Consulados

¿Cómo transcribir la defunción de un ciudadano cubano ocurrida en el exterior?

Permite inscribir en un consulado cubano el fallecimiento de un ciudadano cubano ocurrido fuera de Cuba, para su reconocimiento posterior en el Registro Especial del Ministerio de Justicia.

Consulados de Cuba en el exterior
EntidadConsulados de Cuba en el exterior
ModalidadDesde el exterior · En línea · Presencial
CosteExento de arancel consular
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimadoEl certificado puede recogerse en Cuba después de 45 días hábiles, aproximadamente 2 meses, desde la transcripción consular.
ÁmbitoExterior, Todas las provincias

Información general

La transcripción de defunción registra ante las autoridades cubanas el fallecimiento de un ciudadano cubano que residía o se encontraba temporalmente en otro país.

El consulado asienta el hecho en su Registro Civil y envía una copia certificada a Cuba para su inscripción en el Registro Civil de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE).

Desarrollo del trámite

El trámite corresponde al consulado de Cuba con jurisdicción en el país donde ocurrió el fallecimiento y debe promoverlo un familiar. La documentación extranjera debe presentarse legalizada por las autoridades competentes y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país emisor, cuando así se exige.

Tras practicar la inscripción, el funcionario consular remite una copia certificada del asiento al Ministerio de Justicia mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores. La inscripción en Cuba permite obtener posteriormente el certificado de defunción en el Registro Especial del Ministerio de Justicia.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Familiares de un ciudadano cubano fallecido mientras residía o se encontraba de visita en el extranjero.
  • Personas naturales o jurídicas con capacidad legal para suscribir el modelo de transcripción, cuando corresponda.

Requisitos

  • El fallecimiento debe haber ocurrido fuera de Cuba.
  • La solicitud debe ser realizada por un familiar.
  • Completar de forma legible el Modelo de Transcripción de defunción entregado por el consulado y firmarlo.
  • Presentar los documentos extranjeros debidamente legalizados cuando se indique.

Documentos necesarios

  • Dos certificados de defunción expedidos por el Registro Civil del país donde ocurrió el fallecimiento, legalizados por las autoridades competentes y el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país.
  • Traducción al español del certificado de defunción, si fue emitido en otro idioma.
  • Certificado médico de defunción que indique la causa de muerte, si el certificado de defunción no la especifica. No requiere legalización.
  • Certificado de cremación expedido por la funeraria, si hubo incineración, legalizado por las autoridades competentes y el Ministerio de Relaciones Exteriores del país correspondiente.
  • Pasaporte cubano de la persona fallecida.
  • Fotocopia de la primera página del pasaporte cubano de la persona fallecida.
  • Certificado de nacimiento de la persona fallecida o, de ser posible, los datos de tomo, folio y lugar de inscripción del nacimiento.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Contacte al consulado cubano competente

    Diríjase al consulado de Cuba con jurisdicción en el país donde ocurrió el fallecimiento.

    Abrir enlace oficial
  2. 2

    Prepare la documentación

    Reúna los certificados requeridos, sus legalizaciones y traducción al español cuando proceda, además del pasaporte y los datos de nacimiento del fallecido.

  3. 3

    Complete y presente la solicitud

    Solicite el modelo de transcripción en el consulado, complételo con letra clara y preséntelo firmado junto con los documentos exigidos.

  4. 4

    Espere la inscripción y remisión a Cuba

    El consulado practica el asiento registral y remite una copia certificada al Ministerio de Justicia para su transcripción en el Registro Especial.

  5. 5

    Recoja el certificado en Cuba, si lo necesita

    Puede solicitarse en el Registro Especial del Ministerio de Justicia de Actos y Hechos ocurridos en el Exterior, tras el plazo informado para ese servicio.

Precio o coste

ImporteExento de arancel consular
Moneda
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesLa transcripción de defunción no paga arancel consular. Las legalizaciones documentales sí generan el arancel aplicable a esos servicios.

¿Dónde se realiza?

OficinaSección de Registro Civil del consulado
HorarioDe lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.
Sitio oficial

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

El material no informa un sistema de citas. Consulte al consulado cubano competente antes de acudir.

¿Qué obtiene el solicitante?

Inscripción consular de la defunción y posterior transcripción en el Registro Especial del Ministerio de Justicia de Cuba, con posibilidad de obtener el certificado de defunción en Cuba.

Casos especiales

  • Si se detectan errores materiales en la identidad del fallecido en la certificación médica, el funcionario consular puede corregirlos de oficio usando el documento oficial de identidad y dejar constancia al dorso.
  • Si se desea trasladar a Cuba el cadáver o las cenizas, los familiares deben contactar directamente al consulado cubano más cercano para recibir las indicaciones aplicables.
  • Si se pretende inhumar o cremar en el país donde ocurrió el fallecimiento, primero debe inscribirse el hecho en el Registro Civil de ese país dentro de las 24 horas siguientes. Después corresponde tramitar ante el consulado la declaración e inscripción fuera de término de la defunción.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la transcripción de defunción?

El trámite debe realizarlo un familiar del ciudadano cubano fallecido.

¿Dónde se obtiene en Cuba el certificado de defunción?

En el Registro Especial del Ministerio de Justicia de Actos y Hechos ocurridos en el Exterior, ubicado en 28 y 3ra, Miramar, Playa, La Habana. Puede recogerlo quien promovió el trámite u otro familiar con la copia de la transcripción o el comprobante emitido por el consulado.

¿Qué ocurre si el certificado de defunción no informa la causa de muerte?

Debe presentarse un certificado médico de defunción que indique la causa del fallecimiento y que haya sido expedido a partir del documento oficial de identidad de la persona fallecida. Este certificado no necesita legalización.

¿Se paga por la transcripción de defunción?

La inscripción está exenta de arancel consular. Sin embargo, las legalizaciones exigidas para los documentos están sujetas al arancel consular correspondiente.

Fundamento legal

El procedimiento se rige por la Ley No. 51, Ley del Registro del Estado Civil, de 15 de julio de 1985; la Resolución No. 249, Reglamento de la Ley del Registro del Estado Civil, de 30 de noviembre de 2015; y la Resolución No. 328/2017 sobre Arancel Consular y sus procedimientos de aplicación.

Fuentes oficiales

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