los sujetos nacionales indicados en la normativa. La de 1,250 CUP se aplica a personas naturales sin residencia permanente en el país, extranjeros no residentes permanentes y determinadas entidades extranjeras.

¿Dónde se realiza?

HorarioLunes y miércoles, de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.; martes, jueves y viernes, de 8:00 a. m. a 4:30 p. m.; sábados, de 8:00 a. m. a 12:00 p. m.
Sitio oficial

¿Qué obtiene el solicitante?

Escritura notarial de consentimiento o autorización para la domiciliación, residencia o convivencia permanente.

Casos especiales

  • No se exige autorización para el cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos del propietario o arrendatario.
  • Tampoco se requiere para hijos menores de edad del cónyuge no titular, personas declaradas judicialmente incapaces y el núcleo familiar de quien recibe un inmueble por interés estatal o social.
  • Para domiciliar a un ciudadano cubano emigrado que restablece su residencia en Cuba, puede corresponder el compromiso de alojamiento y manutención por parte del propietario.

Preguntas frecuentes

¿Quién debe comparecer ante el notario?

Debe acudir personalmente el propietario o arrendatario de la vivienda, con su carné de identidad y el documento que acredita la propiedad o el arrendamiento.

¿Qué familiares están exentos de esta autorización?

Están exentos el cónyuge y los hijos, padres, abuelos, nietos y hermanos del propietario o arrendatario, además de otros supuestos expresamente protegidos.

¿Cuándo se requiere si la persona ya vive en La Habana?

Se requiere si procede de otro municipio habanero y desea domiciliarse de forma permanente en La Habana Vieja, Centro Habana, Cerro o Diez de Octubre.

Fundamento legal

El trámite se sustenta en el Código Civil, la Ley No. 80 “De las Notarías Estatales” y su reglamento. Los términos del servicio fueron actualizados por la Resolución No. 137/2019; las tarifas vigentes se regulan, según el tipo de usuario, por las resoluciones 52 y 53 de 2021 del Ministerio de Justicia.

Fuentes oficiales

CompartirFacebookWhatsAppTelegramCorreo
¿Encontraste información desactualizada?