Información general
La visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas permite viajar a México sin autorización previa del Instituto Nacional de Migración (INM). Puede utilizarse para turismo y otras actividades no remuneradas admitidas por la normativa migratoria mexicana.
Desde Cuba, la solicitud se presenta personalmente ante el Consulado de México en La Habana, tras reservar un turno en la plataforma oficial CITAS CUBA. La concesión depende de la evaluación documental y de la entrevista consular.
Desarrollo del trámite
La visa puede emitirse para una estancia de corta duración de hasta 180 días, como visa de larga duración con vigencia de 10 años o para una entrada en tránsito aeroportuario. La duración autorizada de estancia y el ingreso a México son decisiones de las autoridades migratorias al momento de la llegada.
Para turismo, las vías de acreditación indicadas incluyen arraigo en Cuba, solvencia económica o vínculo familiar en los supuestos previstos para la visa de larga duración. También se contemplan, según el propósito del viaje, invitaciones institucionales, causas humanitarias, investigación, estudios o participación temporal en eventos auspiciados por entidades públicas mexicanas.
La cita es individual, incluso para menores de edad. Tener la documentación requerida no asegura la aprobación de la visa. Si la solicitud es aprobada, la visa se entrega el día hábil siguiente a la entrevista.
¿Quién puede solicitarlo?
- Personas que viajarán a México como visitantes sin realizar actividades remuneradas.
- Solicitantes de visa de corta duración, con estancia de hasta 180 días.
- Solicitantes de visa de larga duración con vigencia de 10 años que acrediten solvencia económica o vínculo familiar admitido.
- Viajeros que necesiten transitar por un aeropuerto internacional mexicano hacia otro país y no estén exentos de visado.
- Menores de edad y personas sujetas a tutela jurídica, mediante sus padres, representantes o tutores según corresponda.
Requisitos
- Reservar una cita individual en la plataforma oficial CITAS CUBA.
- Asistir personalmente a la entrevista consular en la fecha asignada.
- Presentar el comprobante impreso de la cita.
- Acreditar el supuesto aplicable para la visa solicitada, como arraigo, solvencia económica, vínculo familiar u otro fin autorizado.
- Pagar la cuota consular en efectivo y con el importe exacto, el día de la entrevista.
- Para menores, cumplir las autorizaciones y comparecencias exigidas de padres, titulares de patria potestad o tutores.
Documentos necesarios
- Formato oficial de solicitud de visa, completado y con fotografía a color adherida.
- Fotografía reciente, de frente, con rostro descubierto, sin anteojos, fondo blanco y en papel fotográfico; debe medir 32 x 26 mm como mínimo y 39 x 31 mm como máximo.
- Pasaporte vigente original y copias de la página de datos, última página y páginas con visas o sellos.
- Para visa de hasta 180 días por arraigo: original y copia del título de propiedad inmobiliaria en Cuba a nombre del solicitante, con al menos dos años de antigüedad, o documento de propiedad o participación en una empresa estatal, privada o mixta.
- Para acreditar empleo o pensión: documentos de ingresos mensuales superiores al equivalente de 100 días de salario mínimo general vigente en Ciudad de México durante los últimos tres meses, más carta laboral con la información exigida e identificación con foto de quien la firma.
- Para acreditar fondos: original y copia de inversiones o cuentas bancarias con ingresos mensuales superiores al equivalente de 300 días de salario mínimo general vigente en Ciudad de México; se exigen tres meses para la visa de hasta 180 días y seis meses para la de larga duración.
- Para estudiantes universitarios que soliciten visa de hasta 180 días: constancia de estudios y constancia original de empleo, pensión o beca con ingresos mensuales equivalentes a 60 días de salario mínimo general vigente en Ciudad de México durante los últimos tres meses.
- Para visa de larga duración por vínculo familiar: certificado de registro civil que pruebe el parentesco y pasaporte mexicano del familiar, o tarjeta de residencia temporal o permanente vigente del familiar residente en México.
- Para documentos cubanos de registro civil presentados como prueba de vínculo: legalización por MINJUS cuando el familiar sea mexicano; para familiar extranjero residente, legalización por MINREX, según la información consular suministrada.
- Para menores: acta de nacimiento original y copia; el formulario debe ser firmado ante personal consular por ambos padres o por quien ejerza patria potestad o tutela.
- Si uno de los progenitores no comparece: autorización notarial expresa para tramitar la visa y copia de su identificación oficial con fotografía y firma.
- Cuando un menor viaje solo o con un tercero: autorización notarial de ambos padres o de quienes ejerzan patria potestad o tutela.
- Si la patria potestad corresponde a un solo progenitor por decisión judicial: copia certificada del documento que lo acredite, legalizado o apostillado y traducido oficialmente si fue expedido en otro idioma.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Reúne los documentos de tu modalidad
Completa el formulario oficial, prepara el pasaporte, la fotografía y las pruebas correspondientes a tu caso. Comprueba los requisitos adicionales si solicitas como menor de edad o bajo tutela.
Abrir enlace oficial - 2
Crea o activa tu cuenta en CITAS CUBA
Regístrate con los datos exactamente como figuran en tu pasaporte, confirma la cuenta mediante el correo recibido e inicia sesión. Si ya utilizabas Mexitel, intenta acceder con tu correo anterior o recupera la contraseña.
Abrir enlace oficial - 3
Solicita el turno de visa
Selecciona el trámite de visa y verifica cuidadosamente tus datos personales y el tipo de visado. La reserva no tiene costo. Si hay disponibilidad, recibirás la confirmación y la fecha de atención por correo electrónico.
Abrir enlace oficial - 4
Imprime la confirmación de cita
Lleva el comprobante impreso. No se atiende a personas que acudan sin una cita previa registrada en la plataforma oficial.
- 5
Asiste a la entrevista consular
Preséntate el día y hora asignados con toda la documentación original, sus copias, el comprobante de cita y el importe exacto de la cuota en dólares estadounidenses.
- 6
Recoge la visa si es aprobada
Cuando la solicitud sea autorizada, la entrega está prevista para el siguiente día hábil posterior a la entrevista.
Precio o coste
| Importe | 54 USD para visas ordinarias en pasaportes extranjeros; 53 USD para visa de visitante de larga duración. |
|---|---|
| Moneda | USD |
| Forma de pago | Pago directo, personal y en efectivo, con el importe exacto y billetes en buen estado, el día de la cita. No se aceptan tarjetas. |
| Actualizado | |
| Observaciones | Agendar la cita es gratuito. La cuota por atención y análisis no se devuelve aunque la visa sea denegada. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
Este trámite requiere cita previa.
La cita solo se solicita por la plataforma oficial y es gratuita. Cada solicitante, incluidos los menores, necesita su propio turno. Imprime la confirmación para presentarla en la entrevista.
Solicitar cita¿Qué obtiene el solicitante?
Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, si la autoridad consular aprueba la solicitud.
Vigencia y renovación
Puede emitirse para hasta 180 días, con vigencia de 10 años o para una sola entrada en tránsito, según la modalidad autorizada. La visa puede utilizarse mientras permanezca vigente.
Casos especiales
- Los cubanos que transiten por aeropuertos internacionales de México deben tramitar visa de visitante desde el 22 de octubre de 2023, salvo que estén exentos.
- No requieren visa, para estancias de hasta 180 días, quienes posean residencia permanente o una visa válida y vigente de Canadá, Estados Unidos, Japón, Reino Unido, países del Espacio Schengen, o residencia permanente en Chile, Colombia o Perú, conforme a las condiciones informadas.
- Los portadores de pasaporte oficial cubano están exentos para estancias de hasta 90 días.
- Las personas con doble ciudadanía de los países indicados entre las exenciones pueden ingresar sin esta visa, conforme a las condiciones aplicables.
- Una carta de invitación de un amigo no es una vía indicada para la visa turística. Puede existir una vía de invitación cuando la realiza una organización o institución pública o privada reconocida para una actividad no remunerada.
- La negativa no impide presentar una nueva solicitud, pero debe reservarse otra cita y aportarse nuevamente los requisitos.
- La visa permite viajar a México, pero no garantiza la admisión al país: esta se determina por las autoridades migratorias al arribar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la cita por teléfono?
No. El turno para trámites consulares se solicita únicamente a través de CITAS CUBA.
¿La cita tiene algún costo?
No. La reserva en CITAS CUBA es gratuita. No compres citas ni recurras a intermediarios.
¿Necesitan cita los menores de edad?
Sí. El trámite es personal y cada menor debe tener una cita propia, además de presentar sus autorizaciones y documentos específicos.
¿La presentación de los documentos garantiza que aprobarán la visa?
No. La decisión depende de la revisión de los documentos y del resultado de la entrevista consular.
¿Qué ocurre si mis datos en la cita son incorrectos?
Debes solicitar una nueva cita con la información personal y el tipo de visa correctos.
¿Qué sucede si presento documentos falsos o alterados?
Puede dar lugar a acciones penales y administrativas. La información consular señala que este hecho está sancionado por el Código Penal de la República de Cuba.
Fundamento legal
El trámite se rige por la Ley de Migración de México, su Reglamento, los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios y los Lineamientos Generales para la expedición de visas emitidos por las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores.
Fuentes oficiales
- Consulado de México en La Habana — VisasSitio oficial consular
- CITAS CUBA — Secretaría de Relaciones Exteriores de MéxicoPlataforma oficial de citas
- Ley de MigraciónLey2022-04-29
- Reglamento de la Ley de MigraciónReglamento2014-05-23
- Lineamientos para trámites y procedimientos migratoriosLineamientos2019-12-30
- Lineamientos Generales para la expedición de visas que emiten las secretarías de Gobernación y de Relaciones ExterioresLineamientos2014-10-10




