Comercio

¿Cómo solicitar una dieta médica en la Oficoda?

Gestiona la asignación de una dieta médica en la Oficina del Registro de Consumidores con la libreta de alimentos, tu carné de identidad y la declaración emitida por Salud Pública.

Ministerio del Comercio Interior
EntidadMinisterio del Comercio Interior
ModalidadA través de representante · En línea · Presencial
CosteNo indicado
Requiere citaNo / no indicada
Tiempo estimado
ÁmbitoNacional, Todas las provincias

Información general

Las dietas médicas permiten incorporar en la libreta de productos alimenticios las asignaciones indicadas por un profesional de Salud Pública, de acuerdo con el estado de salud o enfermedad del paciente.

La gestión se realiza en la Oficina del Registro de Consumidores (Oficoda) por un integrante del núcleo familiar. Una vez registrada, la dieta se asigna al consumidor en su bodega correspondiente.

Desarrollo del trámite

El médico facultado emite la Declaración de Dieta Médica cuando considera necesaria esta indicación. El documento debe completarse de forma legible, incluir el código de dieta y su vencimiento cuando corresponda, y llevar la firma, cuño y número de registro profesional del médico. La institución de salud donde trabaja somete la indicación a análisis colegiado para su aprobación.

Las dietas por Diabetes Mellitus en pacientes de 19 años o más, neoplasias —con las exclusiones previstas—, trasplantes, insuficiencia renal crónica en personas de 19 años o más, paraplejia, cuadriplejia o postración crónica, retrovirosis crónica, fibrosis quística y xerodermia pigmentosa tienen vigencia vitalicia desde el 4 de octubre de 2023. Las demás tienen la duración definida en el Dietario Médico Nacional según el diagnóstico.

Si una dieta no vitalicia debe renovarse, la solicitud se presenta antes del día 30 del mes en que vence. De forma excepcional, puede admitirse durante los primeros 21 días del mes siguiente si no fue posible realizarla en la fecha prevista. Cuando se cambie la libreta de productos alimenticios y la dieta esté vigente, la Oficoda la actualiza sin que sea necesario obtener una nueva indicación médica.

Por regla general, cada paciente solo puede tener una dieta médica. Se admite la excepción de las dietas con códigos 1308 y 1308-A para diarreas crónicas por intolerancia a leche fresca en menores, caso en el que se elimina el producto lácteo asignado por la enfermedad de base.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Consumidores incluidos en un núcleo familiar con libreta de productos alimenticios que cuenten con una dieta indicada por un médico facultado.
  • Un integrante del núcleo familiar puede realizar la gestión ante la Oficoda.

Requisitos

  • Presentar una dieta médica indicada por un profesional autorizado de Salud Pública.
  • Para renovaciones de dietas no vitalicias, realizar la gestión antes del día 30 del mes de vencimiento.

Documentos necesarios

  • Carné de identidad de la persona que realiza el trámite.
  • Libreta para productos alimenticios.
  • Modelo de Declaración de Dieta Médica expedido por el médico de asistencia, firmado y acuñado por el centro asistencial de Salud Pública emisor.

Pasos para realizar el trámite

  1. 1

    Obtén la indicación médica

    El médico residente, especialista, de la familia o general emite la Declaración de Dieta Médica si la condición de salud del paciente lo requiere. La indicación debe ser aprobada mediante el análisis colegiado de la institución de salud.

  2. 2

    Reúne los documentos

    Lleva tu carné de identidad, la libreta para productos alimenticios y la declaración médica debidamente firmada y acuñada.

  3. 3

    Presenta la solicitud en la Oficoda

    Un miembro del núcleo familiar entrega los documentos en la Oficina del Registro de Consumidores para registrar la dieta.

  4. 4

    Recibe la asignación en la bodega

    Tras la gestión, la dieta queda asignada al consumidor en la bodega que le corresponde.

Precio o coste

Importe0
MonedaCUP
Forma de pago
Actualizado
ObservacionesLa gestión no tiene costo.

¿Dónde se realiza?

OficinaOficina del Registro de Consumidores correspondiente al núcleo familiar.
HorarioLunes, martes y jueves: de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. Miércoles y viernes: de 8:00 a. m. a 7:00 p. m. Sábados: de 8:00 a. m. a 12:00 m.

¿Qué obtiene el solicitante?

Registro de la dieta médica y asignación de los productos correspondientes en la bodega del consumidor.

Vigencia y renovación

Vitalicia para las dietas establecidas con ese carácter. En las restantes, la vigencia depende de la enfermedad y del período indicado en el Dietario Médico Nacional.

Casos especiales

  • Las dietas vitalicias incluyen Diabetes Mellitus en pacientes de 19 años o más, neoplasias en los supuestos previstos, trasplantados, insuficiencia renal crónica en personas de 19 años o más, parapléjicos, cuadripléjicos y postrados crónicos, retrovirosis crónica, fibrosis quística y xerodermia pigmentosa.
  • Una dieta vigente se actualiza en la Oficoda al cambiar la libreta de productos alimenticios, sin volver al médico.
  • Solo puede emitirse una dieta por paciente, salvo las dietas 1308 y 1308-A para intolerancia a leche fresca en menores; en ese caso se suprime el lácteo de la enfermedad de base.

Preguntas frecuentes

¿Qué dietas médicas no se renuevan?

Tienen carácter vitalicio las dietas previstas para Diabetes Mellitus en pacientes de 19 años o más, neoplasias en los casos definidos, trasplantados, insuficiencia renal crónica desde los 19 años, paraplejia, cuadriplejia o postración crónica, retrovirosis crónica, fibrosis quística y xerodermia pigmentosa.

¿Qué ocurre si no renuevo a tiempo una dieta no vitalicia?

Debe renovarse antes del día 30 del mes en que vence. Si la persona no pudo hacerlo, puede admitirse excepcionalmente la gestión dentro de los primeros 21 días del mes posterior.

¿Quién puede indicar una dieta médica?

Médicos residentes, especialistas, médicos de la familia y médicos generales, cuando determinen que la situación de salud del paciente lo necesita.

¿Debo solicitar otra declaración médica si cambio la libreta de alimentos?

No, siempre que la dieta esté vigente. La Oficoda actualiza el registro al tramitar el cambio de libreta.

Fundamento legal

La Resolución Conjunta 1 de 2023 del Ministerio del Comercio Interior y el Ministerio de Salud Pública eliminó la renovación de determinadas dietas crónicas y les otorgó vigencia vitalicia. También resultan aplicables la Resolución 78 de 1991 del Ministerio del Comercio Interior, la Resolución 47 de 2021 de ese ministerio y las regulaciones de precios contenidas en las resoluciones 348 y 346 de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios.

Fuentes oficiales

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