Información general
El carné de identidad acredita la identidad de los ciudadanos cubanos a partir de los 16 años. La solicitud se presenta ante la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del Ministerio del Interior.
Además de la primera expedición, el trámite permite sustituir un documento perdido o deteriorado y actualizarlo cuando existan cambios legales en los datos personales o en el domicilio permanente.
Desarrollo del trámite
La atención puede realizarse en cualquier oficina de la DIIE del país si la persona ya está registrada en la base de datos. La fotografía se toma en la propia oficina, por lo que no es necesario llevar fotos impresas.
Las solicitudes por pérdida y deterioro también pueden iniciarse en línea, siempre que los datos biométricos estén actualizados en la DIIE y la fotografía registrada tenga una antigüedad máxima de cinco años. Esta opción no elimina la recogida presencial del documento.
La producción de carnés se encuentra temporalmente suspendida, de acuerdo con una nota del MININT de febrero de 2026. Mientras el documento vencido permita identificar a su titular, puede continuar utilizándose. Quien tenga una solicitud en curso debe acudir a la oficina de la DIIE donde la presentó para pedir una certificación provisional de identidad.
¿Quién puede solicitarlo?
- Ciudadanos cubanos que cumplen 16 años.
- Titulares cuyo carné esté deteriorado, se haya perdido o haya sido objeto de hurto.
- Personas con una modificación, supresión o adición legal de sus datos personales.
- Licenciados del servicio en las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
- Personas que egresan de un centro penitenciario tras cumplir una sanción de privación de libertad.
- Personas que cambian su domicilio permanente.
Requisitos
- Presentarse personalmente ante la DIIE, salvo la comparecencia adicional exigida para menores y cambios de domicilio.
- Abonar sellos del timbre por valor de 25 CUP.
- Para la solicitud en línea por pérdida o deterioro, tener los datos biométricos actualizados en la DIIE y una fotografía con vigencia de hasta cinco años.
- En la primera expedición a los 16 años, debe asistir uno de los padres; si ambos están ausentes, debe asistir el tutor legal.
- Para actualizar el domicilio permanente, debe comparecer al menos uno de los propietarios de la vivienda. Si hay varios, los restantes pueden remitir su consentimiento y responde quien se presenta.
- Si la persona tiene incapacidad mental y esa condición no consta previamente en el registro, debe acreditarse mediante auto de incapacidad emitido por el tribunal.
Documentos necesarios
- Tarjeta de menor actualizada con fotografía, para la primera solicitud a los 16 años.
- Carné de identidad deteriorado, cuando se solicite su sustitución por ese motivo.
- Certificación de nacimiento del Registro Civil con la anotación aclaratoria del cambio; debe incluir el número de resolución si la modificación proviene de sentencia judicial.
- Documento de baja emitido por las Fuerzas Armadas Revolucionarias, por licenciamiento.
- Certificación de egreso emitida por el centro penitenciario.
- Documento legal que pruebe la titularidad o el derecho ocupacional de la vivienda, para cambio de domicilio permanente.
- Auto de incapacidad emitido por el tribunal, cuando corresponda.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Identifica el motivo de la solicitud
Comprueba si corresponde a primera expedición a los 16 años, pérdida, deterioro, cambio legal de datos, licenciamiento, egreso penitenciario o cambio de domicilio.
- 2
Reúne los documentos aplicables
Prepara la documentación específica de tu caso y los sellos del timbre requeridos.
- 3
Presenta la solicitud ante la DIIE
Acude a una oficina de Identificación, Inmigración y Extranjería. Puedes realizar el trámite en cualquier provincia si ya constas en la base de datos.
- 4
Inicia en línea si es por pérdida o deterioro
Si cumples las condiciones biométricas, puedes iniciar estas dos modalidades en los portales oficiales. La recogida del documento sigue siendo presencial.
Abrir enlace oficial - 5
Recoge el resultado o solicita constancia provisional
Recoge el carné en la oficina indicada. Mientras esté suspendida la producción, consulta en la oficina donde presentaste la solicitud la emisión de una certificación provisional de identidad.
Precio o coste
| Importe | 25.00 |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | Sellos del timbre. Pueden adquirirse Sellos MININT digitales mediante Transfermóvil; si se compran sellos físicos en Correos, deben solicitarse para trámites del MININT. |
| Actualizado | |
| Observaciones | El importe indicado se exige para las modalidades descritas. |
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Carné de identidad confeccionado o actualizado. Durante la suspensión temporal de producción, la DIIE puede expedir una certificación provisional de identidad a quien tenga el documento en trámite.
Casos especiales
- La primera expedición se realiza al cumplir 16 años y requiere la presencia del menor y de uno de sus padres o del tutor legal.
- El inicio en línea solo está previsto para pérdida y deterioro.
- Los sellos del timbre de una solicitud en línea se presentan al recoger el documento.
- Para un cambio de domicilio, los copropietarios que no comparezcan pueden enviar su consentimiento.
- Un carné vencido puede seguir utilizándose mientras permita identificar al titular, conforme a la nota del MININT sobre la suspensión de producción.
Preguntas frecuentes
¿Debo llevar fotografías a la oficina?
No. La fotografía se toma en la propia oficina de la DIIE.
¿Puedo solicitar el carné en una provincia distinta de mi residencia?
Sí, en cualquier oficina de la DIIE del país, siempre que ya estés registrado en la base de datos.
¿Qué trámites del carné pueden iniciarse por internet?
Solo la sustitución por pérdida o deterioro. Debes tener los datos biométricos actualizados y una fotografía registrada de hasta cinco años. Después tendrás que recoger el documento presencialmente.
¿Qué hago si mi carné está vencido durante la suspensión de producción?
Puedes utilizarlo mientras permita comprobar tu identidad. Si ya lo solicitaste, acude a la oficina de la DIIE donde iniciaste el trámite para pedir una certificación provisional de identidad.
Fundamento legal
El Sistema de Identificación y del Registro de Electores se rige por el Decreto-Ley 248/2007 y su Reglamento, Resolución No. 6. También resultan aplicables el Decreto 141/1988 sobre contravenciones del Sistema de Carné de Identidad y la Resolución 484/2020 del Ministerio de Justicia, que regula la Ficha Única del Ciudadano.
Fuentes oficiales
- Ministerio del Interior (MININT) - Dirección de Identificación, Inmigración y ExtranjeríaOrganismo oficial
- Nota del MININT sobre la suspensión temporal de producción de carnés de identidadNota institucional2026-02
- Decreto-Ley 248/2007 del Sistema de Identificación y del Registro de ElectoresDecreto-Ley2007-06-22
- Resolución 484/2020 del Ministerio de JusticiaResolución2020
- Proyecto de Ley del Sistema de Identidad Personal y DomicilioProyecto de ley2026-07




