Migración

¿Cómo solicitar la condición migratoria de Inversores y de Negocios en Cuba?

Los cubanos residentes en el exterior y emigrados con un proyecto de negocio aprobado en Cuba pueden pedir esta condición para participar en actividades económicas autorizadas.

Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE)
EntidadDirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE)
ModalidadDesde el exterior · En línea · Presencial
Coste3.500 CUP en Cuba. En consulados: 80 USD o EUR por la solicitud; 25 USD o EUR por el otorgamiento. En Estados Unidos: 80 USD por la solicitud y 20 USD por el otorgamiento. CUP, USD y EUR
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

La condición migratoria de Inversores y de Negocios está dirigida a ciudadanos cubanos residentes en el exterior que mantengan o proyecten una relación económica con Cuba mediante inversiones, negocios, comercio exterior u otras modalidades autorizadas.

Su otorgamiento permite que, durante la estancia en Cuba, el titular ejerza derechos civiles, patrimoniales y económicos en igualdad con los cubanos residentes en el territorio nacional, mientras conserve las causas que sustentaron la aprobación.

Desarrollo del trámite

La petición exige una relación económica concreta con una entidad cubana y un proyecto de negocio previamente aprobado; una intención general de invertir no es suficiente. El aval debe proceder del órgano, organismo de la Administración Central del Estado o entidad cubana con la que exista o vaya a establecerse la relación comercial o de negocios.

La vía de presentación en Cuba depende de la modalidad económica del proyecto. Las solicitudes relacionadas con modalidades de gestión no estatal se presentan en la oficina de trámites del Ministerio del Interior del territorio donde se entregó el proyecto. Cuando se trate de comercio exterior o inversión extranjera, corresponde presentarla ante la unidad competente de la Dirección de Identificación, Migración y Extranjería.

La condición no concede por sí misma la residencia efectiva en Cuba ni equivale a adquirir permanentemente la categoría de Residente en el Territorio Nacional. Puede revisarse o retirarse si desaparece el vínculo de inversión, negocio o relación comercial que justificó su concesión.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Ser ciudadano cubano con condición migratoria de residente en el exterior o emigrado.
  • Participar o prever participar en actividades económicas, inversiones, negocios, comercio exterior o modalidades de gestión aprobadas por el Estado cubano.
  • Contar con un proyecto de negocio aprobado en Cuba.
  • Tener o prever una relación comercial o de negocios con una entidad cubana que emita el aval requerido.

Requisitos

  • Presentar una solicitud escrita que explique y fundamente la petición.
  • Aportar el aval de un órgano, organismo de la Administración Central del Estado o entidad cubana vinculada al negocio.
  • Acreditar un proyecto de negocio aprobado en Cuba relacionado con el aval presentado.

Documentos necesarios

  • Solicitud escrita y fundamentada.
  • Aval de la entidad cubana, órgano u organismo correspondiente.
  • Proyecto de negocio aprobado en Cuba.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Compruebe que reúne la condición migratoria requerida

    Verifique que figura como residente en el exterior o emigrado y que dispone de un proyecto de negocio aprobado en Cuba.

  2. 2

    Obtenga el aval de la entidad cubana

    Gestione el aval del órgano, organismo o entidad cubana con la que mantiene o prevé establecer relaciones comerciales o de negocios.

  3. 3

    Prepare la solicitud y los documentos de respaldo

    Redacte una solicitud que exponga el motivo de la petición y adjunte el aval y el proyecto aprobado.

  4. 4

    Presente la solicitud por la vía correspondiente

    Desde el exterior, entréguela en un consulado o embajada de Cuba. En Cuba, preséntela ante la oficina del Ministerio del Interior o la unidad competente de Identificación, Migración y Extranjería, según la modalidad de la actividad económica.

  5. 5

    Espere la decisión y notificación

    La Autoridad Migratoria en Cuba resuelve la petición y comunica la decisión conforme a los plazos establecidos.

Precio o coste

Importe3.500 CUP en Cuba. En consulados: 80 USD o EUR por la solicitud; 25 USD o EUR por el otorgamiento. En Estados Unidos: 80 USD por la solicitud y 20 USD por el otorgamiento.
MonedaCUP, USD y EUR
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesEl importe en Cuba corresponde al impuesto sobre documentos relacionados con trámites migratorios. Los aranceles consulares se aplican según el país y la moneda indicada.

¿Dónde se realiza?

OficinaConsulado o embajada cubana en el país de residencia; oficina de trámites del Ministerio del Interior o unidad competente de la Dirección de Identificación, Migración y Extranjería.

Cita previa

No se ha indicado que requiera cita previa.

El material no precisa si la sede donde se presentará la solicitud exige cita previa. Confírmelo directamente con el consulado o la oficina competente.

¿Qué obtiene el solicitante?

Otorgamiento de la condición migratoria de Inversores y de Negocios, con equiparación de derechos a los cubanos residentes en el territorio nacional durante la estancia en Cuba y mientras se mantenga la condición.

Vigencia y renovación

Se mantiene mientras subsistan las condiciones y el vínculo de inversión, negocio o relación comercial que motivaron su aprobación.

Casos especiales

  • Los residentes en el exterior y los emigrados pueden solicitar la condición si cumplen todos los requisitos.
  • Para actividades bajo modalidades de gestión no estatal, la presentación en Cuba se realiza en la oficina de trámites del Ministerio del Interior del territorio donde se presentó el proyecto.
  • Para actividades de comercio exterior e inversión extranjera, la presentación corresponde a la unidad competente de la Dirección de Identificación, Migración y Extranjería.
  • La pérdida o extinción del vínculo económico que fundamentó la solicitud puede dar lugar a la revisión y retiro de la condición.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitarla si tengo condición de emigrado?

Sí. Las personas emigradas y los residentes en el exterior pueden solicitarla, siempre que presenten el aval y el proyecto de negocio aprobado, además de cumplir las demás condiciones.

¿Basta con querer invertir en Cuba?

No. Debe existir un proyecto de negocio aprobado en Cuba y un aval emitido por la entidad cubana relacionada con la actividad económica.

¿Esta condición me convierte en residente efectivo en Cuba?

No. La equiparación de derechos opera durante la estancia en Cuba y mientras esté vigente la condición. La residencia efectiva migratoria es una vía distinta.

¿Dónde puedo orientarme sobre proyectos de negocio para cubanos residentes en el exterior?

Puede consultar al Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera y a las entidades cubanas con las que tenga o prevea tener una relación comercial.

Fundamento legal

El procedimiento se fundamenta en la Ley 171 de Migración y su reglamento, así como en el Decreto-Ley 117 de 2026, que regula esta condición migratoria, y el Decreto 150 de 2026, que establece el procedimiento para otorgarla. La Resolución 93 de 2026 fija el impuesto aplicable a la solicitud en Cuba.

Fuentes oficiales

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