Información general
La visa de transeúnte o tránsito es una categoría de visitante temporal de Ecuador para personas extranjeras que pasan por el territorio ecuatoriano sin propósito de residencia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador anunció que exigirá visa de tránsito a nacionales de países sometidos a visa de ingreso, entre ellos Cuba según la información disponible. La solicitud se tramita en línea mediante eVisas y puede incluir entrevista consular.
Desarrollo del trámite
La permanencia autorizada para una persona transeúnte es de hasta 10 días. La solicitud debe completarse con documentos digitalizados: la foto se carga en JPG y los respaldos en PDF.
El sistema permite que el trámite sea presentado por el titular, un apoderado o representante legal, o por el padre o la madre cuando el solicitante sea menor de edad. La autoridad puede pedir documentos adicionales y, tras revisar el expediente, disponer una entrevista virtual o presencial en La Habana.
La información disponible indica que la fecha de entrada en vigor del anuncio de junio de 2025 no ha sido precisada. Antes de comprar boletos o iniciar el expediente, confirme en los canales oficiales ecuatorianos si la exigencia aplica a su itinerario y nacionalidad.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas extranjeras que transiten por Ecuador bajo la categoría migratoria de transeúnte.
- Ciudadanos cubanos, sujetos a la confirmación oficial de aplicación de la medida a su caso.
- Menores de edad, mediante sus representantes legales o apoderados.
Requisitos
- Permanecer en Ecuador únicamente en tránsito y dentro del período autorizado, de hasta 10 días.
- Acreditar medios de vida lícitos para la subsistencia del solicitante y, cuando corresponda, de sus familiares dependientes.
- Presentar información veraz en el registro de eVisas y aceptar el acuerdo de responsabilidad.
- Atender las solicitudes de corrección documental dentro de los 10 días laborables otorgados por la autoridad.
- Asistir a entrevista virtual o presencial si el CESDI la requiere.
Documentos necesarios
- Fotografía reciente a color de 5 x 5 cm, con fondo blanco, en formato JPG y de hasta 1 MB; no debe estar editada, recortada ni modificada.
- Pasaporte vigente por al menos seis meses; escaneo en PDF de las dos primeras páginas con foto y datos personales.
- Certificado original de antecedentes penales de Cuba y de los países donde se haya residido durante los últimos cinco años, para mayores de 18 años.
- Antecedentes penales legalizados por MINJUS o MINREX de Cuba y por el Consulado de Ecuador en Cuba; se aceptan hasta 180 días desde su emisión.
- Boleto ya comprado de ida y regreso o de continuación hacia un tercer país; no se admiten reservas ni pre-reservas.
- Itinerario de viaje correspondiente al período indicado en la solicitud.
- Prueba de medios de vida lícitos del solicitante y de sus dependientes, si aplica.
- Para menores: pasaporte con vigencia mínima de seis meses.
- Para menores: movimientos migratorios actualizados de los padres, cuando corresponda.
- Para menores, si falta uno de los padres: poder especial o autorización de viaje legalizada que identifique acompañante, permanencia, responsable en Ecuador y dirección de estancia.
- Para menores: certificado de nacimiento legalizado.
- Para menores: prueba de medios de vida aportada por padres, representantes, tutores, curadores o personas de quienes dependan.
- Otros documentos que solicite la autoridad de movilidad humana en casos particulares.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Prepare los archivos digitales
Reúna los documentos exigidos. Digitalice los respaldos en PDF y prepare la fotografía en JPG conforme a las especificaciones indicadas.
- 2
Regístrese en eVisas Ecuador
Cree una cuenta, valide el código recibido por correo y establezca su contraseña. Complete sus datos personales y acepte el acuerdo de responsabilidad. Revise bien la información antes de confirmarla, pues después no podrá editarla.
Abrir enlace oficial - 3
Inicie la solicitud de visa
En el sistema, seleccione Nuevo Trámite, তারপর Escoger Servicio, Visas y Nueva Visa. Indique quién presenta la solicitud, elija la calidad migratoria Visitante Temporal y seleccione Visa de Transeúnte o Tránsito según el motivo del viaje.
Abrir enlace oficial - 4
Complete el formulario y adjunte los respaldos
Introduzca los datos del pasaporte, especifique la actividad prevista y cargue la foto y los documentos requeridos. Para menores, el formulario debe ser gestionado por sus representantes legales o apoderados.
Abrir enlace oficial - 5
Pague la tasa de solicitud
Realice el pago en línea correspondiente al análisis del expediente. La factura electrónica llegará al correo registrado y este importe no se devuelve, incluso si se seleccionó un tipo de visa incorrecto.
- 6
Revise el expediente y subsane si se le solicita
Consulte el estado en eVisas y vigile su correo. Si recibe un requerimiento por errores o faltantes, entregue la corrección dentro de 10 días laborables.
Abrir enlace oficial - 7
Asista a la entrevista, si es convocado
El CESDI puede citarlo a una entrevista virtual o presencial en el Consulado de Ecuador en La Habana. Acuda 15 minutos antes si la cita es presencial, con los documentos ordenados, la cita impresa y el comprobante del pago inicial.
- 8
Pague la emisión si la visa es aprobada
Tras la aprobación, pague la tasa de otorgamiento indicada en la notificación. Recibirá confirmación y las facturas electrónicas.
- 9
Descargue o reciba la visa electrónica
La visa aprobada se envía al correo electrónico registrado y también puede consultarse en la plataforma eVisas.
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Precio o coste
| Importe | USD 80 en total: USD 50 por la solicitud y USD 30 por el otorgamiento, si se aprueba. |
|---|---|
| Moneda | USD |
| Forma de pago | Pago en línea mediante el sistema eVisas. |
| Actualizado | |
| Observaciones | La tasa de solicitud de USD 50 no es reembolsable. La autoridad de movilidad humana puede establecer casos excepcionales de exención. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
Este trámite requiere cita previa.
No se solicita cita por iniciativa propia según la información disponible. Si el CESDI convoca entrevista, indicará fecha, hora y modalidad; revise el correo con frecuencia.
¿Qué obtiene el solicitante?
Visa electrónica de transeúnte o tránsito, enviada al correo del solicitante y disponible en eVisas si la solicitud es aprobada.
Vigencia y renovación
Autoriza una permanencia en tránsito de hasta 10 días en Ecuador.
Casos especiales
- Los mayores de 18 años deben presentar certificados de antecedentes penales; los menores tienen requisitos documentales específicos.
- Los familiares dependientes pueden incluir menores, personas con discapacidad, mayores de 65 años, cónyuges o parejas en unión de hecho para la acreditación de medios de vida.
- Las personas reconocidas como transeúntes no pueden cambiar a otra condición o categoría migratoria durante su permanencia autorizada.
- La autoridad puede requerir documentos adicionales y determinar exenciones excepcionales de tasas.
Preguntas frecuentes
¿La visa de tránsito permite residir en Ecuador?
No. Es una categoría de visitante temporal destinada al tránsito y no autoriza residencia temporal ni permanente.
¿Puedo usar una reserva de vuelo para solicitarla?
No. Debe presentar un boleto comprado de ida y regreso o de continuación a un tercer país; no se aceptan reservas ni pre-reservas.
¿Qué ocurre si falta un documento o hay un error en la solicitud?
La autoridad notificará la subsanación requerida. El plazo informado para corregirla es de 10 días laborables.
¿Siempre debo acudir al Consulado de Ecuador en La Habana?
No necesariamente. El CESDI determina si hace falta entrevista y puede asignarla de forma virtual o presencial.
Fundamento legal
La Ley Orgánica de Movilidad Humana de Ecuador regula a los transeúntes dentro de las categorías de visitante temporal y contempla restricciones para cambiar de categoría migratoria. El Reglamento a la Ley establece las reglas aplicables a esta condición, y el Arancel Consular y Diplomático fija las tasas indicadas.
Fuentes oficiales
- Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de EcuadorOrganismo oficial2025-06-08
- Ley Orgánica de Movilidad Humana de EcuadorLey2023
- Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad HumanaReglamento2023
- Acuerdo Ministerial No. 0000026, Arancel Consular y DiplomáticoAcuerdo ministerial2023
- Servicios Digitales eVisas EcuadorPlataforma oficial




