Información general
El traslado sin fines comerciales de un perro, gato o hurón desde Cuba a España exige preparar con antelación la identificación del animal, la vacunación antirrábica y una prueba serológica de rabia.
Además de los trámites veterinarios en Cuba, el responsable debe portar los documentos exigidos y declarar la llegada del animal en un punto de entrada autorizado en España.
Desarrollo del trámite
El microchip debe verificarse antes de administrar la vacuna antirrábica, para que la vacunación quede asociada correctamente al animal. Tras la vacuna inicial, hay que esperar al menos 30 días para extraer la muestra destinada al análisis serológico.
La muestra de suero se remite a un laboratorio autorizado fuera de Cuba. Su traslado debe realizarse personalmente, por el propietario o por otra persona, pues no se admite su envío desde Cuba mediante mensajería courier. Para sacar la muestra del país se requiere un Certificado de Exportación de muestra biológica.
Una vez disponible el resultado del análisis, puede solicitarse el Certificado Zoosanitario de Exportación de la mascota. Antes del viaje, este certificado debe legalizarse ante Sanidad Animal. El animal entra en España por un aeropuerto o puerto habilitado, donde se presenta la documentación de acompañamiento.
¿Quién puede solicitarlo?
- Propietarios de perros, gatos o hurones que los trasladan desde Cuba a España sin finalidad comercial.
- Personas autorizadas por escrito por el propietario para realizar el traslado en su nombre.
- Animales de al menos 12 semanas para la implantación del microchip y la vacunación antirrábica en Cuba.
- Animales que, por el calendario de vacunación, análisis y espera posterior, tengan al menos 7 meses al entrar en España.
Requisitos
- Identificación mediante microchip compatible con ISO o tatuaje legible realizado antes del 3 de julio de 2011.
- Vacunación antirrábica vigente al momento del viaje.
- Desparasitación de la mascota.
- Prueba serológica de anticuerpos contra la rabia realizada en un laboratorio autorizado.
- La extracción de sangre para el análisis debe hacerse como mínimo 30 días después de la vacunación antirrábica.
- La entrada en España solo se autoriza transcurridos tres meses desde la extracción de la muestra de sangre.
- El desplazamiento debe ser sin ánimo comercial y no puede tener por objeto la venta ni el cambio de propietario.
- Si el animal viaja separado de su propietario, debe hacerlo dentro de los cinco días anteriores o posteriores al desplazamiento de este.
Documentos necesarios
- Certificado zoosanitario expedido y firmado por un veterinario oficial del país de origen, presentado al menos en castellano.
- Copia certificada de los datos de identificación y vacunación de la mascota.
- Declaración de desplazamiento sin ánimo comercial, cuando corresponda.
- Autorización escrita del propietario, si otra persona traslada al animal.
- Carné de identidad del propietario para las solicitudes realizadas en Cuba.
- Certificado de la muestra emitido por el veterinario acreditado que realizó la extracción, para solicitar la exportación del suero.
- Certificado de Exportación de la muestra biológica para transportar el suero al laboratorio.
- Resultado de la prueba serológica de rabia.
- Certificado Zoosanitario de Exportación de la mascota legalizado.
Pasos para realizar el trámite
- 1
Identifica a la mascota
Implanta un microchip ISO antes de vacunar contra la rabia. También se acepta un tatuaje legible efectuado antes del 3 de julio de 2011. La implantación indicada en Cuba es para animales mayores de 12 semanas.
- 2
Vacuna contra la rabia y recibe el certificado
Acude con la mascota y el carné de identidad. Si es la primera vacuna, debe aplicarse al menos 30 días antes de la entrada en España. Solicita el certificado con los datos del propietario, animal, microchip, vacuna y veterinario.
- 3
Realiza la prueba serológica
Pasados al menos 30 días desde la vacunación, un veterinario acreditado toma la muestra de sangre. Contacta primero con un laboratorio autorizado para conocer formularios, coste y condiciones de recepción.
Abrir enlace oficial - 4
Solicita la autorización para exportar el suero
Presenta en el Centro Nacional o Provincial de Sanidad Animal el certificado de la muestra expedido por el veterinario y tu carné de identidad. Obtén el Certificado de Exportación de la muestra biológica.
- 5
Traslada la muestra al laboratorio
Envía únicamente el suero, refrigerado y con embalaje triple, junto con el formulario del laboratorio y el certificado de exportación. El traslado desde Cuba debe hacerse personalmente, incluso mediante un familiar o amistad; no por courier.
- 6
Solicita el certificado zoosanitario de la mascota
Con el resultado del análisis, presenta tu carné de identidad en una clínica veterinaria autorizada, clínica de cuarentena o Clínica Almiquí. El veterinario revisará el estado de salud, desparasitación, vacunas y, en hembras, que no exista gestación incompatible con la fecha de viaje.
- 7
Legaliza el certificado para uso exterior
Presenta el Certificado Zoosanitario de Exportación y tu carné de identidad en el Centro Nacional o Departamento Provincial de Sanidad Animal. La solicitud se realiza hasta cinco días antes de la salida.
- 8
Declara la llegada en España
Entra por un puerto o aeropuerto autorizado, declara que viajas con un animal de compañía y entrega la documentación a los Servicios de Sanidad Animal. Consulta previamente el punto de entrada y las condiciones de la aerolínea.
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Precio o coste
| Importe | Microchip: 20 MLC; vacuna antirrábica: 400 CUP; toma de muestra serológica: 500 CUP; Certificado Zoosanitario de Exportación de la mascota: 250 CUP; revisión veterinaria en aeropuerto cubano: 360 CUP; análisis serológico en laboratorio exterior: aproximadamente 100 EUR. Huacal o cesta: de 20 a 150 MLC. |
|---|---|
| Moneda | CUP, MLC y EUR |
| Forma de pago | |
| Actualizado | |
| Observaciones | Importes aproximados y sujetos a cambios. Deben añadirse los gastos de transporte que cobre la aerolínea. El Certificado de Exportación de la muestra biológica se indica sin costo. |
¿Dónde se realiza?
Cita previa
No se ha indicado que requiera cita previa.
Para la implantación del microchip en el Registro Cubano de Mascotas se indica cita previa por WhatsApp.
Solicitar cita¿Qué obtiene el solicitante?
Autorización documental para la salida de Cuba y la entrada en España de la mascota, siempre que supere el control sanitario en el punto de entrada.
Vigencia y renovación
El material contiene dos referencias diferentes sobre la vigencia del Certificado Zoosanitario de Exportación: 10 días para entrar al país de destino y 15 días para ingresar a la Unión Europea.
Casos especiales
- El tatuaje solo sirve como identificación si fue realizado antes del 3 de julio de 2011 y continúa siendo legible.
- El test serológico no necesita repetirse si se mantiene sin interrupción el protocolo de vacunación antirrábica; en ese caso conserva validez durante la vida del animal.
- La persona que traslade al animal sin ser propietaria necesita autorización escrita.
- El animal puede viajar en un medio u horario diferente al del propietario, dentro del límite de cinco días.
- Las aerolíneas pueden imponer condiciones propias para el transporte, el contenedor y la admisión de mascotas.
Preguntas frecuentes
¿Qué debe incluir el certificado de vacunación antirrábica?
Debe identificar al propietario y al animal, indicar el número de microchip, los datos de la vacuna —fabricante o producto, lote y vencimiento—, las fechas de aplicación y próxima dosis, y los datos, licencia y firma del veterinario.
¿Cómo se prepara el suero para enviarlo al laboratorio?
Se remite solo el suero, preferiblemente refrigerado, en un sistema de embalaje triple: recipiente primario estanco, protección secundaria estanca y embalaje exterior rígido y aislado. Debe ir identificado con los datos de remitente y destino.
¿Qué sucede si la mascota no cumple las condiciones de entrada?
La entrada puede ser denegada. Entre las posibles medidas figuran la inmovilización en cuarentena o la devolución a Cuba, con gastos a cargo del propietario; el material también advierte que podrían aplicarse medidas más graves como última alternativa.
Fundamento legal
El desplazamiento se rige por el Reglamento (UE) n.º 576/2013 sobre movimientos no comerciales de animales de compañía y por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 577/2013, que establece documentos, listas de terceros países y declaraciones aplicables.
Fuentes oficiales
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España — Desplazamiento de animales de compañíaOrganismo oficial
- Reglamento (UE) n.º 576/2013Norma2013-06-12
- Reglamento de Ejecución (UE) n.º 577/2013Norma2013-06-28
- Aduana General de la República de Cuba — Disposiciones fitosanitarias y veterinariasOrganismo oficial
- Comisión Europea — Laboratorios autorizados para serología de rabiaOrganismo oficial




