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¿Cómo reservar cita para nacionalidad española de menores por Ley 36?

Reserva una cita en el Consulado General de España en La Habana para tramitar la opción a la nacionalidad española de hijos menores de nacionales españoles conforme a la Ley 36/2002.

Consulado de España en Cuba
EntidadConsulado de España en Cuba
ModalidadDesde el exterior · En línea · Por correo electrónico · Presencial
CosteGratuito
Requiere cita
Tiempo estimadoEntre 6 meses y 1 año para la resolución del expediente de nacionalidad del menor.
ÁmbitoExterior, La Habana, Todas las provincias

Información general

Los hijos menores de edad de una persona que ya ha adquirido la nacionalidad española pueden optar a ella por la Ley 36/2002. En La Habana, la entrega del expediente requiere una cita previa en el Consulado General de España.

Si el padre o la madre solicitó la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática, debe esperar a que su expediente sea resuelto y obtener su certificado literal español antes de iniciar este trámite para el menor.

Desarrollo del trámite

La reserva se realiza en el sistema de citas del Consulado y permite incluir uno, dos o tres hijos menores. La información registrada al pedir el turno debe coincidir exactamente con la presentada el día de la atención.

El modo de identificarse en la reserva depende de la fecha de inscripción del nacimiento del progenitor español en el Registro Civil Consular de La Habana. Para inscripciones anteriores al 15 de marzo de 2025 se emplean tomo, página y número registrales. Para las posteriores se utiliza el número del expediente de nacionalidad del progenitor, retirando letras, espacios y guiones al formar la contraseña.

Las personas que deseen conservar sus originales pueden presentar copias legibles para su compulsa; los originales se devuelven después. El certificado literal del progenitor español no debe aportarse si su nacimiento ya consta inscrito en el Consulado General de España en La Habana.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Hijos menores de edad de nacionales españoles que puedan ejercer la opción de nacionalidad conforme a la Ley 36/2002.
  • Hijos de personas que obtuvieron o están tramitando la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática, únicamente después de que el progenitor haya obtenido la nacionalidad y su certificado literal de nacimiento español.

Requisitos

  • Contar con una cita previa para inscripción de menores por Ley 36.
  • Seleccionar en la reserva la opción correspondiente a uno, dos o tres hijos.
  • Introducir datos idénticos a los que se presentarán en el Consulado.
  • Para inscripciones del progenitor anteriores al 15 de marzo de 2025, disponer de tomo, página y número de su inscripción registral.
  • Para inscripciones posteriores al 15 de marzo de 2025, disponer del número de expediente de nacionalidad del progenitor.
  • Introducir el identificador de cada menor con 11 dígitos y su fecha de nacimiento en formato dd/mm/aaaa.

Documentos necesarios

  • Hoja declaratoria de nacimiento debidamente cumplimentada.
  • Certificado original de nacimiento del menor, legalizado por el MINREX o el MINJUS.
  • Certificado literal de nacimiento del progenitor español. Si está inscrito en otro Registro Civil español, debe ser original y tener una vigencia máxima de un año.
  • Certificado original de nacimiento del progenitor no español si es cubano, legalizado por el MINREX o el MINJUS.
  • Original y fotocopia vigente del DNI o pasaporte español del progenitor español.
  • Original y fotocopia vigente del carné de identidad del progenitor no español.
  • Original y fotocopia vigente de la tarjeta de menor o carné de identidad del menor.
  • Certificado de matrimonio de los padres, legalizado por el MINREX o el MINJUS, si se aporta con carácter informativo.
  • Si no existe matrimonio, certificado que acredite el estado civil de los padres en la fecha de nacimiento del menor.
  • Documento con los datos registrales del progenitor español validados durante la reserva.
  • Carné de identidad de los menores incluidos en la cita.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Espere la resolución del expediente del progenitor, si corresponde

    Cuando el progenitor solicitó la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática, espere a que se le conceda y obtenga su certificado literal de nacimiento español antes de solicitar la cita del menor.

  2. 2

    Reúna los documentos del menor y de sus progenitores

    Prepare certificados legalizados, documentos de identidad y, cuando proceda, la acreditación del estado civil o matrimonio. Lleve copias legibles si desea conservar los originales.

    Abrir enlace oficial
  3. 3

    Consulte sus datos registrales o número de expediente

    Verifique los datos de inscripción del progenitor o el número de su expediente de nacionalidad, según la fecha de inscripción aplicable.

    Abrir enlace oficial
  4. 4

    Reserve la cita para menores por Ley 36

    Acceda al sistema oficial, elija la opción para uno, dos o tres hijos y complete los datos del progenitor y de cada menor con exactitud.

    Abrir enlace oficial
  5. 5

    Acuda al Consulado el día asignado

    Presente toda la documentación, los datos registrales validados y los documentos de identidad de los menores incluidos. Deben comparecer los menores que ya hayan cumplido 14 años.

Precio o coste

ImporteGratuito
Moneda
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesLa obtención de la cita no tiene costo.

¿Dónde se realiza?

OficinaRegistro Civil Consular
DirecciónCalle Zulueta No. 2 esquina a Cárcel, La Habana Vieja, La Habana.
Sitio oficial

Cita previa

Este trámite requiere cita previa.

La cita es personal, intransferible y gratuita. Se puede reservar para un máximo de tres hijos. Si el progenitor está inscrito en otro Registro Civil español, o si tiene más de tres hijos o problemas con los datos de acceso, escriba a [email protected] con la información requerida.

Solicitar cita

¿Qué obtiene el solicitante?

Presentación del expediente de opción a la nacionalidad española del menor ante el Registro Civil Consular.

Casos especiales

  • Los menores de 14 años no deben comparecer; deben asistir quienes tengan 14 años o más.
  • Si el nacimiento del progenitor español está inscrito en un Registro Civil distinto al Consulado de La Habana, envíe por correo electrónico el certificado de nacimiento español en PDF. El asunto debe contener únicamente, en mayúsculas, el nombre del Registro Civil de inscripción.
  • Para más de tres hijos o si no puede acceder al sistema con sus datos registrales, solicite revisión individual por correo electrónico a [email protected].
  • Los hijos mayores de edad de solicitantes de nacionalidad por Ley de Memoria Democrática tienen un procedimiento distinto y pueden presentar su solicitud con el resguardo del expediente del progenitor.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si los datos de la cita no coinciden con los documentos?

La cita no será atendida y se considerará perdida. Deberá solicitar un nuevo turno.

¿Cuántos hijos pueden incluirse en una misma reserva?

El sistema permite reservar para un máximo de tres hijos, mediante la opción correspondiente a uno, dos o tres menores.

¿Puedo presentar fotocopias para recuperar los originales?

Sí. Puede acompañar los originales con copias legibles para que sean compulsadas y los originales le sean devueltos.

¿Debe asistir el menor a la cita?

Solo deben presentarse los menores que hayan cumplido 14 años. Los menores de esa edad no necesitan acudir.

Fundamento legal

El procedimiento se fundamenta en el Código Civil español, publicado por Real Decreto de 24 de julio de 1889, y en la Ley 36/2002, de 8 de octubre, que modifica el Código Civil en materia de nacionalidad.

Fuentes oficiales

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