Información general
La compraventa de bienes muebles permite formalizar el acuerdo por el que una persona transmite la propiedad de un bien a otra, quien paga el precio pactado en dinero.
El acto se realiza ante las Unidades Notariales de Cuba. Comprador y vendedor deben comparecer con sus documentos de identidad y acreditar la propiedad del bien objeto de la operación.
Desarrollo del trámite
El notario interviene en la formalización del contrato de compraventa. La documentación exigida incluye el título que pruebe la propiedad del bien y, cuando corresponda, la certificación de su inscripción registral.
La tarifa indicada se aplica a personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional. El tiempo de prestación del servicio puede llegar hasta seis días desde la comparecencia ante notario.
¿Quién puede solicitarlo?
- Comprador y vendedor del bien mueble objeto de la compraventa.
- Personas naturales con residencia permanente en Cuba, para la tarifa indicada.
Requisitos
- Comparecencia personal de las partes ante notario.
- Presentar el carné de identidad de comprador y vendedor.
- Acreditar la titularidad del bien que se vende.
- Presentar certificación de inscripción registral cuando proceda.
Documentos necesarios
- Carné de identidad de cada una de las partes.
- Título de propiedad del bien mueble.
- Certificación de inscripción en el registro, si corresponde.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Reunir los documentos
Prepare los documentos de identidad de comprador y vendedor, el título de propiedad y la certificación registral cuando sea exigible.
- 2
Acudir a una Unidad Notarial
Comprador y vendedor deben presentarse para solicitar la formalización del contrato de compraventa.
- 3
Formalizar el contrato
El notario tramita el acto con la documentación presentada y el pago de los importes aplicables.
Precio o coste
| Importe | 225.00 |
|---|---|
| Moneda | CUP |
| Forma de pago | Pago en efectivo de la tarifa notarial y 5.00 CUP en sellos del timbre. |
| Actualizado | |
| Observaciones | Importe indicado para personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional. Se añaden 5.00 CUP en sellos del timbre por el impuesto sobre documentos públicos notariales. |
¿Dónde se realiza?
¿Qué obtiene el solicitante?
Contrato de compraventa formalizado ante notario.
Casos especiales
- Debe aportarse certificación de inscripción cuando el bien esté sujeto a registro.
Preguntas frecuentes
¿Deben asistir comprador y vendedor?
Sí. Ambas partes deben comparecer con sus respectivos carnés de identidad.
¿Cuánto cuesta el servicio notarial?
Para personas naturales con residencia permanente en Cuba, la tarifa es de 225.00 CUP en efectivo, más 5.00 CUP en sellos del timbre.
¿Cuándo necesito una certificación del registro?
Debe presentarse cuando corresponda a la inscripción registral del bien que se vende.
Fundamento legal
Se aplica el Código Civil en materia de compraventa, la Ley No. 80 de las Notarías Estatales y su Reglamento. Los términos de los servicios notariales se actualizan mediante la Resolución No. 137/2019, y las tarifas aplicables se regulan en la Resolución No. 517/2020 del Ministerio de Justicia.
Fuentes oficiales
- Resolución No. 517/2020 del Ministerio de Justicia, tarifas de servicios notarialesGaceta Oficial2020-12-18




